Page 21 - San Mateo del Mar
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(…)                         CON OBSERVACIÓN                                                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                  INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                       suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
“RESULTADO: AF-27                                                                                      como solventado el resultado AF-27.

De la revisión a la sub-subcuenta 51391-3993 OTROS SERVICIOS GENERALES; se constató que la             El siguiente resultado AF-28 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $103,395.22 (Ciento tres mil      transcribe a continuación:
trescientos noventa y cinco pesos 22/100 M.N.), observando que los registros contables y
presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto relativa a    (…)                             CON OBSERVACIÓN
las solicitudes para la contratación y de apoyo, la autorización correspondiente, tres referentes, la
constancia de recepción y la evidencia de los trabajos realizados, de los apoyos otorgados y de los    “RESULTADO: AF-28
materiales adquiridos. Además, se observó que se ajustó al plan de cuentas emitido por el Consejo
Nacional de Armonización Contable para fines del registro de sus operaciones; como se detalla en el
ANEXO DAM-FC-19.

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de       De la revisión a la sub-subcuenta 52431-4431 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA; se
Contabilidad Gubernamental; 86 párrafo quinto de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, 120 de la Ley     constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $120,000.00
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos primero y segundo de la Ley de                    (Ciento veinte mil pesos 00/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios no
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes       se encuentran soportados con la documentación comprobatoria del gasto referente a los
Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,                Comprobantes Fiscales Digitales por Internet emitidos por los apoyos otorgados, ni con la
Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e            documentación justificativa del gasto relativa al procedimiento de contratación en donde garanticen
Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el             al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento,
Ejercicio Fiscal 2023; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y           oportunidad y demás circunstancias pertinentes; la solicitud de la ayuda, la autorización
Responsabilidad Hacendaria; y Acuerdo por el que se emite el Clasificador por Objeto del Gasto         correspondiente, la constancia de recepción y la evidencia de la ayuda proporcionada:

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente  NÚMERO        PÓLIZA DE DIARIO  IMPORTE        NÚMERO   PÓLIZA DE EGRESO   IMPORTE
acción:                                                                                                 002474             FECHA           60,000.00   001224            FECHA        60,000.00
                                                                                                                                                       001225
Pliego de Observaciones.                                                                                002478         31/05/2023          60,000.00                  31/05/2023      60,000.00
                                                                                                        TOTAL                          $120,000.00                                $120,000.00
                                                                                                                       31/05/2023                                     31/05/2023

2023-OA/CPM/064/2024-PO-23

Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la      CAJA                           COMPROBANTE                                  IMPORTE
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $103,395.22 (Ciento tres    60,000.00                                                                  OBSERVADO
mil trescientos noventa y cinco pesos 22/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este                      FECHA  NÚM.       BENEFICIARIO   IMPORTE  CONCEPTO
resultado.”                                                                                                                                                                               60,000.00
                                                                                                          60,000.00                                     $0.00
(…)                                                                                                    $120,000.00                                                                        60,000.00
                                                                                                                                                                                      $120,000.00

La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                  Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                   Contabilidad Gubernamental; 86 párrafo quinto de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; y 186 párrafo
                                                                                                       tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-19-SOL-23.                 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                                                                                                       acción:

                                                                                                                                                                                                              19
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