Page 9 - San Miguel Coatlán
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Incumpliendo con lo establecido en los artículos 115 fracción IV párrafo penúltimo y 126 de la Respecto a la observación de las inconsistencias relativas al periodo de aprobación de las INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 60, 61 párrafo primero fracción II incisos b) modificaciones al Presupuesto de Egresos; y a que no acreditó que las modificaciones al
y c) párrafo primero, 62 párrafo primero y 63 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 8 y Presupuesto hayan seguido el proceso que la normatividad aplicable considera; presentó
18 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; copias certificadas del ACTA DE CABILDO DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS
71 párrafo primero fracción I inciso b) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información BASADO EN RESULTADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023 y copia certificada de la Cedula de
Pública; 113 fracción II párrafo antepenúltimo y 137 párrafos primero y segundo de la Constitución programas presupuestarios 2023, copias certificadas del ACTA DE CABILDO PARA MODIFICAR
Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 43 párrafo primero fracción XXIII párrafo primero, EL PRESUPUESTO DE EGRESOS BASADO EN RESULTADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, de fecha
47 párrafo primero fracción XVI, 68 párrafo primero fracción IX, 95 párrafo primero fracción VI 30 de marzo de 2023, en la cual se lleva a cabo la aprobación de la modificación al
párrafo primero, 123 párrafo primero, 127, 128 párrafo último y 129 de la Ley Orgánica Municipal del Presupuesto de Egresos, basado en resultados para el ejercicio fiscal 2023; copias
Estado de Oaxaca y Guía para la Elaboración del Proyecto de Presupuesto de Egresos Municipal del certificadas de la CÉDULA DE PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS; copias certificadas del ACTA DE
Ejercicio Fiscal 2023. SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO PARA AUTORIZAR Y APROBAR LAS MODIFICACIONES AL
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL EJERCICIO 2023, de fecha 30 de abril de 2023, en la cual se llevó
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: a cabo el análisis, discusión y en su caso aprobación de la modificación al Presupuesto de
Egresos en el mes de enero en el ejercicio 2023, anexando su cédula de modificaciones
Solicitud de Aclaración: correspondiente al mes de enero; copias certificadas del ACTA DE SESIÓN EXTRAORDINARIA
DE CABILDO PARA AUTORIZAR Y APROBAR LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS
2023-OA/CPM/068/2024-SA-02 DEL EJERCICIO 2023, de fecha 30 de abril de 2023, en la cual se llevó a cabo el análisis,
discusión y en su caso aprobación de la modificación al Presupuesto de Egresos en el mes
Se requiere que presente ante, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la de febrero en el ejercicio 2023, anexando su cédula de modificaciones correspondiente al
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en mes de febrero; copias certificadas del ACTA DE SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO PARA
este resultado.” AUTORIZAR Y APROBAR LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL EJERCICIO 2023,
de fecha 30 de abril de 2023, en la cual se llevó a cabo el análisis, discusión y en su caso
(…) aprobación de la modificación al Presupuesto de Egresos en el mes de marzo en el ejercicio
2023, anexando copia certificada de su cédula de modificaciones correspondiente al mes
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado de marzo; copias certificadas de las Cédulas de modificaciones de los meses de Abril, Mayo,
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: Junio, Julio, Agosto Septiembre, Octubre, Noviembre, Diciembre. Sin embargo, no presentó
evidencia que justifique o aclare las inconsistencias relativas al periodo de aprobación de
Respecto a la observación del documento Presupuesto de Egresos, que no acreditó que las modificaciones al Presupuesto de Egresos; tampoco acreditó que las modificaciones al
haya sido aprobado antes del 15 de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal, ni de Presupuesto hayan seguido el proceso que la normatividad aplicable considera, en
haber sido publicado. Tampoco acreditó haber ratificado o modificado el Presupuesto de consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
Egresos a más tardar el 15 de febrero, al tratarse de inicio de Gobierno, ni de haberlo Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
publicado; así mismo, que el Tesorero Municipal no acreditó haber realizado la propuesta
del anteproyecto del Presupuesto de Egresos; que excede la temporalidad que la Respecto a la observación, de los tres Programas Presupuestarios ejercidos y reportados en
normatividad aplicable señala; no presentó evidencia que acredite haber elaborado, la Cuenta Pública Municipal, uno reporta monto de aprobado, sin haber sido autorizado en
aprobado, publicado el Presupuesto de Egresos Modificado del Ejercicio Fiscal 2023 y el Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2023, presentó oficio de
tampoco haber remitido copia al Congreso del Estado para su conocimiento; no acreditó la presentación número 00151/2024, mediante el cual argumenta lo que a la letra dice: “Se
distribución del Presupuesto de Egresos conforme a la clasificación Programática; que de
los tres Programas Presupuestarios autorizados en el Presupuesto de Egresos Aprobado 7
para el ejercicio fiscal 2023, uno no prevaleció al final del ejercicio fiscal; la Entidad
Fiscalizable no presentó evidencia que justifique o aclare lo relativo a esta observación, en
consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tiene por
consentida la observación realizada.