Page 5 - San Jeronimo Tlacochahuaya
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7. Se verificó la eficiencia y eficacia del cumplimiento de los objetivos y metas de los                      (…)                            CON OBSERVACIÓN                                                               INFORME FINAL DE AUDITORÍA
         indicadores de desempeño establecidos de los programas presupuestarios
         ejecutados, verificando su cumplimiento mediante los indicadores reportados en la                    “RESULTADO: AD-01
         cuenta pública, y el cumplimiento de los objetivos de los programas presupuestarios
         a través de las obras y acciones ejecutadas.                                                         EVALUACIÓN AL CONTROL INTERNO

8. Se verificó que los expedientes de obra se encuentren integrados de conformidad con                        La Entidad Fiscalizable presentó, a requerimiento, el Cuestionario de Control Interno (CCI), de fecha 19
         la normatividad aplicable.                                                                           de marzo de 2024, requisitado por el C. Severiano Agustín Sánchez, en su carácter de Presidente
                                                                                                              Municipal del Municipio de San Jerónimo Tlacochahuaya, Distrito de Tlacolula, Oaxaca; y una vez
9. Se verificó el cumplimiento de la eficiencia y eficacia de los programas                                   realizado el análisis de las respuestas y la evidencia proporcionada, se determinó que el municipio
         presupuestarios, a través del cumplimiento de las metas del gasto.                                   obtuvo un puntaje de 95.8 sobre un total de 100 puntos asignados, que conforman los valores de los 5
                                                                                                              componentes del control interno, acorde al Marco Integrado de Control Interno establecido por el
INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                                                                    Sistema Nacional de Fiscalización; lo que ubica al sistema de control interno del H. Ayuntamiento del
                                                                                                              Municipio de San Jerónimo Tlacochahuaya, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, en un nivel Alto, el cual
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos                  requiere realizar mejoras sustanciales para fortalecer el sistema de control interno institucional, como
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo               se detalla a continuación:
y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción XXII párrafo
primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II párrafo            DIAGNÓSTICO DE CONTROL INTERNO                      COMPONENTES DEL MARCO   PUNTAJE    PUNTAJE
antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y                                                                No. INTEGRADO DE CONTROL        ASIGNADO   OBTENIDO
Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y          Rangos de     Puntaje   Nivel del
XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción II incisos a), b) y c), 25, 26, 27, 34, 35, 36,              Calificación  Obtenido   Sistema                           INTERNO      20.0       18.7
37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización Superior                                          de Control                                      20.0        17.1
y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número 1541,                           Desde Hasta Nivel                Interno    1 AMBIENTE DE CONTROL                         20.0
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de                                                                                                      20.0
septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número                                                             2 ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS         20.0       20.0
cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y
2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la Auditoría     0 39 BAJO                                  3 ACTIVIDADES DE CONTROL            20.0       20.0
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año 2023 en el                                                                                                  100.0      95.8
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con                  40 69 MEDIO 95.8               ALTO        4    INFORMACIÓN Y
los siguientes resultados:                                                                                                                                    COMUNICACIÓN

El siguiente Resultado: AD-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se                 70 100 ALTO                                5 SUPERVISIÓN
transcribe a continuación:                                                                                                                                     TOTALES

                                                                                                              AMBIENTE DE CONTROL

                                                                                                              Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la entidad fiscalizable respecto al
                                                                                                              componente Ambiente de Control, se determina un puntaje alcanzado de 18.7 puntos de un total de
                                                                                                              20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el municipio
                                                                                                              no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar con un Manual
                                                                                                              de Procedimientos.

                                                                                                              ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

                                                                                                              Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la entidad fiscalizable, respecto al
                                                                                                              componente Administración de Riesgos, se determina un puntaje alcanzado de 17.1 puntos de un total
                                                                                                              de 20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el
                                                                                                              municipio no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar con
                                                                                                              un Plan Municipal de Desarrollo validado.

                                                                                                              Incumpliendo con lo establecido en los artículos 5 párrafo segundo de la Ley General del Sistema
                                                                                                              Nacional Anticorrupción; 5 párrafo primero de la Ley de Responsabilidades Administrativas del
                                                                                                              Estado y Municipios de Oaxaca; 63, 64 párrafo primero fracciones II, III y IV, 65 y 66 de la Ley Estatal
                                                                                                              de Planeación; 50, 52 y 53 de la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos
                                                                                                              Municipales; y 29 y 43 párrafo primero fracciones XI, LXI y LXXX párrafo segundo de la Ley Orgánica
                                                                                                              Municipal del Estado de Oaxaca.

                                                                                                                                                                                                                        3
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