Page 14 - Santa Cruz Tacache De Mina
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Incumpliendo con lo establecido en los artículos 17, 20, 21 párrafo tercero y 22 de la Ley de Obras           (…)
                                        Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; 48, 49, 50, 51, 52 y 64 de la Ley de
                                        Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales y 68 párrafo primero                      “RESULTADO: AC-11 SIN OBSERVACIÓN
                                        fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
                                                                                                                                                         De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, relativa a la
                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                        Cuenta Pública del ejercicio Fiscal 2023, específicamente en el reporte denominado Relación de Obras
                                                                                                                                                         en proceso y terminadas, se constató que el Municipio de Santa Cruz Tacache de Mina, Distrito de
                                        Solicitud de Aclaración:                                                                                         Huajuapan, Oaxaca, no realizó obras públicas bajo la modalidad de Administración Directa, por
                                                                                                                                                         esta razón, no se elaboró el dictamen para comprobar si contó con la capacidad técnica,
                                        2023-OA/CPM/094/2024-SA-09                                                                                       administrativa, operativa y elementos necesarios para el desarrollo de los trabajos relativos a esta
                                                                                                                                                         modalidad de obras.
                                        Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                        documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este               Por lo anterior esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación
                                        resultado.”                                                                                                      alguna, respecto a este resultado.”

                                     (…)                                                                                                              (…)
                                                                                                                                             Debido a lo anterior, este resultado AC-11 permanece sin observaciones.
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                             El siguiente resultado AC-12 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de
                                                                                                                                             Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
                            Mediante oficio número MSC/02/08/2024 de fecha 05 de agosto de 2024 presentó copias
                            certificadas del Programa Anual de Obras del ejercicio 2023, mismo que fue publicado en                                   (…)
                            el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca el 22 de julio del 2023, del cual no acredito la
                            elaboración y publicación dentro del plazo establecido dentro de la normatividad aplicable,                                  “RESULTADO: AC-12 SIN OBSERVACIÓN
                            por lo que no se tiene por atendido estos puntos.
                                                                                                                                                         Con la finalidad de constatar que los recursos provenientes de financiamientos y otras obligaciones
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 17, 20, 21 párrafo tercero y 22 de la Ley de                                y empréstitos se contrataron, recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado, en términos de
                            Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; 48, 49, 50, 51, 52 y 64 de la                                  los artículos 22, 23, 24, 25 y 26 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los
                            Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales y 68                                           Municipios, se requirió información y documentación al Municipio de Santa Cruz Tacache de Mina,
                            párrafo primero fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                                                Distrito de Huajuapan, Oaxaca, referente al Expediente único de Deuda Pública Municipal y al
                                                                                                                                                         Expediente único de Obligaciones de Pago; ante lo anterior, la Entidad Fiscalizable, manifestó que no
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                                    contrajo Deuda Pública ni Obligaciones de Pago en el ejercicio fiscal 2023, como consta en el Acta
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                                  circunstanciada de recepción de documentación de fecha 8 de marzo de 2024.
                            como no solventado el resultado AC-10.
                                                                                                                                                         Por lo que, a efectos de corroborar si el H. Ayuntamiento del Municipio de Santa Cruz Tacache de
                            El siguiente resultado AC-11 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de                                        Mina, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, contrató Deuda Pública u Obligaciones de Pago, mediante
                            Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:                                                                           oficio número ASFE/OT/0335/2024, de fecha 26 de febrero de 2024, esta Auditoría Superior de
                                                                                                                                                         Fiscalización del Estado, solicitó a la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado
                                                                                                                                                         proporcionara información relativa a la Deuda Pública contratada por el Municipio de referencia
                                                                                                                                                         durante el ejercicio fiscal 2023, solicitando incluyera en forma detallada los siguientes datos: 1) fecha
                                                                                                                                                         de suscripción; 2) monto original contratado; 3) fecha de vencimiento; 4) saldo al 31 de diciembre
                                                                                                                                                         2023 y 5) fondos federales afectados como garantía de pago. En respuesta, la Secretaría de Finanzas
                                                                                                                                                         del Poder Ejecutivo del Estado, mediante oficio número SF/SECyT/TES/0824/2024 de fecha 20 de

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