Page 27 - Santo Domingo Tonalá
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Solicitud de aclaración:                                                                                 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente            INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                         acción:
2023-OA/CPM/137/2024-SA-12.
                                                                                                         Solicitud de aclaración:
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en        2023-OA/CPM/137/2024-SA-13.
este resultado.”
                                                                                                         Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
(…)                                                                                                      documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en
                                                                                                         este resultado.”
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                           (…)

Respecto a la documentación comprobatoria, presentó los croquis de ubicación de los                      La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
trabajos de la estimación 01 (uno) finiquito, correspondientes a la obra observada.                      transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                Respecto al proceso de entrega recepción de la obra, presentó la garantía de vicios ocultos
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo              y el acta entrega recepción del Municipio a los beneficiarios, con los nombres y las firmas de
como solventado el Resultado: AF-33.                                                                     los beneficiarios que conforman el comité de obras, correspondientes a la obra observada.

El siguiente Resultado: AF-34 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
se transcribe a continuación:                                                                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                                                                                                         como solventado el Resultado: AF-34.

(…)                                                                                                      El siguiente Resultado: AF-35 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que
                                                                                                         se transcribe a continuación:
“RESULTADO: AF-34 CON OBSERVACIÓN

De la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el H. Ayuntamiento     (…)
del Municipio de Santo Domingo Tonalá, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, de las obras incluidas en la
muestra, respecto al proceso de entrega-recepción de las obras, se constató que no presentó la           “RESULTADO: AF-35 CON OBSERVACIÓN
garantía de vicios ocultos, así mismo, presentó el acta de entrega recepción del Municipio a los
beneficiarios, sin embargo, carece de los nombres y las firmas de los beneficiarios que conforman el     De la Verificación e Inspección Física realizada a las obras incluidas en la muestra, se observaron
comité de obras, observaciones presentes en una obra, que se relaciona a continuación:                   Volúmenes de obra pagados no ejecutados, en una obra, que se relaciona a continuación:

NÚM.  NOMBRE DE LA OBRA                                 LOCALIDAD      NÚMERO DE CONTRATO                NÚM.  NOMBRE DE LA OBRA                             NÚMERO DE CONTRATO                   IMPORTE  NÚMERO DE
                                                                                                                                                                                              DETERMINADO     ANEXO
      REHABILITACIÓN DE CAMINO EN EL TRAMO: SANTO
OC-1  DOMINGO TONALÁ - YETLA DE JUÁREZ - SAN SEBASTIÁN  SANTO DOMINGO  COP/MSDT/520/FAISMUN/I                  REHABILITACIÓN DE CAMINO EN EL TRAMO: SANTO
      DEL MONTE. 0+000 - 3+930 Y 4+100 - 8+220. (2023)        TONALÁ               R/01/2023                   DOMINGO TONALÁ - YETLA DE JUÁREZ - SAN
                                                                                                         OC-1  SEBASTIÁN DEL MONTE. 0+000 - 3+930 Y 4+100 -  COP/MSDT/520/FAISMUN/IR/01/2023  $535,559.70 DAM-VIF-01
                                                                                                               8+220. (2023)
Fuente: Expediente técnico presentado por la entidad fiscalizable, correspondiente al ejercicio fiscal
                                                                        2023.                                                                                                                 $535,559.70

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 37 fracción III, 64 y 66 de la Ley de Obras Públicas y  Fuente: Expediente técnico presentado por la entidad fiscalizable, correspondiente al ejercicio fiscal
Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.                                                                                                                                     2023.

                                                                                                         Incumpliendo con lo establecido en el artículo 56 penúltimo párrafo de la Ley de Obras Públicas y
                                                                                                         Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

                                                                                                                                                                                                                      25
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