Page 6 - Huautla de Jiménez
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“RESULTADO: AF-01 CON OBSERVACIÓN
INFORME FINAL DE AUDITORÍA 17. Se verificó que la Entidad Fiscalizable presentó la documentación comprobatoria que De la revisión a la BALANZA DE COMPROBACIÓN DETALLADA DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2023,
ampara el pago de las estimaciones de obra, en caso de obras contratadas, o el pago del H. Ayuntamiento del Municipio de Huautla de Jiménez, Distrito de Teotitlán, Oaxaca; se detectó
de materiales, mano de obra, alquiler de equipo y maquinaria de construcción en la cuenta de caja y bancos, saldos, en cantidad de $1,552,943.95 (Un millón quinientos cincuenta
utilizados en la obra, en caso de Administración Directa. y dos mil novecientos cuarenta y tres pesos 95/100 M.N.), que no han sido amortizados al cierre del
ejercicio, como se detalla a continuación:
18. Se realizaron verificaciones e inspecciones físicas de obra, y se constató que las obras
cumplieron con los plazos de ejecución, que están concluidas, operan CUENTA DESCRIPCIÓN PARCIAL SALDOS AL 31 DE
adecuadamente y que se ejecutaron conforme a la documentación comprobatoria y 11121 DICIEMBRE DE 2023
justificativa. 11121-01 BANCOS/TESORERÍA
11121-01-15-30000043 PARTICIPACIONES (RAMO 28) 249,126.71
19. Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca
normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra. 11121-02 Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer 249,126.71
11121-02-25- 0119810625
INFORME FINAL DE AUDITORÍA 30000045 APORTACIONES (RAMO 33 FONDO III) 1,303,817.24
BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer 1,303,817.24
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo 0119810617
y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracciones XXII $1,552,943.95
párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II TOTAL
párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, Incumpliendo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
XV, XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I incisos a), b), c) y d), 25, 26, Federativas y Municipios.
27, 34, 35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
Decreto número 1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de acción:
fecha treinta de septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico
Oficial número cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos Pliego de observaciones:
mil veintitrés y 2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento
Interior de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de 2023-OA/CPM/012/2024-PO-01
abril del año 2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe
Final de Auditoría con los siguientes resultados: Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,552,943.95 (Un
El siguiente Resultado: AF-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que millón quinientos cincuenta y dos mil novecientos cuarenta y tres pesos 95/100 M.N.), conforme a
se transcribe a continuación: la observación detallada en este resultado.”
(…) (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Respecto a los saldos que no han sido amortizado al cierre del ejercicio, presentó oficio sin
número, aclarando los saldos contables en las cuentas de bancos observadas
correspondientes al Ramo 28 y Ramo 33 Fondo III, pólizas de egresos, comprobantes de
transferencias bancarias, cuentas por liquidar certificadas, pólizas de diario, Comprobantes
Fiscales Digitales por Internet, XML impresos, Verificaciones de Comprobantes Fiscales
Digitales por Internet, estados de cuenta bancarios de la cuenta 0119810625 R28, formatos
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