Page 25 - San Mateo del Mar
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Solicitud de aclaración.                                                                                          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación                         INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                                              alguna, respecto a este resultado.”
            2023-OA/CPM/064/2024-SA-06
                                                                                                                           (…)
            Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
            documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en          Debido a lo anterior, este resultado AF-34 permanece sin observaciones.
            este resultado.”
                                                                                                                  El siguiente resultado AF-35 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
         (…)                                                                                                      transcribe a continuación:

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                                      (…)
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                                              “RESULTADO: AF-35 CON OBSERVACIÓN
Presentó copia certificada del Oficio número SMM/367/2024 de fecha 11 de septiembre de
2024, en el cual manifiesta lo siguiente: “…Por ser un municipio donde ocurrieron conflictos                                  De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento
sociales en el año 2020, se tiene limitado el acceso a ciertas cantidades de personas, esta                                   del Municipio de San Mateo del Mar, Distrito de Tehuantepec, Oaxaca, de las obras incluidas en la
modalidad nos facilita invitar restringidamente a cierto número de contratistas… “, sin                                       muestra, respecto al proceso de programación y presupuestación de las obras, se constató que no
embargo, no presento acuerdo debidamente fundado y motivado por el cual podrá fijar un                                        presentó el permiso de construcción, la memoria descriptiva, el presupuesto de obra, el calendario
rango de aplicación superior al indicado en el Presupuesto de Egresos, así mismo                                              de ejecución, los generadores de obra, los planos del proyecto y las especificaciones generales y
debiéndolo hacer del conocimiento a sus órganos internos de control.                                                          particulares de construcción, observaciones presentes en trece obras, que se relacionan en el anexo
                                                                                                                              DAM-VIF-01.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 46 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados del Estado de Oaxaca, y 89 fracción VII del Presupuesto de Egresos del                                           Incumpliendo con lo establecido en los artículos 20 fracciones III, VI, VIII, IX y X y 22 fracciones II, IV y
Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.                                                                               VII de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                                     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                             acción:
concluyendo como no solventado el resultado AF-33.
                                                                                                                              Solicitud de aclaración.
El siguiente resultado AF-34 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de
auditoría, mismo que se transcribe a continuación:                                                                            2023-OA/CPM/064/2024-SA-07

         (…)                                                                                                                  Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                              documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones detalladas en
            “RESULTADO: AF-34 SIN OBSERVACIÓN                                                                                 este resultado.”

            De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento           (…)
            del Municipio de San Mateo del Mar, Distrito de Tehuantepec, Oaxaca, de las obras incluidas en la
            muestra, respecto al proceso de planeación / autorización de las obras, se constató que presentó el   La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación correspondiente al proceso de
            oficio de autorización y/o aprobación y el anexo del oficio de notificación de aprobación y           programación y presupuestación para atender el resultado antes transcrito, misma que fue
            autorización de obras, acciones e inversiones.                                                        analizada como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL- 01.

                                                                                                                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                                  suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                                                                                                                  como solventado el resultado AF-35.

                                                                                                                                                                                                                                                         23
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