Page 22 - Santo Domingo Tonalá
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA      Solicitud de aclaración:                                                                                   Solicitud de aclaración:

                                2023-OA/CPM/137/2024-SA-04.                                                                                2023-OA/CPM/137/2024-SA-05.

                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la         Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este              documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este
                                resultado.”                                                                                                resultado.”

                                (…)                                                                                                        (…)

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                    La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
                            transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                 transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                            Respecto al Programa Anual de Obra Pública, presentó el Oficio número PM/1155/2024, en el                      Respecto al Padrón de contratistas de obra pública, presentó el Oficio número PM/1156/2024,
                            cual manifiesta que se colocó el Programa de Obras Públicas del Ejercicio 2023, en la                          mediante el cual manifiesta que se colocó el Padrón de Contratistas del Ejercicio 2023 en la
                            mampara informativa del Municipio para que la ciudadanía este informada de los trabajos                        mampara informativa del municipio para que la ciudadanía este informada de los trabajos
                            que se realizan, así mismo, presentó evidencia fotográfica.                                                    que hace el municipio, así mismo, presentó evidencia fotográfica; sin embargo, no acredita
                                                                                                                                           su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca o su sitio web oficial.

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                      Incumpliendo con lo establecido en el artículo 26 A de la Ley de Obras Públicas y Servicios
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                    Relacionados del Estado de Oaxaca.
                            como solventado el Resultado: AF-24.

                            El siguiente Resultado: AF-25 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que                     Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            se transcribe a continuación:                                                                                  insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                                                                                                                                           concluyendo como no solventado el Resultado: AF-25.

                                (…)                CON OBSERVACIÓN                                                                         El siguiente Resultado: AF-26 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que
                                                                                                                                           se transcribe a continuación:
                                “RESULTADO: AF-25

                                De la revisión efectuada a la documentación proporcionada se verificó que el H. Ayuntamiento del           (…)                CON OBSERVACIÓN
                                Municipio de Santo Domingo Tonalá, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, se constató que presentó el
                                documento denominado “Padrón de contratistas de obra pública del ejercicio 2023”, sin presentar            “RESULTADO: AF-26
                                evidencia de su publicación en el Periódico Oficial, así mismo, como resultado de la consulta realizada
                                al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica  De la revisión efectuada a la Relación de obras en proceso y terminadas del 01 de enero al 31 de
                                http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se observó que no fue publicado.                               diciembre de 2023, y a los expedientes técnicos unitarios presentados por el H. Ayuntamiento del
                                                                                                                                           Municipio de Santo Domingo Tonalá, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, se observó que la obra
                                Incumpliendo con lo establecido en el artículo 26 A de la Ley de Obras Públicas y Servicios                contratada, no fue asignada mediante la modalidad de licitación pública, así también, se observó
                                Relacionados del Estado de Oaxaca.                                                                         que el monto contratado por excepción a la licitación pública mediante invitación restringida a
                                                                                                                                           cuando menos tres contratistas, fue por el monto total asignado para las obras públicas contratadas,
                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente      excediendo el porcentaje del 30% establecido en la normatividad aplicable.
                                acción:

                                                                                                                                           Incumpliendo con lo establecido en el artículo 46 tercer párrafo de la Ley de Obras Públicas y
                                                                                                                                           Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

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