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Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, artículo 118 segundo párrafo, que a la letra
dicen:

      Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

      Artículo 66.- “Concluidos los trabajos, el contratista quedará obligado a responder de los defectos que resultaren en los
      mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el
      contrato respectivo y en la legislación aplicable.
      Los trabajos se garantizarán durante un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el
      párrafo anterior, por lo que previamente a la recepción de los trabajos, los contratistas, a su elección, deberán constituir
      fianza por el equivalente al diez por ciento del monto total ejercido de los trabajos; presentar una carta de crédito
      irrevocable por el equivalente al cinco por ciento del monto total ejercido de los trabajos, o bien, aportar recursos líquidos
      por una cantidad equivalente al cinco por ciento del mismo monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello.”

      Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca

      Artículo 64.- “El contratista comunicará a la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento, la terminación de los trabajos que
      fueron materia del contrato y que tenía encomendados, estas verificarán que los mismos estén debidamente concluidos
      dentro de los veinte días siguientes al de la comunicación, salvo que al efecto fuese señalado un plazo diferente; dichos
      trabajos deberán ser recibidos por los contratantes y al efecto se deberá informar a la Contraloría o al Órgano Interno de
      Control con diez días de anticipación el lugar, la fecha y hora, en que se efectuará la recepción de los trabajos.
      La entrega y recepción de la obra no exime al contratista de la responsabilidad por defectos o vicios ocultos que tenga la
      misma, en los términos de las leyes respectivas, por lo que en el momento de celebrarse la entrega se deberá exhibir fianza
      que garantice los vicios ocultos de la obra, la cual tendrá una vigencia de doce meses.”
      Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

      Artículo 118, Segundo Párrafo. – “Cuando los trabajos no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el contrato
      o conforme a las órdenes escritas de la dependencia o entidad, ésta podrá ordenar su demolición, reparación o reposición
      inmediata con los trabajos adicionales que resulten necesarios, los cuales se harán por cuenta del contratista sin que tenga
      derecho a retribución adicional alguna por ello. En este caso, la dependencia o entidad, si lo estima necesario, podrá
      ordenar la suspensión total o parcial de los trabajos contratados en tanto no se lleve a cabo la demolición, reposición o
      reparación indicadas, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su terminación.”

RESULTADO: AF-22 CON OBSERVACIÓN

De la revisión y análisis a la documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable e inspección física realizada
a 04 (cuatro) obras públicas que formaron parte de la muestra de auditoría, se observaron PAGOS INDEBIDOS,
por un importe de $764,630.89 (Setecientos sesenta y cuatro mil seiscientos treinta pesos 89/100 M.N.),
como se detalla a continuación:

NÚM.       FUENTE DE            NOMBRE DE LA OBRA              OFICIO DE    NÚMERO DE      IMPORTE                                    ANEXO
   1  FINANCIAMIENTO                                       AUTORIZACIÓN      CONTRATO    OBSERVADO
   2                    CONSTRUCCIÓN DE CENTRO
           ABBAA0920    CULTURAL OAXACA. 4ª ETAPA, EN  SF/SPIP/DPIP/CBNB-   J03-147-04-  $338,342.78                                  DAE-VIF-16
   3         CRÉDITO    EL MUNICIPIO SANTA LUCÍA DEL   2000MDP/1754/2020    08-007-00-
                        CAMINO.                                                          $818.30                                      DAE-VIF-17
       BANOBRAS 2000                                   SF/SPIP/DPIP/CBNB-        2021
             MDP (IPP)  CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN      365MDP/1636/2020                 $21,974.54                                   DAE-VIF-18
                        LA DELEGACIÓN DE LA COLONIA                         J03-174-03-
           ABBAA1020    EL PORVENIR.                   SF/SPIP/DPIP/RAX8/0   02-319-00-
             CRÉDITO                                            406/2022
                        CONSTRUCCIÓN DE CANCHA Y                                 2020
        BANOBRAS 363    TECHADO DE USOS MÚLTIPLES
             MDP (IPP)  EN LA LOCALIDAD DE SAN JOSÉ                         JO3-174-03-
                        RÍO MINAS, MUNICIPIO DE SAN                         04-069-00-
           AEAAA1022    PEDRO TEOZACOALCO.
             ANEXO 8                                                             2022

         ASIGNACIONES
      PRESUPUESTARIAS

68
   65   66   67   68   69   70   71   72   73   74   75