Page 6 - San Miguel Coatlán
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA              formalmente establecida y/o responsable que identifique, analice y evalúe los riesgos que pudieran       Recomendación:
                                        afectar el cumplimiento de los objetivos de su Plan Municipal de Desarrollo.
                                                                                                                                                 2023-OA/CPM/068/2024-REC-01
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 113 párrafo primero de la Constitución Política de los
                                        Estados Unidos Mexicanos; 45 párrafo segundo y 53 de la Ley de Planeación, Desarrollo                    La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le recomienda a la Entidad Fiscalizable,
                                        Administrativo y Servicios Públicos Municipales.                                                         realizar mejoras sustanciales para fortalecer el Sistema de Control Interno Institucional, con relación
                                                                                                                                                 a lo siguiente:
                                        ACTIVIDADES DE CONTROL
                                                                                                                                                 AMBIENTE DE CONTROL
                                        La Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 15.0 de un total de 20.0 posibles, correspondiente al
                                        componente Actividades de Control, debido a que no acreditó contar con lo siguiente: Garantizar que      Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener
                                        las actividades de control interno permitan alcanzar los objetivos municipales y responder a los         el componente de Ambiente de Control, a través de establecer un comité de contraloría social
                                        riesgos; y comprobar que realizan revisiones periódicas y/o reuniones para detectar la eficacia en el    municipal; comités de control y vigilancia; aprobar y expedir disposiciones relativas a las
                                        logro de los objetivos o en el enfrentamiento de sus riesgos.                                            enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e
                                                                                                                                                 inmuebles del municipio; bando de policía y gobierno; así como con un reglamento interno del
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de      municipio y reglamentos municipales aprobados o en su caso ratificados por el ayuntamiento, y
                                        Combate a la Corrupción, 29 párrafo segundo, 68 párrafo primero fracciones II y XXXIII, 69 y 126 de      contar con un Manual o documento de naturaleza administrativa en materia de recursos humanos,
                                        la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                                                          que considere las actividades de selección, contratación, capacitación, evaluación al desempeño,
                                                                                                                                                 incentivos y separación del personal.
                                        INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
                                                                                                                                                 ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
                                        La Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 12.0 de un total de 20.0 posibles, correspondiente al
                                        componente Información y Comunicación, debido a que no acreditó contar con lo siguiente:                 Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener
                                        indicadores para medir el cumplimiento de los objetivos y metas; no presentó evidencia que el            el componente de Administración de Riesgos, a través de crear un área formalmente establecida y/o
                                        Ayuntamiento rinde a la ciudadanía, por conducto del presidente municipal, un informe detallado          responsable que identifique, analice y evalúe los riesgos que pudieran afectar el cumplimiento de los
                                        sobre los recursos recibidos, el estado financiero de la hacienda pública municipal, el avance de los    objetivos de su Plan Municipal de Desarrollo.
                                        programas, las obras en proceso y concluidas, los resultados alcanzados al término del ejercicio, y en
                                        general del estado que guardan los asuntos municipales.                                                  ACTIVIDADES DE CONTROL

                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de      Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener
                                        Combate a la Corrupción; 43 párrafo primero fracciones XL y LXXX y 68 párrafo primero fracciones         el componente de Actividades de Control, a través de garantizar que las actividades de control
                                        II, VIII y XXXIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                                     interno permitan alcanzar los objetivos municipales y responder a los riesgos; y comprobar que
                                                                                                                                                 realizan revisiones periódicas y/o reuniones para detectar la eficacia en el logro de los objetivos o en
                                        SUPERVISIÓN                                                                                              el enfrentamiento de sus riesgos.

                                        La Entidad Fiscalizable obtuvo un puntaje de 8.0 de un total de 20.0 posibles, correspondiente al        INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
                                        componente Supervisión, debido a que no acreditó contar con lo siguiente: Procedimientos o
                                        estrategias para corregir las deficiencias de control interno; áreas para ejecutar dichos                Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener
                                        procedimientos; ni un área que realice la función de verificar la información reportada en relación del  el componente de Información y Comunicación, a través de contar con indicadores para medir el
                                        cumplimiento de los programas del ayuntamiento.                                                          cumplimiento de los objetivos y metas; rendir a la ciudadanía, por conducto del presidente municipal,
                                                                                                                                                 un informe detallado sobre los recursos recibidos; el estado financiero de la hacienda pública
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 4 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de      municipal, el avance de los programas, las obras en proceso y concluidas, los resultados alcanzados
                                        Combate a la Corrupción; 43 párrafo primero fracciones XI, y LXXX y 68 párrafo primero fracciones        al término del ejercicio, y en general del estado que guardan los asuntos municipales.
                                        II, VIII y XXXIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
                                                                                                                                                 SUPERVISIÓN
                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                                                                                                                                 Se le recomienda, a la Entidad Fiscalizable, realizar acciones necesarias para fortalecer y mantener
                            4                                                                                                                    el componente de Supervisión, a través de contar con procedimientos o estrategias para corregir las
                                                                                                                                                 deficiencias de control interno; áreas para ejecutar dichos procedimientos; asimismo, contar con un
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