Page 9 - San Miguel Coatlán
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Incumpliendo con lo establecido en los artículos 115 fracción IV párrafo penúltimo y 126 de la        Respecto a la observación de las inconsistencias relativas al periodo de aprobación de las                                                  INFORME FINAL DE AUDITORÍA
            Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 60, 61 párrafo primero fracción II incisos b)  modificaciones al Presupuesto de Egresos; y a que no acreditó que las modificaciones al
            y c) párrafo primero, 62 párrafo primero y 63 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 8 y    Presupuesto hayan seguido el proceso que la normatividad aplicable considera; presentó
            18 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;  copias certificadas del ACTA DE CABILDO DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS
            71 párrafo primero fracción I inciso b) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información  BASADO EN RESULTADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023 y copia certificada de la Cedula de
            Pública; 113 fracción II párrafo antepenúltimo y 137 párrafos primero y segundo de la Constitución    programas presupuestarios 2023, copias certificadas del ACTA DE CABILDO PARA MODIFICAR
            Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 43 párrafo primero fracción XXIII párrafo primero,    EL PRESUPUESTO DE EGRESOS BASADO EN RESULTADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, de fecha
            47 párrafo primero fracción XVI, 68 párrafo primero fracción IX, 95 párrafo primero fracción VI       30 de marzo de 2023, en la cual se lleva a cabo la aprobación de la modificación al
            párrafo primero, 123 párrafo primero, 127, 128 párrafo último y 129 de la Ley Orgánica Municipal del  Presupuesto de Egresos, basado en resultados para el ejercicio fiscal 2023; copias
            Estado de Oaxaca y Guía para la Elaboración del Proyecto de Presupuesto de Egresos Municipal del      certificadas de la CÉDULA DE PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS; copias certificadas del ACTA DE
            Ejercicio Fiscal 2023.                                                                                SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO PARA AUTORIZAR Y APROBAR LAS MODIFICACIONES AL
                                                                                                                  PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL EJERCICIO 2023, de fecha 30 de abril de 2023, en la cual se llevó
            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:             a cabo el análisis, discusión y en su caso aprobación de la modificación al Presupuesto de
                                                                                                                  Egresos en el mes de enero en el ejercicio 2023, anexando su cédula de modificaciones
            Solicitud de Aclaración:                                                                              correspondiente al mes de enero; copias certificadas del ACTA DE SESIÓN EXTRAORDINARIA
                                                                                                                  DE CABILDO PARA AUTORIZAR Y APROBAR LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS
            2023-OA/CPM/068/2024-SA-02                                                                            DEL EJERCICIO 2023, de fecha 30 de abril de 2023, en la cual se llevó a cabo el análisis,
                                                                                                                  discusión y en su caso aprobación de la modificación al Presupuesto de Egresos en el mes
            Se requiere que presente ante, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la      de febrero en el ejercicio 2023, anexando su cédula de modificaciones correspondiente al
            documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en     mes de febrero; copias certificadas del ACTA DE SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO PARA
            este resultado.”                                                                                      AUTORIZAR Y APROBAR LAS MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL EJERCICIO 2023,
                                                                                                                  de fecha 30 de abril de 2023, en la cual se llevó a cabo el análisis, discusión y en su caso
         (…)                                                                                                      aprobación de la modificación al Presupuesto de Egresos en el mes de marzo en el ejercicio
                                                                                                                  2023, anexando copia certificada de su cédula de modificaciones correspondiente al mes
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                             de marzo; copias certificadas de las Cédulas de modificaciones de los meses de Abril, Mayo,
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                              Junio, Julio, Agosto Septiembre, Octubre, Noviembre, Diciembre. Sin embargo, no presentó
                                                                                                                  evidencia que justifique o aclare las inconsistencias relativas al periodo de aprobación de
Respecto a la observación del documento Presupuesto de Egresos, que no acreditó que                               las modificaciones al Presupuesto de Egresos; tampoco acreditó que las modificaciones al
haya sido aprobado antes del 15 de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal, ni de                      Presupuesto hayan seguido el proceso que la normatividad aplicable considera, en
haber sido publicado. Tampoco acreditó haber ratificado o modificado el Presupuesto de                            consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
Egresos a más tardar el 15 de febrero, al tratarse de inicio de Gobierno, ni de haberlo                           Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
publicado; así mismo, que el Tesorero Municipal no acreditó haber realizado la propuesta
del anteproyecto del Presupuesto de Egresos; que excede la temporalidad que la                                    Respecto a la observación, de los tres Programas Presupuestarios ejercidos y reportados en
normatividad aplicable señala; no presentó evidencia que acredite haber elaborado,                                la Cuenta Pública Municipal, uno reporta monto de aprobado, sin haber sido autorizado en
aprobado, publicado el Presupuesto de Egresos Modificado del Ejercicio Fiscal 2023 y                              el Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2023, presentó oficio de
tampoco haber remitido copia al Congreso del Estado para su conocimiento; no acreditó la                          presentación número 00151/2024, mediante el cual argumenta lo que a la letra dice: “Se
distribución del Presupuesto de Egresos conforme a la clasificación Programática; que de
los tres Programas Presupuestarios autorizados en el Presupuesto de Egresos Aprobado                                                                                                                                                                       7
para el ejercicio fiscal 2023, uno no prevaleció al final del ejercicio fiscal; la Entidad
Fiscalizable no presentó evidencia que justifique o aclare lo relativo a esta observación, en
consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tiene por
consentida la observación realizada.
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