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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                        INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

importe aprobado para el mismo capítulo del gasto en el ejercicio 2021 que fue por un importe
de $5,819,874.00 (Cinco millones ochocientos diecinueve mil ochocientos setenta y
cuatro pesos 00/100 M.N.), representó un aumento en cantidad de $1,212,126.00 (Un millón
doscientos doce mil ciento veintiséis pesos 00/100 M.N.), importe que representa un
incremento del 20.83 por ciento, excediendo el límite máximo de asignación global de recursos para
servicios personales del ejercicio 2022 del 3 por ciento.

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

        Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
        Artículo 10 fracción I incisos a) y b): “En materia de servicios personales, las entidades federativas observarán lo siguiente: I. La asignación
        global de recursos para servicios personales que se apruebe en el Presupuesto de Egresos, tendrá como límite, el producto que resulte
        de aplicar al monto aprobado en el Presupuesto de Egresos del ejercicio inmediato anterior, una tasa de crecimiento equivalente al valor
        que resulte menor entre: a) El 3 por ciento de crecimiento real, y b) El crecimiento real del Producto Interno Bruto señalado en los Criterios
        Generales de Política Económica para el ejercicio que se está presupuestando. En caso de que el Producto Interno Bruto presente una
        variación real negativa para el ejercicio que se está presupuestando, se deberá considerar un crecimiento real igual a cero.”; y
        Artículo 21 párrafo primero: “Los Municipios y sus Entes Públicos deberán observar las disposiciones establecidas en los artículos 8, 10, 11,
        14, 15 y 17 de esta Ley.”.

  7.	 Con la finalidad de comprobar que el H. Ayuntamiento del Municipio de Villa Sola de Vega,
      Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, observó las disposiciones de responsabilidad hacendaria
      relativas a los ingresos excedentes obtenidos, de acuerdo al artículo 14 en relación con el
      21 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, se
      realizó el análisis a los datos e información vertida en el Formato 5) Estado Analítico de
      Ingresos Detallado–LDF del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022, el cual refleja que el
      ente municipal auditado, estimó recaudar ingresos de libre disposición por $16,073,745.00
      (Dieciséis millones setenta y tres mil setecientos cuarenta y cinco pesos 50/100 M.N.),
      en tanto que al cierre del ejercicio y bajo el momento contable del ingreso recaudado, el monto
      de ingresos ascendió a $18,994,996.13 (Dieciocho millones novecientos noventa y cuatro
      mil novecientos noventa y seis pesos 13/100 M.N.), obteniendo ingresos excedentes
      derivados de ingresos de libre disposición por un importe de $2,921,251.13 (Dos millones
      novecientos veintiún mil doscientos cincuenta y un pesos 13/100 M.N.), ya que el ingreso
      recaudado fue mayor al ingreso estimado.

A efecto de corroborar que el importe de $2,921,251.13 (Dos millones novecientos veintiún
mil doscientos cincuenta y un pesos 13/100 M.N.), registrado en la información contable y
presupuestal como ingresos excedentes de libre disposición, fue aplicado conforme a los conceptos
establecidos en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, se
llevó a cabo el análisis a los siguientes documentos:

  a)	 Del análisis al Estado Analítico de Ingresos Detallado-LDF del 1 de enero al 31 de diciembre
      de 2022, integrado en la Cuenta Pública, se identifica que el municipio fiscalizado reportó
      Ampliaciones/Reducciones en los conceptos de Participaciones e Incentivos derivados de la
      Colaboración Fiscal por un Importe de $2,821,767.62 (Dos millones ochocientos veintiún
      mil setecientos sesenta y siete pesos 62/100 M.N.), y de la revisión a los registros
      contables del respaldo del sistema de contabilidad utilizado por el municipio en el ejercicio
      fiscal 2022, se identificó que contabilizó modificaciones a la ley de ingresos estimada en la
      sub cuenta 81311 Modificaciones a la Ley de Ingresos Estimada, con el concepto de póliza
      relativo al registro del excedente a la Ley de ingresos autorizada en diversos conceptos de
      ingreso del Ramo 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, por un importe
      de $2,821,767.62 (Dos millones ochocientos veintiún mil setecientos sesenta y siete
      pesos 62/100 M.N.), como consta en las pólizas de Diario número: 004968, 005120,
      006201, 006203, 006205, 006207 y 006209, fechadas el 30 de noviembre de 2022, 30 de
      noviembre de 2022, 31 de diciembre de 2022, 31 de diciembre de 2022, 31 de diciembre de
      2022, 31 de diciembre de 2022 y 31 de diciembre de 2022, respectivamente. De la revisión
      y análisis a los registros contables y presupuestales del gasto, se constató que el municipio
      contabilizó el devengo del gasto, con sub subfuente de financiamiento identificada con la
      clave 03 EXCEDENTES DEL EJERCICIO, por un importe de $3,999,569.15 (Tres millones
      novecientos noventa y nueve mil quinientos sesenta y nueve pesos 15/100 M.N.).

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