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INFORME INDIVIDUAL
CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2018
ofcio por el que se entrega a la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental el
Plan Anual de Trabajo de Control Interno 2019 (PTCI), cédula de valoración de series y subseries
documentales.
Una vez analizada la documentación e información presentada, el Órgano Superior de Fiscalización
del Estado de Oaxaca, determinó que subsiste la observación, toda vez que la entidad fscalizada no
presentó documentación e información que evidencie las acciones tendientes a formular un Plan
Estratégico Institucional, así como procedimientos o mecanismos que fortalezcan las debilidades
de control interno. 13
2018-OA/CPE/013-REC-004 Recomendación
Para que el Instituto de Capacitación y Productividad para el Trabajo del Estado de Oaxaca,
implemente acciones tendientes a fortalecer el control interno, a fn de garantizar el cumplimiento de
sus objetivos, formulando para tal efecto un plan estratégico institucional, así como procedimientos
o mecanismos que fortalezcan las debilidades e insufciencias determinadas en la evaluación de los
componentes de control interno; informando de las mejoras realizadas y las acciones emprendidas,
a este Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca.
Resultado 18 (con observación). De la revisión y análisis a la información proporcionada, se constató
que la Entidad Fiscalizada, no cuenta con un Manual de Procedimientos publicado en el Periódico
Ofcial del Estado.
En respuesta y como acción derivada de la presentación de resultados fnales y observaciones
preliminares, la entidad fscalizada a través del ofcio ICAPET/DG/677/2019 remitió documento
referente a acciones de solventación, y copia certifcada de: Periódico Ofcial del Gobierno del
Estado del Estado, extra, tomo XCVIII de fecha 28 de octubre de 2016, que contiene el manual de
procedimientos del Instituto de Capacitación y Productividad para el Trabajo del Estado de Oaxaca,
y CD que contiene manual de procedimientos en archivo pdf.
Una vez analizada la documentación e información presentada, el Órgano Superior de Fiscalización
del Estado de Oaxaca, determinó como atendida la observación, toda vez que la entidad presentó
la documental.
Resultado 19 (con observación). De la verifcación realizada a la plataforma de transparencia de la
Entidad Fiscalizada, se constató que no publicó la información en base a la tabla de aplicabilidad
Integral, referente al artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, en las fracciones XIV, XVI, XLVII, sin que haya justifcado ante el Organismo Garante su
inaplicabilidad; respecto a la fracción XV el link que reporta no es consultable, debido a que no se
visualiza la información.
En respuesta y como acción derivada de la presentación de resultados fnales y observaciones
preliminares, la entidad fscalizada a través del ofcio ICAPET/DG/677/2019 remitió documento
referente a acciones de solventación, y copia certifcada de: tabla de campos relativa a la fracción
XLVII del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y tabla
de aplicabilidad integral.
Una vez analizada la documentación e información presentada, el Órgano Superior de Fiscalización
del Estado de Oaxaca, determinó como atendida la observación, toda vez que la entidad fscalizada
presento documentación con la que acredita la inaplicabilidad de las fracciones observadas.