Page 5 - Mazatlán Villa de Flores
P. 5

INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                                                                     No.    COMPONENTES DEL MARCO INTEGRADO DE CONTROL INTERNO    PUNTAJE ASIGNADO   PUNTAJE                    INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                                                                                                              OBTENIDO                         23

La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos                   1 AMBIENTE DE CONTROL                                              20.0        12.0
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo                2 ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS                                        20.0        5.7
y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracciones XXII
párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II             3 ACTIVIDADES DE CONTROL                                           20.0        12.5
párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado                      4 INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN                                       20.0        8.0
Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracción XXIII, 3, 4, 5 fracciones III, IV, V, VII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y
XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción II inciso a), b) y c), 25, 26, 27, 34, 35, 36,         5 SUPERVISIÓN                                                      20.0                      4.0
37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización Superior                                                                                                        42.2
y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número 1541,                                   TOTALES                                                     100.0
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de                                                                                                       Nivel del Sistema
septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número                                                DIAGNÓSTICO DE CONTROL INTERNO                    de Control Interno
cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y
2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la Auditoría                      Rangos de Calificación
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año 2023 en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con                   Desde  Hasta                            Nivel  Puntaje Obtenido
los siguientes resultados:
                                                                                                               0 39                                    BAJO

                                                                                                               40 69                         MEDIO                          42.2              MEDIO

                                                                                                               70 100                                  ALTO

El siguiente Resultado: AD-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se                  AMBIENTE DE CONTROL
transcribe a continuación:
                                                                                                               Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 12.0 de un total de 20.0 posibles,
(…)                            CON OBSERVACIÓN                                                                 correspondiente al componente Ambiente de Control, debido a que no acreditó contar con lo
                                                                                                               siguiente: Un Órgano interno de control municipal; una Comisión de Rendición de Cuentas,
“RESULTADO: AD-01                                                                                              Transparencia y Acceso a la Información o comisión que se acordada en sesión de cabildo o el
                                                                                                               Ayuntamiento y el Tesorero municipal; Disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y
EVALUACIÓN AL CONTROL INTERNO                                                                                  contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles del municipio; y un área
                                                                                                               encargada de evaluar el desempeño del control interno municipal; adicionalmente, el Bando de Policía
La Entidad Fiscalizable presentó a requerimiento el Cuestionario de Evaluación de Control Interno (CCI)        y Gobierno no fue autorizado dentro de los primeros 90 días siguientes a su toma de posesión por el
de fecha 08 de marzo de 2024, requisitado por el C. Teófilo Marín Pablo en su carácter de Presidente           Ayuntamiento; ni acreditó haber capacitado al personal en materia de legalidad, ética y calidad en el
Municipal del H. Ayuntamiento del Municipio de Mazatlán Villa de Flores, Distrito de Teotitlán, Oaxaca;        servicio público; motivo por el cual, la Entidad Fiscalizable, no acreditó una correcta implementación
por lo que, derivado del análisis realizado a dicho cuestionario, se determinó que el Municipio obtuvo         del Sistema de Control Interno, respecto al presente componente.
un puntaje de 42.2 de un total de 100 puntos que conforman los valores de los 5 componentes del
Control Interno relacionado al Marco Integrado de Control Interno establecido por el Sistema Nacional          ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
de Fiscalización, lo que ubica al Sistema de Control Interno del H. Ayuntamiento del Municipio de
Mazatlán Villa de Flores, Distrito de Teotitlán, Oaxaca, en un nivel medio; por lo cual, requiere realizar     Se verificó que la Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 5.7 de un total de 20.0 posibles,
mejoras sustanciales para fortalecer el Sistema de Control Interno Institucional, como se detalla a            correspondiente al componente Administración de Riesgos, debido a que no acreditó contar con lo
continuación:                                                                                                  siguiente: El Programa Anual de la Administración Pública Municipal; un área formalmente establecida
                                                                                                               que realice las funciones de promover y ejecutar la elaboración, actualización, control y evaluación
                                                                                                               del Plan Municipal de Desarrollo y sus programas; un área encargada de identificar, analizar y evaluar
                                                                                                               los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los objetivos de su Plan Municipal de Desarrollo;
                                                                                                               adicionalmente se verificó que, el ayuntamiento no identifica, analiza y responde a los riesgos de
                                                                                                               probabilidad de ocurrencia de actos corruptos, fraude, abuso, desperdicio y otras irregularidades que
                                                                                                               atenten contra la apropiada salvaguarda de los bienes y recursos públicos; motivo por el cual, la
                                                                                                               Entidad Fiscalizable, no acreditó una correcta implementación del Sistema de Control Interno, respecto
                                                                                                               al presente componente.

                                                                                                                                                                                                                       3
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10