Page 5 - San Jeronimo Tlacochahuaya
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7. Se verificó la eficiencia y eficacia del cumplimiento de los objetivos y metas de los (…) CON OBSERVACIÓN INFORME FINAL DE AUDITORÍA
indicadores de desempeño establecidos de los programas presupuestarios
ejecutados, verificando su cumplimiento mediante los indicadores reportados en la “RESULTADO: AD-01
cuenta pública, y el cumplimiento de los objetivos de los programas presupuestarios
a través de las obras y acciones ejecutadas. EVALUACIÓN AL CONTROL INTERNO
8. Se verificó que los expedientes de obra se encuentren integrados de conformidad con La Entidad Fiscalizable presentó, a requerimiento, el Cuestionario de Control Interno (CCI), de fecha 19
la normatividad aplicable. de marzo de 2024, requisitado por el C. Severiano Agustín Sánchez, en su carácter de Presidente
Municipal del Municipio de San Jerónimo Tlacochahuaya, Distrito de Tlacolula, Oaxaca; y una vez
9. Se verificó el cumplimiento de la eficiencia y eficacia de los programas realizado el análisis de las respuestas y la evidencia proporcionada, se determinó que el municipio
presupuestarios, a través del cumplimiento de las metas del gasto. obtuvo un puntaje de 95.8 sobre un total de 100 puntos asignados, que conforman los valores de los 5
componentes del control interno, acorde al Marco Integrado de Control Interno establecido por el
INFORME FINAL DE AUDITORÍA Sistema Nacional de Fiscalización; lo que ubica al sistema de control interno del H. Ayuntamiento del
Municipio de San Jerónimo Tlacochahuaya, Distrito de Tlacolula, Oaxaca, en un nivel Alto, el cual
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos requiere realizar mejoras sustanciales para fortalecer el sistema de control interno institucional, como
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo se detalla a continuación:
y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción XXII párrafo
primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II párrafo DIAGNÓSTICO DE CONTROL INTERNO COMPONENTES DEL MARCO PUNTAJE PUNTAJE
antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y No. INTEGRADO DE CONTROL ASIGNADO OBTENIDO
Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y Rangos de Puntaje Nivel del
XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción II incisos a), b) y c), 25, 26, 27, 34, 35, 36, Calificación Obtenido Sistema INTERNO 20.0 18.7
37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización Superior de Control 20.0 17.1
y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número 1541, Desde Hasta Nivel Interno 1 AMBIENTE DE CONTROL 20.0
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de 20.0
septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número 2 ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS 20.0 20.0
cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y
2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la Auditoría 0 39 BAJO 3 ACTIVIDADES DE CONTROL 20.0 20.0
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año 2023 en el 100.0 95.8
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con 40 69 MEDIO 95.8 ALTO 4 INFORMACIÓN Y
los siguientes resultados: COMUNICACIÓN
El siguiente Resultado: AD-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se 70 100 ALTO 5 SUPERVISIÓN
transcribe a continuación: TOTALES
AMBIENTE DE CONTROL
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la entidad fiscalizable respecto al
componente Ambiente de Control, se determina un puntaje alcanzado de 18.7 puntos de un total de
20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el municipio
no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar con un Manual
de Procedimientos.
ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la entidad fiscalizable, respecto al
componente Administración de Riesgos, se determina un puntaje alcanzado de 17.1 puntos de un total
de 20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el
municipio no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar con
un Plan Municipal de Desarrollo validado.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 5 párrafo segundo de la Ley General del Sistema
Nacional Anticorrupción; 5 párrafo primero de la Ley de Responsabilidades Administrativas del
Estado y Municipios de Oaxaca; 63, 64 párrafo primero fracciones II, III y IV, 65 y 66 de la Ley Estatal
de Planeación; 50, 52 y 53 de la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos
Municipales; y 29 y 43 párrafo primero fracciones XI, LXI y LXXX párrafo segundo de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca.
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