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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
en la población objetivo, permitiendo su consecución a través de la adecuada planeación del
Presupuesto de Egresos Aprobado.
c) Matriz de Indicadores para Resultados (MIR): El ente fiscalizado no presentó ante el
extinto Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, ahora Auditoría Superior
de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Matriz de Indicadores para Resultados de
los Programas Presupuestarios “Educación”, “Gobierno Moderno” y “Comunicaciones y
Transportes”, en el Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2022. Derivado
de lo anterior, el ente fiscalizado no acreditó que haya diseñado los Programas Presupuestarios
de conformidad con la Metodología del Marco Lógico (MML). Es decir; con una estructura
adecuada en la determinación del fin, propósito, componentes y actividades de los programas,
así como en la identificación de los indicadores pertinentes para la medición de los objetivos,
las metas de los mismos, y de la población objetivo, además de verificar la congruencia
con los Planes Estatales y Municipales de Desarrollo. Asimismo, el ente fiscalizado no
acreditó que los indicadores cumplieran con los criterios de Claridad; que sean entendible
e inequívocos, Relevante; que provean información esencial sobre el objetivo que se quiere
medir, Económico; debiendo elegir aquellos que estén disponibles a un costo razonable,
Monitoreable, sujetándose a una comprobación independiente y, Adecuado; debiendo
proveer suficientes bases para medir el indicador.
Por lo anterior, el H. Ayuntamiento del Municipio de Asunción Tlacolulita, Distrito de Yautepec,
Oaxaca, no acreditó que el diseño de los Programas Presupuestarios “Educación”, “Gobierno
Moderno” y “Comunicaciones y Transportes”, cumplieran con los elementos cualitativos de la Matriz
de Indicadores para Resultados (MIR).
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 61 párrafo primero fracción II inciso b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal
y presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y
en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u
ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente:” II: “Presupuestos de Egresos:” b) “El listado de programas
así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”.
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Artículo 18 párrafo primero: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los Municipios se
deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del desempeño;
deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e incluirán cuando
menos objetivos anuales, estrategias y metas.”.
Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos
por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), que establecen las disposiciones para la homologación, estandarización y
actualización de los indicadores de desempeño de los programas operados por los entes públicos en cumplimiento a la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores de desempeño contenidos en los
Programas Presupuestarios autorizados, mediante los indicadores reportados en la cuenta
pública Municipal
De la revisión y análisis de los Programas Presupuestarios “Educación”, “Gobierno Moderno” y
“Comunicaciones y Transportes”, se constató lo siguiente:
Con relación a los Programas Presupuestarios “Educación”, “Gobierno Moderno” y “Comunicaciones
y Transportes”, se verificó que, en el Presupuesto de Egresos Aprobado, el ente fiscalizado no
presentó registro de metas anuales al inicio del ejercicio fiscal 2022, debido a que carece de Matriz
de Indicadores para Resultados (MIR). Sin embargo, en el Reporte de Programas Presupuestarios
contenido en la Cuenta Pública Municipal ejercicio fiscal 2022, los mismos Programas
Presupuestarios reportan al 31 de diciembre de 2022, un avance de metas. Por lo anterior, se
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