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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  y aclaraciones correspondientes, cita a la cual no se presentó; por lo cual, esta Auditoría Superior de
                                                  Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:

                                                  Solicitud de Aclaración

                                                  2022-OA/CPM/010/2023-SA-02

                                                  Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Jocotipac, Distrito de Cuicatlán,
                                                  Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                  documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a el Programa Anual de Obras
                                                  Publicas 2022, con fecha, y que de la revisión efectuada a este documento muestre el responsable
                                                  de las obras, su periodo de la ejecución, la modalidad de ejecución por obra, y el número de las
                                                  mujeres y los hombres, los grupos de edad y los tipos de localidad beneficiados por cada una de
                                                  ellas; asimismo, como resultado de la consulta realizada al sitio web oficial del Periódico Oficial del
                                                  Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica http://www.periodicooficial.oaxaca.
                                                  gob.mx/, se constate que este documento, se encuentra publicado, igualmente presente evidencia
                                                  de su publicación en otros medios, como la Gaceta Municipal o revistas especializadas en temas
                                                  municipales; lo cual denota una planeación de las obras previo a su ejecución.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios
                                                  Públicos Municipales, artículos 48 fracción I incisos b), e), f) y g) y 49 que a la letra dice:

                                                           Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales.

                                                           Artículo 48 fracción I incisos b), e), f) y g). - “Los programas anuales de la administración pública municipal y los programas especiales
                                                           de los organismos descentralizados de carácter municipal, serán los documentos básicos para la ejecución de obras, la prestación de los
                                                           servicios públicos a cargo del Ayuntamiento y deberán contener como mínimo los siguientes requisitos:
                                                           I.- De la obra pública:
                                                           b).- El responsable de las obras;
                                                           e).- Su período de ejecución;
                                                           f).- La modalidad de ejecución por obra; y
                                                           g).- El número de las mujeres y los hombres, los grupos de edad y los tipos de localidad beneficiados por cada una de ellas.”
                                                           Artículo 49. - “El Ayuntamiento, dentro de los primeros noventa días de su ejercicio anual, deberá elaborar sus programas de obras y
                                                           servicios, tomando en consideración la participación y consulta popular que se hubieran hecho al Consejo de Desarrollo Social Municipal.
                                                           Estos programas deberán ser aprobados por mayoría calificada, y publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en la Gaceta
                                                           Municipal o revistas especializadas en temas municipales, y serán enviados al Congreso del Estado para su conocimiento.”

                                                  RESULTADO: AF-20  SIN OBSERVACIÓN

                                                  De la revisión efectuada a la documentación proporcionada, el ente auditado presentó la publicación
                                                  en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de la “Actualización del Listado del Padrón
                                                  de contratistas del Municipio de San Pedro Jocotipac, Cuicatlán, Oaxaca”, y como resultado de la
                                                  consulta realizada al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en
                                                  la dirección electrónica http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que el Padrón
                                                  de contratistas del Municipio de San Pedro Jocotipac, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca, del Ejercicio
                                                  Fiscal 2022 fue publicado el día treinta y uno de diciembre del dos mil veintidós, así mismo de la
                                                  revisión de este documento se constató que el Municipio celebró todos los contratos de obra con
                                                  contratistas inscritos en el Padrón publicado.

                                                  RESULTADO: AF-21  CON OBSERVACIÓN

                                                  De la revisión efectuada a la Relación de obras en proceso y terminadas del 01/enero al 31/
                                                  diciembre del 2022, integrada en la cuenta pública y de los expedientes técnicos unitarios
                                                  presentados por el Ayuntamiento del Municipio, se constató que la suma de los montos contratados
                                                  por excepción a la licitación pública de los distintos programas que ejecutó, excedió del 30% del
                                                  presupuesto autorizado en materia de obra pública, como se describe a continuación:

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