Page 20 - San Mateo del Mar
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA      Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de                     se observó que no se ajustó al plan de cuentas emitido por el Consejo Nacional de Armonización
                                Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto                    Contable para fines del registro de sus operaciones; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-18.
                                y Responsabilidad Hacendaria.
                                                                                                                                                     Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43,
                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente                67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 86 párrafo quinto de la Ley del
                                acción:                                                                                                              Impuesto Sobre la Renta, 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
                                                                                                                                                     primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
                                Pliego de Observaciones.                                                                                             Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento
                                                                                                                                                     de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
                                2023-OA/CPM/064/2024-PO-21                                                                                           Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de
                                                                                                                                                     Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; 186 párrafo tercero del Reglamento de la
                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                   Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y Acuerdo por el que se emite el
                                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $47,291.40 (Cuarenta y                    Clasificador por Objeto del Gasto
                                siete mil doscientos noventa y un pesos 40/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este
                                resultado.”                                                                                                          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                                                                                                                                     acción:
                                (…)
                                                                                                                                                     Pliego de Observaciones.
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                     2023-OA/CPM/064/2024-PO-22

                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                                    Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-17-SOL-21.                                   documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $466,471.90
                                                                                                                                                     (Cuatrocientos sesenta y seis mil cuatrocientos setenta y un pesos 90/100 M.N.), conforme a la
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                                observación detallada en este resultado.”
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            como solventado el resultado AF-25.                                                                                   (…)

                            El siguiente resultado AF-26 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                 La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            transcribe a continuación:                                                                                   antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                                (…)                CON OBSERVACIÓN                                                                       Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                                                                                                                                         observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-18-SOL-22.
                                “RESULTADO: AF-26
                                                                                                                                         Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                De la revisión a la sub-subcuenta 51381-3822 ACTOS DE ORDEN SOCIAL Y CULTURAL; se constató que           suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                                la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $466,471.90 (Cuatrocientos       como solventado el resultado AF-26.
                                sesenta y seis mil cuatrocientos setenta y un pesos 90/100 M.N.), observando que los registros
                                contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación comprobatoria del           El siguiente resultado AF-27 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                gasto referente a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet por los gastos realizados y por los   transcribe a continuación:
                                apoyos otorgados, ni con la documentación justificativa del gasto relativa al procedimiento de
                                contratación en donde garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a
                                precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; la solicitud para la
                                adquisición y para los apoyos otorgados, la autorización correspondiente, tres referente, la constancia
                                de recepción y la evidencia del uso o destino de los apoyos así como de los actos realizados. Además,

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