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INFORME INDIVIDUAL
CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2018


Ejecución, no presenta:
• Ofcio de asignación del residente responsable de la obra por parte de la ejecutora
• Ofcio de asignación del superintendente responsable de la obra por parte de la contratista
• Escrito emitido por la ejecutora y dirigido al contratista de la disposición del o los inmuebles
• Ofcio de inicio de los trabajos
Terminación de los Trabajos, no presenta:
• Planos defnitivos.
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En respuesta y como acción derivada de la presentación de resultados fnales y observaciones
preliminares, la entidad fscalizada a través del ofcio CAO/DG/824/2019, remitió documento
referente a la solventación del resultado, en el que argumenta que la obra físicamente se encuentra
concluida al 100%, por lo que solicita que, a través de un recorrido, se realice una inspección física
de la obra, lo cual según lo argumentado permitirá constatar que los trabajos observados se
encuentren debidamente ejecutados. Por otra parte, remitió copia certifcada de: generadores de
obra, ofcio de designación de residente y superintendente, ofcio de inicio de los trabajos, dictamen
ecológico, plano defnitivo de ampliación y modernización de la carretera ramal a Mitla, cédula
de información básica, dictamen de factibilidad; CD que contiene: especifcaciones generales y
particulares, estudios de ingeniería, memoria descriptiva, bases y anexos de licitación, validación de
proyecto por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y planos de proyecto.

Una vez analizada la documentación e información presentada, y realizada la inspección física a
la obra de referencia, la cual consta en el acta circunstanciada levantada para tal efecto, el Órgano
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determinó que la entidad fscalizada atendió un
monto de $2,158,782.46 (dos millones ciento cincuenta y ocho mil setecientos ochenta y dos pesos
46/100 M.N.), sin embargo, la observación subsiste toda vez que solo presenta la validación del
proyecto por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, más no así la licencia de
construcción; no presenta el resolutivo en materia de impacto ambiental emitido por la SEMARNAT;
respecto a los planos defnitivos solo presenta planta arquitectónica, la cual carece de nombre y
frma de quien lo emite, y no presenta los planos defnitivos de secciones, perfles, detalles.


2018-OA/CPE/010-SA-011 Solicitud de aclaración
Se requiere a Caminos y Aeropistas de Oaxaca, presente ante este Órgano Superior de Fiscalización
del Estado de Oaxaca, la totalidad de las documentales correspondientes a la parte técnica
y terminación de los trabajos, de la obra denominada “Ampliación a 4 Carriles de la Carretera
Internacional, del Km 0+000 al Km 3+460 en el Municipio de San Pablo Villa de Mitla”, conforme a
lo observado.

Resultado 39 (con observación). Obra número 32: De la revisión y análisis a la documentación
proporcionada por la Entidad Fiscalizada e inspección física realizada a la obra denominada
“Reconstrucción de 2.8 Kms de Concreto Asfaltico de la Carretera Tlaxiaco - San Miguel el Grande
Tramo del Km 26+000 al Km 28+800, en el Municipio de Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Oaxaca”,
ofcio de autorización número SF/SPIP/DPIP/FIES/1587/2018 de fecha 2 de agosto de 2018, fuente
de fnanciamiento RAMO 23 – PROVISIONES SALARIALES Y ECONÓMICAS, FIDEICOMISO PARA
LA INFRAESTRUCTURA DE LOS ESTADOS, contrato número CAO-FIES-068-W-0-18 de fecha 27
de septiembre de 2018, modalidad de contratación Licitación Pública y en base a los conceptos
ejecutados presentados en las estimaciones números uno, dos, tres, cuatro, cinco y seis fniquito
(cuerpo de la estimación, números generadores, croquis de ubicación de los trabajos, notas de
bitácora, reporte fotográfco), presupuesto defnitivo y sábana de fniquito, se verifcaron los trabajos
de desmonte, carpeta asfáltica, cuneta, bordillo, botones DH-1, marcas en el pavimento y señales
verticales, de acuerdo al análisis de los volúmenes y la inspección física, determinando que la obra
se realizó de acuerdo a las especifcaciones técnicas contratadas, sin embargo: Se determinaron
observaciones al expediente técnico en las etapas de:
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