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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                                                                                                                  Total $10,518,161.91

                                                  DICTAMEN
                                                  La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que el Municipio de
                                                  San Pedro Mártir Yucuxaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, no cumplió con las disposiciones
                                                  normativas aplicables en el ejercicio del gasto público, como se precisa en los resultados con
                                                  observación AF-01, AF-02, AF-03, AF-04, AF-06, AF-07, AF-08, AF-09, AF-10, AF-11, AF-12,
                                                  AF-13, AF-14, AF-15, AF-16, AF-18, AF-19, AF-20, AF-21, AF-22, AF-23, AF-24, AF-25, AF-
                                                  26, AF-28, AF-29, AF-31, AF-32, AF-33, AF-35, AF-36, AF-37, AF-38, y AF-39, en los que
                                                  se constató que cuenta con deficiencias en la implementación del Control Interno, no comprobó
                                                  el destino de los recursos respecto a las cuentas de bancos y retenciones y contribuciones por
                                                  pagar a corto plazo; los registros respecto a los bienes muebles no presentan documentación
                                                  comprobatoria, justificativa y los resguardos; se detectaron las siguientes inconsistencias entre
                                                  los registros contables y los recursos ministrados por la Secretaría de Finanzas del Poder
                                                  Ejecutivo del Estado de Oaxaca; no presentó los Comprobantes Fiscales Digitales por internet y
                                                  los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) presentados fueron expedidos a favor del
                                                  Gobierno del Estado de Oaxaca fuera del plazo máximo; no presentó estados de cuenta bancarios
                                                  y conciliaciones bancarias; respecto a las modificaciones del Presupuesto de Egresos, así como
                                                  tampoco presentó evidencia de que efectuó el procedimiento previsto para las modificaciones al
                                                  presupuesto; así mismo no fueron publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en
                                                  la Gaceta Municipal; en los registros contables de las operaciones del ejercicio del gasto por los
                                                  conceptos de: Servicios personales, materiales y suministros, servicios generales e inversión física,
                                                  falta documentación comprobatoria y justificativa del gasto, incumpliendo con lo señalado por la
                                                  Ley General de Contabilidad Gubernamental; no presentó el Programa Anual de Obra Pública,
                                                  del ejercicio Fiscal 2022 y de su publicación en el Diario Oficial se observó que lo hizo fuera de
                                                  tiempo y no lo publicó en más medios; de la revisión efectuada a la Relación de obras en proceso,
                                                  se observó que excedió del 30% del presupuesto autorizado en materia de obra pública; observó
                                                  que los contratos excedieron del monto máximo para adjudicar la obra por excepción a la licitación
                                                  pública; de las obras incluidas en la muestra, los procesos y procedimientos de programación y
                                                  presupuestación, adjudicación, contratación y entrega recepción, no presentó documentación
                                                  justificativa y comprobatoria; y no presentó la documentación correspondiente de obras para el
                                                  proceso de auditoría.

                                                  CONSIDERACIONES FINALES
                                                  Los resultados contenidos en el presente informe individual, en términos de los artículos 65 Bis
                                                  de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 42 de la Ley de Fiscalización
                                                  Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, se notificará al ente fiscalizado,
                                                  para que en un plazo de 30 días hábiles, a partir de que surta efecto su notificación, presente la
                                                  información y realice las consideraciones que estime pertinentes.

                                                  Por lo anterior, las acciones que se presentan en este informe individual de auditoría se encuentran
                                                  sujetas al proceso de seguimiento, por lo que, en razón de la información y consideraciones que en
                                                  su caso proporcione el Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Mártir Yucuxaco, Distrito de
                                                  Tlaxiaco, Oaxaca, se podrán ratificar o solventar.

                                                  SÍNTESIS DE LAS JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES PRESENTADAS POR LA ENTIDAD
                                                  FISCALIZABLE.
                                                  Conforme a lo establecido en el artículo 22 párrafo segundo de la Ley de Fiscalización Superior
                                                  y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, mediante oficio número ASFE/AEFM/
                                                  DAMA/258/2023 de fecha 24 de agosto y recibido el día el 24 de agosto de 2023, se notificó al
                                                  Municipio de San Pedro Mártir Yucuxaco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, los Resultados Finales
                                                  y Observaciones Preliminares. Una vez fenecido el plazo la Entidad Fiscalizable hizo caso omiso sin
                                                  que haya presentado documentación comprobatoria, justificativa o aclaratoria a efecto de atender
                                                  los resultados AF-01, AF-02, AF-03, AF-04, AF-06, AF-07, AF-08, AF-09, AF-10, AF-11, AF-12,
                                                  AF-13, AF-14, AF-15, AF-16, AF-18, AF-19, AF-20, AF-21, AF-22, AF-23, AF-24, AF-25, AF-26,

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