Page 20 - Totontepec Villa de Morelos
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Respecto a que no acreditó cumplir con la meta de gasto del Programa Presupuestario            DICTAMEN
                            “Salud”; la Entidad Fiscalizable, presentó oficio en el cual aclara y justifica el importe     Esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que el Municipio de
                            observado, así como la documentación que acredita el ejercicio de la totalidad del recurso     Totontepec Villa de Morelos, Distrito Mixe, Oaxaca, no cumplió con lo establecido en las
                            observado.                                                                                     disposiciones legales y normativas a las que está obligado, por las razones expuestas en los
                                                                                                                           Resultados: AD-04, AD-06, AD-07, contenidos en este Informe Final de Auditoría.
                            Respecto a que no acreditó cumplir con la meta de gasto del Programa Presupuestario            No omito mencionar que la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca ejercerá
                            “Comunicaciones y Transportes”; la Entidad Fiscalizable presentó oficio justificativo para     las acciones que correspondan conforme a la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
                            atender la observación realizada, y documentación comprobatoria; sin embargo, no               Cuentas del Estado de Oaxaca y demás disposiciones aplicables.
                            presenta evidencia que acredite la materialidad del pago realizado.
                                                                                                                                                                                  A T E N TA M E N T E
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43 y 67 párrafo primero de la Ley                                              “EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ”
                            General de Contabilidad Gubernamental; 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las
                            Entidades Federativas y los Municipios; 68 fracción X y 127 párrafo primero de la Ley                                                      L.C.P. SARAHÍ NORIEGA RICÁRDEZ
                            Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; Lineamientos para la Construcción y Diseño de                   TITULAR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
                            Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML).

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                            concluyendo como no solventado el Resultado: AD-07.

                            RESUMEN DE RESULTADOS

                            En este informe final se determinan los siguientes resultados que se detallan a continuación:

                              No. De                 Número de acciones     Acción promovida      Observado  Solventado
                            resultado  2023-OA/CPM/145/2024-SA-01        Solicitud de aclaración         SI         SI
                                                                         Solicitud de aclaración         SI         SI
                               AD-01                                     Solicitud de aclaración         SI         SI
                                                                         Solicitud de aclaración         SI        NO
                                AD-02 2023-OA/CPM/145/2024-SA-02         Solicitud de aclaración         SI         SI
                                                                         Solicitud de aclaración         SI        NO
                                AD-03 2023-OA/CPM/145/2024-SA-03         Solicitud de aclaración         SI        NO

                                AD-04 2023-OA/CPM/145/2024-SA-04

                                AD-05 2023-OA/CPM/145/2024-SA-05

                                AD-06 2023-OA/CPM/145/2024-SA-06

                                AD-07 2023-OA/CPM/145/2024-SA-07

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