Page 3 - San Juan Bautista Cuicatlán
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ENTIDAD FISCALIZABLE: H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Bautista Cuicatlán, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPM/046/2024
TIPO DE AUDITORÍA: Sobre el Desempeño.
CUENTA PÚBLICA: Ejercicio Fiscal 2023.
ANTECEDENTES
Mediante Acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024, la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular de Mediante escrito de fecha 12 de marzo de 2024, recibido con fecha 20 de marzo de 2024 en
la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, aprobó el “Programa Anual de la oficialía de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, dentro
Auditorías 2024 de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para la del plazo legalmente concedido en la prórroga mencionada, signado por la C. Maricel
Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del Ejercicio Fiscal 2023”, en el cual Mariscal Gaytán, en su carácter de Presidenta Municipal, presentó información y
se contempló al Municipio de San Juan Bautista Cuicatlán, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca. documentación, misma que se describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada
levantada el día 20 de marzo de 2024.
Como resultado de lo anterior, se ordenó la Auditoría Sobre el Desempeño número
OA/CPM/046/2024 de fecha 20 de febrero de 2024, para la fiscalización de la Cuenta Pública Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la
del Municipio de San Juan Bautista Cuicatlán, Distrito de Cuicatlán, correspondiente al Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización
ejercicio fiscal 2023. Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de
Auditoría, mismo que fue entregado y notificado legalmente el día 04 de julio de 2024 a la
La referida orden de auditoría fue notificada legalmente el día 23 de febrero de 2024, a la C. Entidad Fiscalizable por conducto de la C. Maricel Mariscal Gaytán, en su carácter de
Maricel Mariscal Gaytán, en su carácter de Presidenta Municipal, cuyo original se dejó en su Presidenta Municipal, como consta en el acta de notificación que para tal efecto se levantó.
poder, como consta en el acta de notificación que para tal efecto se levantó.
Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un plazo
Mediante requerimiento de información contenido en la Orden de Auditoría, se le solicitó a la de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la
Entidad Fiscalizable, para que en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día notificación del Informe Preliminar de Auditoría, para que presentara ante esta Auditoría
siguiente a que haya surtido efecto la notificación de la Orden de Auditoría, entregara de Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación, justificación e información
manera personal, en las oficinas que ocupa esta Auditoría Superior de Fiscalización del para atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y recomendaciones
Estado de Oaxaca, la documentación e información comprobatoria y justificativa formuladas a la Entidad Fiscalizable en el Informe mencionado.
correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023,
como consta y se describe en la Orden de Auditoría: OA/CPM/046/2024. Una vez vencido el plazo otorgado y estando dentro del plazo legalmente concedido,
mediante escrito de fecha 25 de julio de 2024, recibido en esa misma fecha en la oficialía de
Mediante escrito de fecha 06 de marzo de 2024, recibido en esa misma fecha en la oficialía partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, signado por la C.
de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Entidad Maricel Mariscal Gaytán, en su carácter de Presidenta Municipal, presentó información y
Fiscalizable solicitó una prórroga para dar cumplimiento al requerimiento de información documentación para atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y
derivado de la orden de auditoría, misma que fue concedida por la L.C.P. Sarahí Noriega recomendaciones formuladas en el Informe Preliminar de Auditoría, misma que se describió
Ricárdez, Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, mediante y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada el día 25 de julio de 2024.
oficio número ASFE/OT/0623/2024, de fecha 07 de marzo de 2024.
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