Page 37 - San Carlos Yautepec
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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                                                                                  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 párrafo primero y 43 de la Ley General de                          INFORME FINAL DE AUDITORÍA
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                                                                          Contabilidad Gubernamental; artículos 4, 11 fracción V y VII, 18, 20, 22, 25, 26, 27, 29, 30, 31, 35, 36, 37, 38, 39,
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-47.                                                                                                                        40, 42, 43, 44, 45, 47, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 59 fracción III, 60, 61, 64, 65, 66, 71, 73 de la Ley de Obras
                                                                                                                                                                           Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; artículos 13 fracción I y 22 de la Ley de Disciplina
El siguiente Resultado: AF-48 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que                                                                                 Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; artículos 5, 8, 97, 116, 118, 119, 136, 149, 150, 184, 185,
se transcribe a continuación:                                                                                                                                              186, 197, 198 y 206 de la Ley del Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Oaxaca;
                                                                                                                                                                           artículos 113 fracción IV y 137 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; artículos
(…)                                CON OBSERVACIÓN                                                                                                                         35, 60 fracción VIII, 209, 263,280 y 282 del Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural para el
                                                                                                                                                                           Estado de Oaxaca; artículo 43 fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; el artículo
“RESULTADO: AF-48                                                                                                                                                          7 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, y la norma mexicana NMX-C-083-ONNCCE-2014.

De la revisión efectuada a la documentación proporcionada por el H. Ayuntamiento del Municipio de                                                                          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
San Carlos Yautepec, Distrito de Yautepec, Oaxaca, se constató que no fueron entregados para los
trabajos de esta auditoría la documentación correspondiente a la planeación, autorización,                                                                                 Pliego de observaciones:
adjudicación, contratación, ejecución, comprobación, entrega y recepción de seis obras, observándose                                                                       2023-OA/CPM/033/2024-PO-33
un importe de $2,387,034.85 (Dos millones trescientos ochenta y siete mil treinta y cuatro pesos                                                                           Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
85/100 M.N.), debido a que no se pudo corroborar y comprobar que las obras y/o acciones se ejecutaron                                                                      documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $2,387,034.85 (Dos millones
de acuerdo con el plazo, monto, cantidades, especificaciones y demás condiciones pactadas en los                                                                           trescientos ochenta y siete mil treinta y cuatro pesos 85/100 M.N.), conforme a las observaciones
contratos y convenios respectivos; así como, que las cantidades de las obras estimadas y pagadas                                                                           detalladas en este resultado.”
correspondieron a lo ejecutado, de las obras que a continuación se detallan:
                                                                                                                                                                        (…)
NÚM.   NOMBRE DE LA OBRA           NÚMERO DE CONTRATO             LOCALIDAD          IMPORTE
                                                                                 DETERMINADO                                                                   La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                                                                                                                                                               transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
       CONSTRUCCIÓN       DE                                      GUADALUPE
                                                                   VICTORIA                                                                                    Presentó en copias certificadas Expedientes completos de la documentación
OC-7   LUMINARIAS CON PANELES      MSCY/125/FORTAMUN//0062023                    $601,534.84                                                                   correspondiente a la planeación, autorización, adjudicación, contratación, ejecución,
                                                                                                                                                               comprobación, entrega y recepción de seis obras observadas.
       SOLARES
                                                                                                                                                               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
OC-8   REMODELACIÓN       DE       MSCY/125/FORTAMUN/002/2023     SANTIAGO       $571,507.41                                                                   suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
       COMEDOR MUNICIPAL                                          LACHIVÍA                                                                                     como solventado el Resultado: AF-48.

OC-9   REVESTIMIENTO DE CAMINO     OP/MSCY/125/FORTAMUN/006/2023  SAN FRANCISCO  $405,201.85
       RURAL SAN ISIDRO CHIHUIRO                                      GUICHINA
       - SAN ISIDRO MANTECA- SAN
       FRANCISCO GUICHINA DEL
       0+000 AL17+000 (TRAMOS
       AISLADOS)

OC-10  TERMINACIÓN DE TECHADO      MSCY/125/FORTAMUN/001/2023      SAN MATÍAS    $290,000.00
       EN ÁREAS DE IMPARTICIÓN DE                                 PETACALTEPEC
       EDUCACIÓN FÍSICA EN LA

       ESCUELA PRIMARIA RURAL
       FEDERAL LUZ Y LIBERTAD

OC-11  CONSTRUCCIÓN DE DOS         MSCY/125/FORTAMUN/004/2023     SANTA MARÍA    $279,894.86
       AULA EN LA ESCUELA                                         CANDELARIA

       PRIMARIA RURAL FEDERAL
       BENITO JUÁREZ CLAVE
       20DPR1709IB

OC-12  TERMINACIÓN DE CENTRO       MSCY/125/FORTAMUN/005/2023     SAN JOSÉ       $238,895.89
                                                                  CHILTEPEC
       CULTURAL 3A ETAPA EN LA
       LOCALIDAD DE SAN JOSÉ
       CHILTEPEC

                                                                                                                                          TOTAL $2,387,034.85

Fuente: Relación de Obras en Proceso y Terminadas del 01 de enero al 31 de diciembre de 2023 del Municipio de San
                                                    Carlos Yautepec, Distrito de Yautepec, Oaxaca.

                                                                                                                                                               35
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