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Incumpliendo con lo establecido en el artículo 46 tercer párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios              Teotitlán, Oaxaca, no publicó el estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos, clasificación                        INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Relacionados del Estado de Oaxaca.                                                                                    por objeto del gasto (capítulo y concepto) del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022 en el sitio web
                                                                                                                      oficial del Consejo Estatal de Armonización Contable de Oaxaca.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:                                                                                                               Con base a lo anterior no se pudo determinar si los montos sin IVA de las obras ejecutadas en el
                                                                                                                      ejercicio fiscal 2023 encuadran dentro del rango establecido en el Presupuesto de Egresos del Estado
Solicitud de aclaración:                                                                                              de Oaxaca para el ejercicio Fiscal 2023.

2023-OA/CPM/062/2024-SA-04                                                                                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 55 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental;
                                                                                                                      113 fracción II antepenúltimo y último párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                    Oaxaca; 3, 12, 16, 18 y 28 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca;
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este                         43 primer párrafo y 68 fracción III de la Ley Orgánica Municipal; 58 primer párrafo, de la Ley de Disciplina
resultado.”                                                                                                           Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 46 segundo párrafo de la Ley de Obras Públicas
                                                                                                                      y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; y 89 fracción VII del Presupuesto de Egresos del Estado
(…)                                                                                                                   de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                           Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                        acción:

Exhibió oficio de asunto: solicitud de obra con fecha 05 de abril de 2023 y Acta de sesión                            Solicitud de aclaración:
ordinaria de cabildo con fecha 09 de abril de 2023, los cuales hacen referencia en su texto
que los Agentes Municipales y vecinos de diferentes localidades exigen el inicio de las obras                         2023-OA/CPM/062/2024-SA-05
debido al mal clima y para no generar conflicto social con las Agencias Municipales y
Congregaciones Municipales. Una vez analizada la documentación se determinó que no                                    Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
cumplió con la normatividad aplicable.                                                                                documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en este
                                                                                                                      resultado.”
Incumpliendo con lo establecido en el artículo 46 tercer párrafo de la Ley de Obras Públicas
y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.                                                                     (…)

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                 Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la entidad
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                         fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-20.                                                       transcrito, no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
                                                                                                          Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen
El siguiente Resultado: AF-21 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se             por aceptadas las observaciones realizadas.
transcribe a continuación:
                                                                                                          Incumpliendo con lo establecido en los artículos 55 de la Ley General de Contabilidad
(…)                CON OBSERVACIÓN                                                                        Gubernamental; 113 fracción II antepenúltimo y último párrafo de la Constitución Política
                                                                                                          del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, 12, 16, 18 y 28 de la Ley de Fiscalización Superior y
“RESULTADO: AF-21                                                                                         Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 43 primer párrafo y 68 fracción III de la Ley
                                                                                                          Orgánica Municipal; 58 primer párrafo, de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
Para conocer el monto ejercido en obra pública durante el ejercicio 2022 y determinar que los contratos   Federativas y los Municipios; 46 segundo párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios
de obra pública celebrados durante el ejercicio 2023 estuvieron dentro del rango de aplicación            Relacionados del Estado de Oaxaca; y 89 fracción VII del Presupuesto de Egresos del Estado
establecido, se observó que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Lucas Zoquiápam, Distrito de          de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.

                                                                                                                                                                                                                                                   11
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