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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
MEDICIÓN DEL AVANCE DE FINANCIERO DE OBJETIVOS, ACCIONES Y METAS (CUENTA PÚBLICA 2022) REPORTE DE PROGRAMA PRESU- PRESUPUESTO DE EGRESOS APRO- INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
PUESTARIOS (CUENTA PÚBLICA) BADO
MATRIZ DE INDICADORES PARA
RESULTADOS (MIR)
PROGRAMA OBJETIVO ACTIVIDAD OBRA/ACCIÓN IMPORTE MODI- IMPORTE UNIDAD METAS ME- METAS ACTIVIDAD UNIDAD METAS
PRESUPUES- DEL PRO- FICADO PAGADO AL DE ME- PRO- TAS AL- DE PRO-
GRAMA 31-DIC-2022 GRA-
TARIO DIDA CAN-ZA- MEDIDA GRAMA-
MADAS DA DAS
III-07-2022 - AM- 1,656,344.06 1,656,344.06
PLIACIÓN DEL
CAMINO TRAMO LA
ARENA-EL ZANATE
(2022)
FIII-007-21 - RE- 1,277,190.52 1,277,190.52
VESTIMIENTO DEL
TRAMO PIE DEL
CERRO-CAÑADA DE
GUADALUPE SANTA
MARÍA TEMAXCAL-
TEPEC (2022)
BAJO POR- FISMDF-2021 -
CONSTRUCCIÓN DE
CENTAJE DE PAVIMENTO CON 1,707,215.93 1,707,215.93
CONCRETO HIDRÁU-
LA POBLA- LICO EN LA CALLE
BAJO LA CLÍNICA
COMUNICACIO- CIÓN EN EL DE SALUD EN LA LO-
NES Y TRANS- CALIDAD DE SANTA
PORTES MUNICIPIO URBANIZACIÓN MARÍA TEMAXCAL- OBRAS 3 2 66.67% SIN MIR SIN MIR SIN MIR
TEPEC (2022)
QUE NO
FISMDF-022CONS-
CUENTA CON TRUCCIÓN DE
PAVIMENTACIÓN A
PAV I M E N TA - BASE DE CONCRETO
HIDRÁULICO EN LA
CIÓN Y CAMI- CALLE PRINCIPAL
(2022)
NO RURAL
1,980,471.31 1,980,471.31
III/014/22 - CONS- 641,804.27 641,804.27
TRUCCIÓN DE
PAVIMENTACIÓN
CON CONCRETO
HIDRÁULICO EN LA
CALLE PRINCIPAL
(2022)
OBRA/SUB-01 - 14,210,000 14,210,000
PAVIMENTACIÓN A
CABECERA MUNICI-
PAL (2022)
TOTAL DEL PROGRAMA: COMUNICACIONES Y TRANSPORTES 21,473,026.09 21,473,026.09
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 61 fracción II, inciso c): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal y presupuestaria
y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y en su caso, las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u ordenamientos
equivalentes, apartados específicos con la información siguiente: II. Presupuestos de Egresos: c) La aplicación de los recursos conforme a
las clasificaciones administrativa, funcional, programática, económica y, en su caso, geográfica y sus interrelaciones que faciliten el análisis
para valorar la eficiencia y eficacia en el uso y destino de los recursos y sus resultados.”; y
Ley Orgánica Municipal del estado de Oaxaca.
Artículo 68 fracción X: “El Presidente Municipal, es el representante político y responsable directo de la administración pública municipal,
encargado de velar por la correcta ejecución de las disposiciones del Ayuntamiento, con las siguientes facultades y obligaciones: X.- Vigilar
la recaudación de ingresos en todos los ramos de la administración pública municipal, con apego a lo dispuesto en la Ley de Ingresos
Municipales, inspeccionar los fondos de la hacienda pública municipal, supervisar que la inversión de los recursos municipales se hagan
con estricto apego al presupuesto de egresos y a las leyes correspondientes y a los principios constitucionales de austeridad, planeación,
eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y en su caso, autorizar los estados financieros del Municipio.”; y
Artículo 127 párrafo primero: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los principios
constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez así como los programas de actividades
del Ayuntamiento, detallando las asignaciones presupuestarias a nivel de partidas y calendarización del gasto a más tardar el quince de
diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal.”.
Satisfacción de beneficiarios e igualdad entre mujeres y hombres
Derivado de la revisión a los Programas Presupuestarios “Vivienda y Servicios Básicos”, “Gobierno
moderno” y “Comunicaciones y transportes”, del análisis realizado a la información reflejada en el
Reporte de Indicadores de los Programas Presupuestarios contenido en la Cuenta Pública 2022, del
H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Temaxcaltepec, Distrito de Juquila, Oaxaca, se
constató que el ente auditado no reportó la información relativa a los beneficiarios de las acciones
ejecutadas del Programa “Gobierno moderno”, por lo que no acredita que el programa beneficiara a
la población del municipio y promovieron la igualdad entre mujeres y hombres.
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