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INFORME FINAL DE AUDITORÍA No. COMPONENTES DEL MARCO INTEGRADO DE CONTROL INTERNO PUNTAJE ASIGNADO PUNTAJE INFORME FINAL DE AUDITORÍA
OBTENIDO 23
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos 1 AMBIENTE DE CONTROL 20.0 12.0
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo 2 ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS 20.0 5.7
y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracciones XXII
párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II 3 ACTIVIDADES DE CONTROL 20.0 12.5
párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado 4 INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN 20.0 8.0
Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracción XXIII, 3, 4, 5 fracciones III, IV, V, VII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y
XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción II inciso a), b) y c), 25, 26, 27, 34, 35, 36, 5 SUPERVISIÓN 20.0 4.0
37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización Superior 42.2
y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número 1541, TOTALES 100.0
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de Nivel del Sistema
septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número DIAGNÓSTICO DE CONTROL INTERNO de Control Interno
cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y
2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la Auditoría Rangos de Calificación
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año 2023 en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con Desde Hasta Nivel Puntaje Obtenido
los siguientes resultados:
0 39 BAJO
40 69 MEDIO 42.2 MEDIO
70 100 ALTO
El siguiente Resultado: AD-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se AMBIENTE DE CONTROL
transcribe a continuación:
Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 12.0 de un total de 20.0 posibles,
(…) CON OBSERVACIÓN correspondiente al componente Ambiente de Control, debido a que no acreditó contar con lo
siguiente: Un Órgano interno de control municipal; una Comisión de Rendición de Cuentas,
“RESULTADO: AD-01 Transparencia y Acceso a la Información o comisión que se acordada en sesión de cabildo o el
Ayuntamiento y el Tesorero municipal; Disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y
EVALUACIÓN AL CONTROL INTERNO contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles del municipio; y un área
encargada de evaluar el desempeño del control interno municipal; adicionalmente, el Bando de Policía
La Entidad Fiscalizable presentó a requerimiento el Cuestionario de Evaluación de Control Interno (CCI) y Gobierno no fue autorizado dentro de los primeros 90 días siguientes a su toma de posesión por el
de fecha 08 de marzo de 2024, requisitado por el C. Teófilo Marín Pablo en su carácter de Presidente Ayuntamiento; ni acreditó haber capacitado al personal en materia de legalidad, ética y calidad en el
Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Mazatlán Villa de Flores, Distrito de Teotitlán, Oaxaca; servicio público; motivo por el cual, la Entidad Fiscalizable, no acreditó una correcta implementación
por lo que, derivado del análisis realizado a dicho cuestionario, se determinó que el Municipio obtuvo del Sistema de Control Interno, respecto al presente componente.
un puntaje de 42.2 de un total de 100 puntos que conforman los valores de los 5 componentes del
Control Interno relacionado al Marco Integrado de Control Interno establecido por el Sistema Nacional ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
de Fiscalización, lo que ubica al Sistema de Control Interno del H. Ayuntamiento del Municipio de
Mazatlán Villa de Flores, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, en un nivel medio; por lo cual, requiere realizar Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 5.7 de un total de 20.0 posibles,
mejoras sustanciales para fortalecer el Sistema de Control Interno Institucional, como se detalla a correspondiente al componente Administración de Riesgos, debido a que no acreditó contar con lo
continuación: siguiente: El Programa Anual de la Administración Pública Municipal; un área formalmente establecida
que realice las funciones de promover y ejecutar la elaboración, actualización, control y evaluación
del Plan Municipal de Desarrollo y sus programas; un área encargada de identificar, analizar y evaluar
los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los objetivos de su Plan Municipal de Desarrollo;
adicionalmente se verificó que, el ayuntamiento no identifica, analiza y responde a los riesgos de
probabilidad de ocurrencia de actos corruptos, fraude, abuso, desperdicio y otras irregularidades que
atenten contra la apropiada salvaguarda de los bienes y recursos públicos; motivo por el cual, la
Entidad Fiscalizable, no acreditó una correcta implementación del Sistema de Control Interno, respecto
al presente componente.
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