Page 41 - San Dionisio Ocotepec
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Solicitud de aclaración:                                                                                               Solicitud de aclaración:                                                                                 INFORME FINAL DE AUDITORÍA

            2023-OA/CPM/035/2024-SA-10                                                                                             2023-OA/CPM/035/2024-SA-11

            Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                        Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
            documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan                         documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan
            en este resultado.”                                                                                                    en este resultado.”

         (…)                                                                                                                    (…)

Una vez vencido el plazo otorgado en el informe preliminar de auditoría, la entidad                                    La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación correspondiente al proceso de
fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente                                 ejecución de las obras, para atender el resultado antes transcrito, misma que fue analizada
transcrito, no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de                               como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL-03.
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
por aceptadas las observaciones realizadas.                                                                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                                       suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 47, 50 y 51 de la Ley de Obras Públicas y                             como solventado el Resultado: AF-50.
Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
                                                                                                                       El siguiente Resultado: AF-51 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera no                           se transcribe a continuación:
solventado el Resultado: AF-49.
                                                                                                                                (…)
El siguiente Resultado: AF-50 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:                                                                                                      “RESULTADO: AF-51 CON OBSERVACIÓN

         (…)                                                                                                                       De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento
                                                                                                                                   del Municipio de San Dionisio Ocotepec, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, de las obras incluidas en la
            “RESULTADO: AF-50 CON OBSERVACIÓN                                                                                      muestra, respecto a la documentación comprobatoria de las obras, se constató que no presentó las
                                                                                                                                   pruebas de resistencia a la compresión del concreto hidráulico utilizado en la obra y las pruebas de
            De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el Municipio de San                  hermeticidad de la tubería instalada, observaciones presentes en dos obras, como se desglosa en el
            Dionisio Ocotepec, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, de las obras incluidas en la muestra, respecto al                    ANEXO DAM-VIF-04.
            proceso de ejecución de las obras, se constató que no presentó el acuerdo de ejecución por
            administración directa y la relación de la plantilla de personal técnico y administrativo relacionado                  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 186 fracción II y 198 de la Ley de Ordenamiento
            con la obra pública, observaciones presentes en dos obras, como se desglosa en el ANEXO DAM-                           Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Oaxaca; 11 fracciones V y VII y el artículo 56 fracción I
            VIF-03.                                                                                                                de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; 282 del Reglamento de
                                                                                                                                   Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca; y las Normas Mexicanas NMX-C-
            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 8 fracción III, 22 fracción IV, 62 y 63 fracción I de la              083-ONNCCE-2014 y NOM 001 CONAGUA 2011: apéndice B.
            Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
                                                                                                                                   Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente                  acción:
            acción:

                                                                                                                       39
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