Page 9 - Rojas de Cuauhtémoc
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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: fecha 17 de diciembre de 2023, fecha que excede el plazo establecido de los primeros quince días INFORME FINAL DE AUDITORÍA
del mes de diciembre de cada año, como lo establece la normatividad aplicable.
Solicitud de Aclaración:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 43 párrafo primero fracción XL y 68 fracción VIII de
2023-OA/CPM/023/2024-SA-05 la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en
este resultado. Solicitud de Aclaración:
(…) 2023-OA/CPM/023/2024-SA-06
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en
este resultado.
Presentó de manera física los Estados Financieros e Informes de Avance de Gestión
Financiera relativos al primer, segundo, tercer y cuarto trimestre del ejercicio fiscal 2023, (…)
acreditando su presentación dentro de los treinta días siguientes al término de cada
trimestre ante el Congreso del Estado a través de la Auditoría Superior de Fiscalización del La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
Estado de Oaxaca, con los acuses de recibo emitidos por la plataforma SIMCA ULTRA con transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
estatus en tiempo y forma, y de igual manera, acreditó la publicación de los mismos en la
página electrónica oficial del Municipio https://rojasdecuauhtemoc.gob.mx/lgcg.html, por lo Manifestó mediante escrito de fecha 18 de julio de 2024, que el municipio se rige bajo
que se tienen por atendidas las observaciones realizadas. sistemas normativos indígenas, circunstancia que se puede corroborar en el Acuerdo
IEEPCO-CG-SNI-09/2022 por el que se aprueba el Catálogo de Municipios sujetos al Régimen
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera de Sistemas Normativos Indígenas del Estado de Oaxaca y se ordena el registro y publicación
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo de los dictámenes por los que identifican los métodos de elección de sus autoridades
como solventado el resultado AC-06. municipales; por lo que, se le reconoce tal excepción y el derecho a la libre
autodeterminación de los pueblos indígenas y se justifica el exceso del plazo de los primeros
El siguiente resultado AC-07 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se quince días del mes de diciembre de cada año, para presentar el informe de gobierno
transcribe a continuación: municipal, como lo establece la normatividad aplicable, por lo que se tiene por justificada
la observación realizada.
(…)
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
RESULTADO: AC-07 CON OBSERVACIÓN suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
Del análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que presentó el como solventado el resultado AC-07.
acta de sesión solemne de cabildo para la presentación del informe de gobierno municipal, de
El siguiente resultado AC-08 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
transcribe a continuación:
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