Page 3 - San Juan Bautista Valle Nacional
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ENTIDAD FISCALIZABLE: H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Bautista Valle Nacional, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca. INFORME FINAL DE AUDITORÍA
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPM/148/2024
TIPO DE AUDITORÍA: De Cumplimiento.
CUENTA PÚBLICA: Ejercicio Fiscal 2023.
ANTECEDENTES por lo anterior, a través del oficio ASFE/OT/0740/2024, de fecha 21 de marzo de 2024,
signado por la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización
Mediante Acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024, la L.C.P. Sarahí Noriega Ricárdez, Titular del Estado de Oaxaca, se le concedió por única ocasión siete días hábiles más, contados a
de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, aprobó el “Programa Anual partir del día hábil siguiente al vencimiento del plazo originalmente otorgado; por lo que,
de Auditorías 2024 de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, para la mediante oficio de fecha 01 de abril de 2024, signado por el C. Ángel Aristarco Vendrell
Fiscalización de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales del Ejercicio Fiscal 2023”, en el Acevedo, en su carácter de Síndico Procurador Municipal, presentó información y
cual se contempló al municipio de San Juan Bautista Valle Nacional, Distrito de Tuxtepec, documentación misma que se describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada
Oaxaca. levantada el mismo día 01 de abril de 2024.
Como resultado de lo anterior, se ordenó la Auditoría de Cumplimiento número Derivado de la revisión y fiscalización realizada a la documentación presentada por la
OA/CPM/148/2024 de fecha 20 de febrero de 2024, para la fiscalización de la Cuenta Entidad Fiscalizable, con fundamento en los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Fiscalización
Pública del Municipio de San Juan Bautista Valle Nacional, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca, Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, se emitió el Informe Preliminar de
correspondiente al ejercicio fiscal 2023. Auditoría, mismo que fue entregado y notificado legalmente el día 15 de agosto de 2024 a
la Entidad Fiscalizable por conducto del C. Marcelo Santos Meneses, en su carácter de
La referida Orden de Auditoría fue notificada legalmente el día 01 de marzo de 2024, al C. Presidente Municipal, como consta en el acta de notificación correspondiente.
Ángel Aristarco Vendrell Acevedo, en su carácter de Síndico Procurador Municipal, cuyo
original se dejó en su poder, como consta en el acta de notificación que para tal efecto se Mediante el Informe Preliminar de Auditoría, se le concedió a la Entidad Fiscalizable, un plazo
levantó. de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la
notificación del Informe Preliminar, para que presentara ante esta Auditoría Superior de
Mediante requerimiento de información contenido en la Orden de Auditoría, se le solicitó a Fiscalización del Estado de Oaxaca la documentación, justificación e información para
la Entidad Fiscalizable, para que en un plazo de diez días hábiles contados a partir del día atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y recomendaciones
siguiente a que haya surtido efectos la notificación de la Orden de Auditoría, entregara de formuladas a la Entidad Fiscalizable en el Informe mencionado.
manera personal, en las oficinas que ocupa esta Auditoría Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, la documentación e información comprobatoria y justificativa Una vez vencido el plazo otorgado y estando dentro del plazo legalmente concedido,
correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero de 2023 al 31 de diciembre de mediante escrito de fecha 20 de agosto de 2024, recibido en esa misma fecha en la oficialía
2023, como consta y se describe en la Auditoría de Cumplimiento número de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, signado por el
OA/CPM/148/2024. C. Marcelo Santos Meneses, en su carácter de Presidente Municipal, presentó información
y documentación para atender las observaciones detalladas, las acciones emitidas y
Por medio del escrito de fecha 19 de marzo de 2024, recibido en esa misma fecha en la recomendaciones formuladas en el Informe Preliminar de Auditoría, misma que se
oficialía de partes de esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, dentro describió y recepcionó mediante el Acta Circunstanciada levantada el día 20 de agosto de
del plazo legalmente concedido en la Orden de Auditoría, signado por el C. Ángel Aristarco 2024.
Vendrell Acevedo, solicitó prórroga para la presentación de la documentación requerida;
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