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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022               MODALIDAD                        NÚMERO DE OBRAS             IMPORTE                    PORCENTAJE
                                                                                                   CONTRATADAS           CONTRATADO

                                                                    TOTAL                            02             $3,474,985.23                      100.00%

                                                  Fuente: Relación de Obras en Proceso y Terminadas del 01/enero al 31/diciembre del 2022 del Municipio de San Pedro Jocotipac, Distrito de Cuicatlán, Oaxaca.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
                                                  Estado de Oaxaca, artículo 46 tercer párrafo, que a la letra dice:

                                                           Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

                                                           Artículo 46 tercer párrafo. - “La suma de los montos de la obra pública contratada mediante el procedimiento de adjudicación directa y de
                                                           invitación restringida a cuando menos tres contratistas, no deberá exceder del treinta por ciento de los recursos asignados para el ejercicio
                                                           de la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento de que se trate; adicionalmente se preferirá la modalidad de licitación pública sobre cualquier
                                                           techo financiero, aun cuando el monto de la obra pública no exceda del consignado como máximo en el Presupuesto de Egresos del Estado.”

                                                  RESULTADO: AF-22               CON OBSERVACIÓN

                                                  Para determinar que los contratos de obra pública celebrados durante el ejercicio 2022 estuvieron
                                                  dentro del rango de aplicación establecido en el artículo  73 fracción  VII del Presupuesto de
                                                  Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022 aplicado conforme a lo dispuesto
                                                  en el artículo  46 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca, se
                                                  analizó el Presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2022 del municipio, integrado en la
                                                  cuenta pública del municipio fiscalizado del año 2022, constatando que el Presupuesto Anual
                                                  Modificado del ejercicio inmediato anterior para Inversión Pública del Municipio, ejercicio 2021, fue
                                                  de $7,376,134.40 (Siete millones trecientos setenta y seis mil ciento treinta y cuatro pesos 40/100
                                                  M.N.), trasladando este monto a la tabla del artículo 73 fracción VII del Presupuesto de Egresos del
                                                  Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022 se verificó que se ubica dentro del rango “Mayor de
                                                  5’000,000.01 hasta 10’000,000.00”, quedando los montos máximos de la siguiente manera:

                                                               Presupuesto anual para realizar  Monto máximo total  Monto máximo total de
                                                                   obras públicas y servicios     de cada obra que   cada obra que podrá
                                                                                                 podrá adjudicarse  adjudicarse mediante
                                                                 relacionados con las mismas        directamente             invitación

                                                               Mayor de          Hasta

                                                               5’000,000.01      10’000,000.00  297,000.00          1,485,000.00

                                                                    Fuente: Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022

                                                  Con base en lo anterior se determinó que el ente auditado no cumplió lo establecido en el artículo
                                                  73 fracción VII del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022
                                                  al celebrar un contrato de obra pública que se encuentran por encima del monto máximo para
                                                  adjudicar la obra por excepción a la licitación pública, como se muestra a continuación:

                                                  NO. NOMBRE DE LA OBRA          CONTRATO            MODALIDAD DE        MONTO                         MONTO MÁXIMO DEL
                                                                                                     CONTRATACIÓN   CONTRATADO                         ART. 73 FRACCIÓN VII

                                                      CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO                                          SIN IVA                               PEEO 2022

                                                  1   A BASE DE CONCRETO MSPJ/313/FISM-DF/F-III/O.-   INVITACIÓN    $1,760,217.29                             1’485,000.00
                                                                                                     RESTRINGIDA
                                                      HIDRÁULICO EN LA CALLE     13/C-02/2022

                                                      ALDAMA.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                           Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

                                                           Artículo  46 segundo párrafo. - “Para los efectos de la aplicación de los artículos 43 y 45 de esta Ley, la Dependencia, Entidad o
                                                           Ayuntamiento de que se trate, podrá contratar a través del procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres contratistas o del de
                                                           adjudicación directa, cuando el monto total de la obra pública no exceda del rango de aplicación máximo que al efecto se le establezca en el
                                                           Presupuesto de Egresos del Estado y siempre que los trabajos de obra pública no se fraccionen para quedar comprendidos en los supuestos
                                                           de excepción a la licitación pública.”

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