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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                         INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

De la evaluación realizada a los Programas Presupuestarios “Vivienda y Servicios Básicos”,
“Gobierno Moderno” y “Comunicaciones y Transportes”, en relación al cumplimiento de los objetivos
y al cumplimiento de las metas de los indicadores aprobados en el Presupuesto de Egresos, y su
relación con el Plan Municipal y Plan Estatal de Desarrollo, se concluye que el ente no acreditó que
la planeación de estos Programas cumplieran con los lineamientos para la Construcción y Diseño
de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), debido a que no
presentó las Matrices de Indicadores para resultados (MIR) en el Presupuesto de Egresos Aprobado;
asimismo, no acreditó haber cumplido con las metas de los indicadores de desempeño previstos,
que las obras y acciones realizadas por el municipio fueran debidamente planeadas en el Programa
Anual de Obras y Programa de la Administración Pública Municipal 2022, ni que fueran priorizadas
en su totalidad las obras ejecutadas; asimismo, que las obras fueran acordes con los indicadores
de pobreza o rezago social establecidos en el Informe Anual sobre la situación de Pobreza y
Rezago Social 2022, emitido por la Secretaria de Bienestar (BIENESTAR), ni que los programas
hayan coadyuvado en la ejecución de sus obras y acciones a promover la igualdad entre mujeres y
hombres, ni haber alcanzado las metas del gasto; por lo anterior, el H. Ayuntamiento del Municipio
de San Miguel Peras, Distrito de Zaachila, Oaxaca, no demostró que los Programas “Vivienda y
Servicios Básicos”, “Gobierno Moderno” y “Comunicaciones y Transportes”, en su ejecución se hayan
apegado a los principios de eficiencia, eficacia y economía.

Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al
Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Peras, Distrito de Zaachila, Oaxaca, justificara o
aclarara, conforme a la observación que se detalla en este resultado y presentara dentro del plazo
establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda aquella información y documentación que demostrara cada
una de las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0207/2023, notificado el día 18 de agosto de 2023,
se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Peras, Distrito de Zaachila,
Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un plazo de 10
días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

El Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Peras, Distrito de Zaachila, Oaxaca, en el proceso
de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número OA/SMP-PRE-001/2023, de fecha 13
de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha
13 de septiembre de 2023; de este resultado en particular, presentó copias certificadas, como se
detalla a continuación:

Alineación del programa con los ejes del Plan Municipal de Desarrollo y Plan Estatal de Desarrollo

Respecto a que el Ayuntamiento del Municipio de San Miguel Peras, Distrito de Zaachila,
Oaxaca, registró los Programas Presupuestarios denominados “Vivienda y Servicios
Básicos”, con un importe devengado total de $2,989,599.97 (Dos millones novecientos
ochenta y nueve mil quinientos noventa y nueve pesos 97/100 M.N.); “Gobierno Moderno”,
con un importe devengado total de $7,605,170.98 (Siete millones seiscientos cinco mil
ciento setenta pesos 98/100 M.N.); y “Comunicaciones y Transportes”, con un importe
devengado total de $35,137,563.31 (Treinta y cinco millones ciento treinta y siete mil
quinientos sesenta y tres pesos 31/100 M.N.); de los cuales se identifica, de acuerdo a la
información reportada en la Cuenta Pública 2022, que la actividad del programa “Vivienda y
Servicios Básicos” no es congruente con su objetivo planteado, asimismo, de la visita física
realizada por el personal auditor a las obras públicas ejecutadas por el ente fiscalizado, se
verificó que la obra denominada “Construcción de Centro para la Atención Integral de Adultos
Mayores (Tercera Etapa) (2022)” ejecutada a través del Programa antes mencionado, se
utiliza para un fin distinto para lo que fue planeada y priorizada, por lo que no contribuye con
el objetivo del programa; por lo anterior, el programa presupuestario “Vivienda y Servicios

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