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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 RESUMEN DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES
Se determinaron 8 resultados, de los cuales se formularon 7 observaciones, de los cuales
2 fueron atendidas por el Ayuntamiento del Municipio de Villa Sola de Vega, Distrito de Sola
de Vega, Oaxaca, antes de la integración del presente informe, los 5 restantes generaron 5
solicitudes de aclaración.
Núm. Núm. De resultado Número de acción Acción emitida
1 AC-01 2022-OA/CPM/076/2023-SA-01 Solicitud de aclaración
2 AC-02 2022-OA/CPM/076/2023-SA-02 Solicitud de aclaración
3 AC-03 2022-OA/CPM/076/2023-SA-03 Solicitud de aclaración
4 AC-04 2022-OA/CPM/076/2023-SA-04 Solicitud de aclaración
5 AC-06 2022-OA/CPM/076/2023-SA-05 Solicitud de aclaración
DICTAMEN
Concluidos los trabajos de Auditoría de Cumplimiento, mismos que fueron desarrollados con base
a la información presentada por el Ayuntamiento del Municipio de Villa Sola de Vega, Distrito de
Sola de Vega, Oaxaca, de cuya veracidad es responsable, a fin de comprobar la observancia de las
reglas de disciplina financiera, la contratación de los financiamientos y otras obligaciones dentro de
los límites establecidos por el sistema de alertas, el cumplimiento de inscribir y publicar la totalidad
de sus financiamientos y otras obligaciones en el registro público único, así como el cumplimiento
de las disposiciones legales en los registros contables y presupuestales y, en la emisión de la
información financiera; en consecuencia, la opinión se refiere solo a la muestra de las operaciones
examinadas y procedimientos de auditorías aplicadas, por lo que se considera que la auditoría
efectuada proporciona una base razonable para sustentar la siguiente opinión:
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que el Municipio
de Villa Sola de Vega, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, no cumplió con las disposiciones
normativas aplicables; como se precisa en los resultados AC-01, AC-02, AC-03, AC-04 y AC-
06, en los que se constató que no cumplió lo relativo a que no registro los momentos contable
conforme a los montos aprobados en la Ley de Ingresos ni a los importes establecidos en el
presupuesto de egresos; no presentó las contratos de apertura de cuentas; efectuó traspasos entre
cuentas bancarias; no registró en su cuenta pública 2022 los ingresos por convenios federales;
la información del inventario de bienes es insuficiente para su plena identificación y control
administrativo ni presentó el programa anual para la disposición final de bienes previo dictamen de
no utilidad; no presentó evidencia de haber elaborado el Proyecto de Presupuesto de Egresos para
el ejercicio fiscal 2022, que haya sido propuesto por el tesorero municipal, debidamente publicado
en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca o en la Gaceta Municipal y presenta
incongruencias en el contenido del Presupuesto de Egresos.
CONSIDERACIONES FINALES
Los resultados contenidos en el presente Informe Individual, en términos de los artículos 65 Bis
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 42 de la Ley de Fiscalización
Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, se notificarán al Ayuntamiento del
Municipio de Villa Sola de Vega, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, para que en un plazo de 30
días hábiles, a partir de que surta efecto su notificación, presente la documentación e información, y
realice las consideraciones que estime pertinentes.
Por lo anterior, las recomendaciones y acciones que se presentan en este Informe Individual de
auditoría se encuentran sujetas al proceso de seguimiento, por lo que en razón de la información
y consideraciones que en su caso proporcione el Ayuntamiento del Municipio Villa Sola de Vega,
Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, se podrán ratificar, rectificar o solventar.
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