Page 13 - Santa Cruz Tacache De Mina
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MODALIDAD                          NÚMERO DE OBRAS      IMPORTE     PORCENTAJE  documentos únicamente comprueban la autorización para que dicha obra se realizara
                                                           CONTRATADAS    CONTRATADO                  bajo la modalidad de invitación restringida a cuando menos tres contratistas, sin embargo,
                                                                                                      la observación realizada no fue en cuanto a la modalidad de ejecución de dicha obra, si no,
LICITACIÓN PÚBLICA                 SUB TOTAL                        ---   0.00            0.00%       que se excedió el monto máximo establecido en la normatividad aplicable, por lo que, la                            INFORME FINAL DE AUDITORÍA
LICITACIÓN PÚBLICA                                                  ---   0.00            0.00%       Entidad Fiscalizable NO presentó ninguna justificación ni aclaración sobre lo observado, en
                                                                                                      consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA                                    04                               Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tiene por
                                                                     01                               consentida la observación realizada.
INVITACIÓN RESTRINGIDA A CUANDO MENOS TRES CONTRATISTAS              05   3,320,776.47     89.00%
                                                                     05       410,518.36   11.00%     En el mismo orden de ideas, en cuanto a que se constató que la suma de los montos
ADJUDICACIÓN DIRECTA                                                                      100.00%     contratados de las obras ejecutadas por excepción a la licitación pública, excedió del 30%
                                                                          3,731,294.83    100.00%     del presupuesto autorizado en materia de obra pública, la Entidad Fiscalizable NO presentó
                                   SUB TOTAL                              3,731,294.83                ninguna justificación ni aclaración de esta observación, en consecuencia, no ejerció a su
                                      TOTALES                                                         favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización y Rendición de
                                                                                                      Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tiene por consentida la observación realizada.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 46 tercer párrafo de la Ley de Obras Públicas y
Servicios relacionados del Estado de Oaxaca y 89 fracción VI del Presupuesto de Egresos del Estado    Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34 de la Ley de Fiscalización y Rendición
de Oaxaca 2023.                                                                                       de Cuentas del Estado de Oaxaca ;46 tercer párrafo de la Ley de Obras Públicas y Servicios
                                                                                                      relacionados del Estado de Oaxaca y 89 fracción VI del Presupuesto de Egresos del Estado
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:             de Oaxaca 2023.

Solicitud de Aclaración:                                                                              Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                      insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
2023-OA/CPM/094/2024-SA-08                                                                            concluyendo como no solventado el resultado AC-09.

Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la       El siguiente resultado AC-10 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este    transcribe a continuación:
resultado.”
                                                                                                               (…)
(…)
                                                                                                                  “RESULTADO: AC-10 CON OBSERVACIÓN
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                              De la revisión y análisis al Programa Anual de Obras del ejercicio 2023 presentado por el municipio
                                                                                                                  de Santa Cruz Tacache de Mina, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, se advierte que no elaboró el citado
Mediante oficio número MSC/02/08/2024 de fecha 05 de agosto de 2024 presentó copias                               programa dentro de los primeros noventa días de su ejercicio anual, toda vez que no presentó el acta
certificadas de las actas que se mencionan a continuación: Acta de Sesión Extraordinaria                          de autorización de dicho programa, así mismo, no contiene los siguientes requisitos: Responsables
de Cabildo de fecha 05 de octubre de 2023, en la cual se autorizó la obra: “Construcción de                       de obras, la modalidad de ejecución por obra, el número de mujeres y hombres, los grupos de edad
barda perimetral en la escuela secundaria técnica no. 79, clave 20DST0074N”, por                                  y los tipos de localidad beneficiados por cada una de ellas; y de igual manera, no presentó evidencia
adjudicación directa; Acta de Sesión de Cabildo de fecha 02 de agosto, para la excepción                          que se haya remitido a la Legislatura local.
a la licitación pública de la obra: “Construcción de pavimento con concreto hidráulico de la
calle Ignacio López Rayón”; Acta de Sesión de Cabildo de fecha 23 de octubre, para la
excepción a la licitación pública de la obra: “Rehabilitación de camino saca cosechas; Acta
de Sesión de Cabildo de fecha 07 de septiembre, para la excepción a la licitación pública
de la obra: “Construcción de pavimento con concreto hidráulico de la calle Lázaro
Cárdenas”; Acta de Sesión de Cabildo de fecha 23 de noviembre, para la excepción a la
licitación pública de la obra: “Rehabilitación del sistema de agua entubada.”, estos

                                                                                                      11
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