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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                         Contable y la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; sin
                                                         embargo, no cumplió respecto a su presentación al realizarla de manera extemporánea.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                          Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca

                                                          Artículo 113 fracción II inciso c) penúltimo párrafo: “Los ayuntamientos por conducto del Presidente Municipal, presentarán al Órgano
                                                          Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la Cuenta Pública del año anterior a más tardar el último día hábil del mes de febrero,
                                                          asimismo, entregarán los informes y demás datos que le sean solicitados de acuerdo a lo establecido en las leyes.”.

                                                          Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

                                                          Artículo 43 fracción XXII párrafo primero: “Presentar por conducto del Presidente Municipal al Órgano Superior de Fiscalización del Estado
                                                          de Oaxaca, la Cuenta Pública del año anterior, a más tardar el último día hábil del mes de febrero, y en el año que concluya su mandato,
                                                          conforme a los plazos y procedimientos establecidos legalmente. Asimismo, entregar los informes y demás datos que les sean solicitados, de
                                                          conformidad con lo establecido en las leyes aplicables.”.

                                                          Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca

                                                          Artículo 13 fracción IV párrafo tercero: “En el caso de las Cuentas Públicas de los Municipios se observará el párrafo anterior, con la
                                                          salvedad de que se presentarán la correspondiente al año anterior el último día hábil del mes de febrero, el informe de resultados del Órgano
                                                          Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, se presentará el último día hábil del mes de noviembre, su dictaminación y votación se
                                                          realizará a más tardar al término del segundo periodo ordinario de sesiones.”.

                                                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de Mariscala de Juárez, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, justificar
                                                  o aclarar, conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara dentro del
                                                  plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
                                                  de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestren las
                                                  acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

                                                  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/396/2023, se notificó el día 27 de septiembre de
                                                  2023, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable
                                                  en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                  El H. Municipio de Mariscala de Juárez, Distrito de Huajuapan, Oaxaca, en el proceso de
                                                  aclaraciones y justificaciones, presentó oficio sin número de fecha 17 de octubre del 2023, suscrito
                                                  por el C. Hugo Jairo Hernández Sánchez, Presidente Municipal, dirigido a la Titular de la Auditoría
                                                  Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta circunstanciada de fecha 17
                                                  de octubre de 2023, con una prórroga de por medio, con oficio número MMJ/OAC/56/2023, de
                                                  fecha 10 de octubre de 2023. En el oficio sin número de fecha 17 de octubre del 2023, presentó la
                                                  siguiente información:

                                                  Respecto a que no acreditó el cumplimiento, respecto al tiempo de presentación de los cuatro
                                                  trimestres de los Informes Trimestrales de Estados Financieros y de Avance de Gestión
                                                  Financiera del ejercicio fiscal 2022, presentó: Carpeta color paja que contiene carta compromiso
                                                  de fecha 16 de octubre de 2023, suscrito por el C. Hugo Jairo Hernández Sánchez, Presidente
                                                  Municipal, dirigido a la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, en el
                                                  que expuso y dio aclaración respecto de la presentación de los informes Trimestrales de Estados
                                                  Financieros y de Avance de Gestión Financiera en tiempo y forma.
                                                  Una vez analizada la documentación y argumentación, la Auditoría Superior de Fiscalización del
                                                  Estado de Oaxaca, determina que atendió la observación.

                                                  Respecto a que no cumplió respecto a la presentación de la Cuenta Pública Municipal al
                                                  realizarla de manera extemporánea, presentó: Carpeta color paja que contiene carta compromiso
                                                  de fecha 16 de octubre de 2023, suscrito por el C. Hugo Jairo Hernández Sánchez, Presidente
                                                  Municipal, dirigido a la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, en el
                                                  que expuso y dio aclaración respecto de la presentación de la Cuenta Pública en tiempo y forma.

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