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DICTAMEN

La auditoría se practicó con base en la información proporcionada por la Entidad Fiscalizable y de cuya veracidad
es responsable, con el fin de evaluar los resultados de la Gestión Financiera de la cuenta pública, de acuerdo con
el objetivo, alcance y pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, la opinión se refiere solo
a la muestra de las operaciones examinadas y procedimientos de auditorías aplicadas, por lo que se considera
que la auditoría efectuada proporciona una base razonable para sustentar la siguiente opinión:

Se determina que el municipio de Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, no cumplió
con las disposiciones normativas aplicables en el ejercicio del gasto público, como se precisa en los resultados
con observación AF-02, AF-03, AF-04, AF-05, AF-06, AF-07, AF-08, AF-09, AF-10, AF-13, AF-14, AF-15,
AF-17, AF-19, AF-20, AF-21, AF-22, AF-23, AF-24, AF-25, AF-26, AF-27, AF-28, AF-29, AF-30, AF-31, AF-
32, AF-33, AF-34, AF-35, AF-36, AF-37, AF-38, AF-39, AF-40, AF-41, AF-42, AF-43, AF-44, AF-46, AF-
47, AF-48, AF-49, AF-50, AF-51, AF-52, AF-53, AF-54, AF-55, AF-56, AF-57, AF-58, AF-59, AF-60, AF-61,
AF-62, AF-63, AF-65, AF-66, AF-67, AF-68 AF-69 y AF-70, en los que se constató que refleja saldos al cierre
del ejercicio en las cuentas de caja y bancos, en los registros contables de las operaciones del ejercicio del gasto
de los conceptos de: bienes muebles, servicios personales, materiales y suministros, servicios generales y
transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas falta documentación comprobatoria y justificativa,
incumpliendo con lo señalado por la Ley General de Contabilidad Gubernamental; además no soportó con
documentación comprobatoria ante las instancias correspondientes las retenciones por concepto del 5 al millar
y 3% sobre nómina, además en inversión física no presentó documentación comprobatoria, se observó que el
Programa Anual de Obras y Acciones 2022 fue publicado fuera de tiempo y no presenta la información
complementaria; se observó que del Listado del Padrón de contratistas del Municipio de San Sebastián Tutla,
Centro, Oaxaca, celebró contratos con contratistas no inscritos; de la Relación de obras en proceso, excedió del
30% del presupuesto autorizado en materia de obra pública; celebró contratos por encima del monto máximo
para adjudicar la obra de excepción a la licitación pública; de las obras incluidas en la muestra, de los procesos y
procedimientos de autorización de las obras, programación y presupuestación, adjudicación, contratación y de
la entrega recepción, no presentó evidencia justificativa y documentación comprobatoria; y de la Verificación e
Inspección física de la obra, no acreditó los volúmenes pagados no ejecutados.

                                                        CONSIDERACIONES FINALES

Los resultados contenidos en el presente informe individual, en términos de los artículos 65 Bis de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y 42 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas
para el Estado de Oaxaca, se notificará a la Entidad Fiscalizable, para que, en un plazo de 30 días hábiles, a partir
de que surta efecto su notificación, presente la información y realice las consideraciones que estime pertinentes.

Por lo anterior, las acciones que se presentan en este informe individual de auditoría se encuentran sujetas al
proceso de seguimiento, por lo que, en razón de la información y consideraciones que en su caso proporcione el
Ayuntamiento del San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, se podrán ratificar o solventar.

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