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ENTIDAD FISCALIZABLE: Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones antes Secretaría de las
Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable.
ORDEN DE AUDITORÍA: OA/CPE/04/2023
TIPO DE AUDITORÍA: Financiera, de Cumplimiento y Sobre el Desempeño.
RECURSOS FISCALIZADOS: Cuenta Pública Estatal 2022
ANTECEDENTES
Mediante el Decreto 746, aprobado por la Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Oaxaca, publicado en el Extra del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, el día quince
de diciembre de dos mil veintidós, que reformó y adicionó diversas disposiciones de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Oaxaca, se creó la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca;
asimismo, mediante Decreto 771 publicado en el Extra del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca,
el día siete de febrero de 2023, se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, para armonizarse y adecuarse a la
reforma Constitucional; posteriormente, el veintidós de marzo del presente año la Sexagésima Quinta Legislatura
del Congreso del Estado de Oaxaca, designó y tomó protesta de Ley a la Titular de la Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, entrando en funciones en términos del Decreto 1081 publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, el uno de abril de dos mil veintitrés; en ese contexto, esta
autoridad recibió del extinto Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la presente auditoría número
OA/CPE/04/2023 como asunto en trámite, de conformidad con el Transitorio Tercero del Decreto 771 antes
citado, que a la letra dice: “Los procedimientos administrativos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor
del presente Decreto, que se encuentren en trámite o pendientes de resolución, se resolverán hasta su conclusión
definitiva, en los términos establecidos previamente en las disposiciones que se reforman”.
El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 116
fracción II párrafo sexto, 134 párrafos primero, segundo y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 59 fracción XXII, 65 BIS y 137 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 23
B fracción IV de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca, 1, 3, 4, 14, 15, 16, 17, 19 fracciones I, IV,
V, VI, VII, X inciso a), XI, XIII, XIV, XXI, XXIV, XXV, XXVI, XXVII y XXVIII, 25, 27, 28, 29, 30, 82 fracciones I, IV, X,
XI, XII, XXXII y 83 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca; 1, 7
fracciones I, IV, V, XII y XVII del Reglamento Interior del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
publicado el 16 de noviembre del año 2019 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca número
46; Acuerdo por el que se expiden los criterios relativos a la ejecución de auditorías publicado el 3 de marzo del
año 2018 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca y quinto transitorio del Decreto número 746
expedido el 7 diciembre del año 2022 por la LXV Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Oaxaca y
publicado el 15 de diciembre del año 2022 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, se ordenó
la práctica de auditoría financiera, de cumplimiento y sobre el desempeño número OA/CPE/04/2023, de la
Cuenta Pública Estatal correspondiente al ejercicio fiscal 2022, a la Secretaría de Infraestructuras y
Comunicaciones antes Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable, reformada
mediante Decreto número 731 expedido el 23 de noviembre del año 2022 por la LXV Legislatura del Honorable
Congreso del Estado de Oaxaca y publicado el 30 de noviembre del año 2022 en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Oaxaca.
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