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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

Cabe mencionar que no hubo proceso de entrega recepción por parte de la ex autoridad y no se             INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
contaba con el presupuesto de egresos anterior sin embargo revisando la documentación en el
archivo municipal se encontraron estados financieros del ejercicio fiscal 2019 y analizando el ESTADO
ANALÍTICO DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL
GASTO (CAPÍTULO Y CONCEPTO) DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2019) en el apartado
de presupuesto pagado tiene un total de 11,796,477.95 (Once millones setecientos noventa y seis mil
cuatrocientos setenta y siete pesos 95/100 M.N.) por tanto se acordó tomar como base esas cifras
reales presupuestando a los que se estimada ejecutar en nuestra administración que represento, aun
así la cantidad presupuestada en este capítulo sería de $7,032,000.00 (Siete millones treinta y dos mil
pesos) existiendo un decremento en las cifras.”, con lo que el incremento en el capítulo 1000, del
presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2022.

Una vez analizada la documentación presentada, se determina que el Ayuntamiento del Municipio
de Villa Sola de Vega, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, presentó oficio justificativo relativo al
incremento de la asignación de recursos para servicios personales en el presupuesto de egresos

para el ejercicio fiscal 2022; por lo cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
Oaxaca, determina atendida la observación.

RESULTADO: AC-08  SIN OBSERVACIÓN:

CONTRATACIÓN DE DEUDA PÚBLICA Y OBLIGACIONES DE PAGO A CORTO PLAZO

Con la finalidad de constatar que los recursos provenientes de financiamientos y otras obligaciones
y empréstitos se contrataron, recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado, en términos de
los artículos 22, 23, 24, 25 y 26 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y
los Municipios, se requirió información y documentación al H. Ayuntamiento del Municipio de Villa
Sola de Vega, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, referente al expediente único de deuda pública
municipal y al expediente único de obligaciones de pago a corto plazo; al respecto, el ente auditado,
en la entrega de documentación en atención al requerimiento de información que le fue formulado,
presentó información de la cual se desprende que no contrajo deuda pública ni obligaciones de
pago.

A efectos de corroborar si el Municipio de Villa Sola de Vega, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca,
contrató deuda pública u obligaciones de pago, mediante oficio número OSFE/SFCPM/0109/2023,
de fecha 30 de enero de 2023, el extinto Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
ahora Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, solicitó a la Secretaría de Finanzas
del Poder Ejecutivo del Estado, proporcionara información relativa a la Deuda Pública contratada
por el municipio de referencia durante el ejercicio fiscal 2022, solicitando se incluyeran en forma
detallada los siguientes datos: 1) fecha de suscripción; 2) monto original contratado; 3) fecha de
vencimiento, 4) saldo al 31 de diciembre 2021 y 5) fondos federales afectados como garantía de
pago. Dependencia que mediante oficio número SF/SECyT/TES/0292/2023 de fecha 17 de febrero
de 2023, informó que en el año 2022 no se tiene registrada la contratación de financiamiento por
parte del ente municipal auditado.

Como complemento de información, se consultó el Registro Público Único de Financiamientos y
Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios vigente de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público y el Registro Estatal de Financiamiento y Obligaciones de Oaxaca de la Secretaría de
Finanzas del Poder Ejecutivo de Oaxaca, en las direcciones electrónicas oficiales siguientes: https://
www.oaxaca.gob.mx/transparencia/datos-abiertos/ y https://www.disciplinafinanciera.hacienda.
gob.mx/es/DISCIPLINA_FINANCIERA/Registro_Publico_Unico y en cuyos registros se confirma
que el ente auditado no contrató Deuda Pública durante el ejercicio 2022. En virtud de no haber
contratado deuda pública y no haber contraído obligaciones de pago durante el ejercicio 2021, el
ente auditado no refleja información financiera de los indicadores en el Sistema de Alertas reportada
a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

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