Page 218 - 009 Comisión Estatal del Agua para el Bienestar
P. 218

Párrafo séptimo: “Los Ejecutores de gasto deberán vigilar el balance presupuestario de sus operaciones, así como el
     cumplimiento de metas y objetivos de los programas presupuestarios en los que participe.”

     Artículo 22 fracción I: “Las actividades que deberán realizar las dependencias y entidades para dar cumplimiento a los
     objetivos, políticas, estrategias, prioridades y metas con base en indicadores de desempeño, contenidos en los programas que
     se derivan del Plan Estatal de Desarrollo y, en su caso, de las directrices que el Ejecutivo Estatal expida en tanto se elabore
     dicho Plan, en los términos de la Ley de Planeación.”

     Artículo 57 último párrafo: “Las dependencias y entidades deberán cumplir con los compromisos e indicadores del desempeño
     de las medidas que se establezcan en el programa a que se refiere el párrafo anterior. Dichos compromisos deberán
     formalizarse por los titulares de las dependencias y entidades, y el avance en su cumplimiento se reportará en los informes
     trimestrales.”

     Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

     Artículo 7 inciso a) fracción III: “Vigilar el cumplimiento de los indicadores contenidos en el programa presupuestario a su
     cargo o del cual participe.”

     Artículo 8 fracción IV: “Vigilar que el ejercicio de los recursos aprobados se apeguen estrictamente a los programas,
     subprogramas, proyectos, actividades y obras y a las metas establecidas en los programas operativos anuales.”

     Artículo 157: “Las Dependencias y Entidades responsables de los Programas Presupuestarios deberán registrar en el Sistema
     electrónico que se determine por la Secretaría, los avances que demuestren el cumplimiento de las metas comprometidas en
     los indicadores de las MIR, de conformidad con la frecuencia de medición.”

     Artículo 158: “En el primer trimestre del año, las Dependencias y Entidades responsables de los Programas Presupuestarios
     deberán capturar las metas planeadas de todos los indicadores de la MIR cuya periodicidad sea anual o menor, así como de
     aquellos cuya periodicidad se mayor a la anual pero cumpla la meta en el ejercicio vigente. Las Dependencias y Entidades
     deberán registrar el avance de los indicadores según la periodicidad de los mismos, si su periodicidad es menor al trimestre,
     capturará todos los valores anteriores a este sólo en las fechas del calendario establecidas; si la periodicidad es mayor al
     trimestre capturará el valor en el trimestre siguiente. En los casos de que la Dependencia o Entidad que reporta no sea la
     responsable del cálculo del indicador, esta deberá señalar la fuente de información del cálculo reportado. Al término del ejercicio
     fiscal las Dependencias y Entidades responsables de los programas presupuestarios deberán entregar el reporte del resultado
     anual definitivo de la MIR. El seguimiento y evaluación del desempeño de los Programas Presupuestarios tendrá como base la
     información registrada en la MIR.”

     Artículo 162: “Las Dependencias y Entidades serán responsables de: inciso a) Formular los indicadores con la metodología del
     marco lógico, así como de establecer las metas; inciso b) Atender las observaciones que resulten de la captura y análisis de la
     información; inciso c) Promover y solicitar las actualizaciones de las MIR y de las metas, según sea el caso; inciso d) De la
     información que se registre en el Sistema electrónico, incluido en ella la calidad, veracidad y comprobación de la misma, inciso
     e) Realizar su publicación en las plataformas web de transparencia y de sus portales de internet.”

     Artículo 186 párrafo segundo: “El ejercicio del gasto público deberá soportarse con la documentación original comprobatoria
     y justificativa. Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban con
     instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso,
     contratos, solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible,
     expedientes técnicos y unitarios relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros…”

RESULTADO: AD-048  SIN OBSERVACIÓN

De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, respecto de los Reportes de

Avance de Gestión, se verificó que cumplió con la meta establecida del indicador de gestión, en lo que respecta

a la ejecución de la obra correspondiente al Programa 146 Ampliación y Mejoramiento de los Servicios de Agua

Potable, Drenaje y Saneamiento, Subprograma 02 Otorgamiento de Servicio de Drenaje, como se detalla:

216
   213   214   215   216   217   218   219   220   221   222   223