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Sección Quinta.
Apartado de Patrimonio.
VIGÉSIMO.- Por medio de este apartado, el Ayuntamiento; o en su caso, el Concejo
Municipal, tendrá el control del patrimonio del Municipio, realizando las siguientes
actividades:
I. Administración del inventario de los bienes muebles e inmuebles;
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II. Registro de comodatos;
III. Asignación de resguardos;
IV. Efectúa procesos automáticos de depreciación; y
V. Genera reportes de control y para la entrega recepción.
Facilitando el registro, control y administración de los bienes en el inventario, ya que
ofrece información sobre la existencia y verificación de los mismos, vinculando el
registro contable con el control administrativo.
VIGÉSIMO PRIMERO.- En este apartado se registran los proveedores y contratistas, de
conformidad con los padrones respectivos.
VIGÉSIMO SEGUNDO.- Por medio de este apartado el Ayuntamiento; o en su caso,
el Concejo Municipal, llevará el control del financiamiento interno, actualizado para el
registro de deuda pública garantizada y obligaciones de pago a corto plazo. Facilitando
el seguimiento de la misma a través del programa de pagos y registro de información
suficiente para la generación automática de estados financieros y reportes.
Sección Sexta.
Apartado de Obra Pública.
VIGÉSIMO TERCERO.- En este apartado el Ayuntamiento; o en su caso, el Concejo
Municipal, llevará el control de los procedimientos de autorización, registro, control
y seguimiento de la obra pública hasta su conclusión y reclasificación, el adecuado
procedimiento de captura, contribuirá a la obtención de información contable y
administrativa correcta y eficaz.
VIGÉSIMO CUARTO.- El Ayuntamiento; o en su caso, el Concejo Municipal, registrará
las obras en proceso y le dará seguimiento documental por modalidad de ejecución
de administración directa o por contrato; desde su inicio hasta su conclusión, con la
reclasificación respectiva.
LINEAMIENTOS PARA LA UTILIZACIÓN DEL SiMCA ULTRA