Page 26 - Santiago Jamiltepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA              Incumpliendo con lo establecido en los artículos 37 fracción I y II y 53 de la Ley de Obras Públicas y                          Solicitud de Aclaración.
                                        Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca
                                                                                                                                                                        2023-OA/CPM/124/2024-SA-10
                                        Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                                                                                                                                                        Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
                                        Solicitud de Aclaración.                                                                                                        la documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se
                                                                                                                                                                        detalla en este resultado.”
                                        2023-OA/CPM/124/2024-SA-09
                                                                                                                                                                   (…)
                                        Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                        documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan          La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas,
                                        en este resultado.”                                                                                     correspondiente al proceso de ejecución, para atender el resultado antes transcrito, misma
                                                                                                                                                que fue analizada como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL- 03.
                                     (…)
                                                                                                                                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas,                                 suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            correspondiente al proceso de contratación, para atender el resultado antes transcrito,                             como solventado el resultado AF-46.
                            misma que fue analizada como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-SOL- 02.

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                           El siguiente resultado AF-47 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                         transcribe a continuación:
                            como solventado el resultado AF-45.

                            El siguiente resultado AF-46 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                        (…)                CON OBSERVACIÓN
                            transcribe a continuación:
                                                                                                                                                “RESULTADO: AF-47

                                (…)                CON OBSERVACIÓN                                                                              De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento
                                                                                                                                                del Municipio de Santiago Jamiltepec, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, de las obras incluidas en la
                                “RESULTADO: AF-46                                                                                               muestra, respecto de la documentación comprobatoria, se constató que no presentaron la totalidad
                                                                                                                                                de los croquis de ubicación de los trabajos, así mismo y no presentaron las pruebas de laboratorio
                                De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el                            del revenimiento del concreto utilizado en obra; de igual manera, en el cuerpo de estimación se
                                H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Jamiltepec, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, de                        detectaron inconsistencias, observaciones presentes en cuatro obras como se relaciona en el anexo
                                las obras incluidas en la muestra, respecto al proceso de ejecución de las obras, se constató                   DAM-VIF-04.
                                que no presentaron el oficio de asignación del residente de obra del municipio, el oficio de
                                asignación del superintendente de obra de la contratista y el escrito de disposición del                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 186 fracción II y 198 primer párrafo de la Ley de
                                inmueble, observaciones presentes en dos obras como se desglosa en el ANEXO DAM-VIF-                            Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Oaxaca; 11 fracciones V y VII, y 56
                                03.                                                                                                             fracción I, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; 282 del
                                                                                                                                                Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca; y la Norma
                                                                                                                                                Mexicana NMX-C-083-ONNCCE-2014.

                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 60 y 61 de la Ley de Obras Públicas y Servicios                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                Relacionados del Estado de Oaxaca.

                                Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:

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