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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Párrafo tercero. Primer pago, por la cantidad de $3,000,000.00 (Tres millones de pesos 00/100 M.N.), el cual se INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022
cubrirá previa presentación del primer entregable de la Cláusula Novena y que será pagado dentro de los veinte días
naturales siguientes a la presentación y validación de los comprobantes fiscales digitales, el cual será facturado de la
siguiente forma:
DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO IMPORTE
Primer pago del Servicio de diagnóstico normativo y alineamiento organizacional
en igualdad laboral y discriminación. Según contrato 2,586,206.90 2,586,206.90
SUBTOTAL $2,586,206.90
IVA $413,793.10
TOTAL $3,000,000.00
Párrafo cuarto. Segundo pago, por la cantidad de $4,900,000.00 (Cuatro millones novecientos mil pesos 00/100
M.N.), el cual se cubrirá previa presentación del segundo entregable de la Cláusula Novena y que será pagado dentro de
los veinte días naturales siguientes a la presentación y validación de los comprobantes fiscales digitales (facturas), que en
su conjunto amparen la siguiente cantidad:
DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO IMPORTE
Segundo pago del Servicio de diagnóstico normativo y alineamiento organizacional
en igualdad laboral y discriminación. Según contrato 4,224,137.93 4,224,137.93
SUBTOTAL $4,224,137.93
IVA $675,862.07
TOTAL $4,900,000.00
Párrafo noveno. En su caso, “EL PROVEEDOR” para cada uno de los pagos que efectivamente reciba, de acuerdo a esta
Cláusula, deberá de expedir a nombre de “EL INSTITUTO”, EL “CFDI con complemento para la recepción de pagos”,
también denominado “recibo electrónico de pago”, el cual elaborará dentro de los plazos establecidos por las disposiciones
fiscales vigentes.
Párrafo decimo. “EL PROVEEDOR” se obliga a no cancelar ante el SAT los CDFI a favor de “EL INSTITUTO” previamente
validados, salvo justificación y comunicación por parte del mismo al Administrador del Contrato para su autorización
expresa, debiendo éste informar a las áreas de trámite de erogaciones de dicha justificación y reposición del CFDI en su
caso.
NOVENA.- OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”.-
“LAS PARTES” pactan para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, que el “EL PROVEEDOR” se
obliga a:
a) Prestar los servicios en los términos establecidos, en el lugar de prestación del servicio y características establecidas
en este Contrato.
b) Comprobar la prestación del Servicio conforme a los siguientes entregables:
# DESCRIPCIÓN CANTIDAD FECHA DE ENTREGA RESPONSABLE DE VALIDAR EL
ENTREGABLE
Diagnóstico normativo y A más tardar a los 60 días Lic. Manuel Enrique Márquez Zamora
1 organizacional en igualdad laboral y 1 naturales posteriores a la firma Dirección Administrativa
no discriminación” del contrato
Propuesta de mejora para el impulso El día de la culminación del Lic. Manuel Enrique Márquez Zamora
2 de la Igualdad laboral y no 1 Servicio Dirección Administrativa
discriminación”
A) Prestar los servicios a que se refiere la Cláusula Primera del presente Contrato, conforme a las especificaciones
técnicas que se tienen por reproducidas como si a la letra se insertasen, de acuerdo con la calidad y eficiencia profesional,
así como en los lugares requeridos;
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