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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción: las acciones realizadas por el Instituto y aseguren la congruencia de la información INFORME FINAL DE AUDITORÍA
reportada.
Solicitud de Aclaración: Memorándum INPAC/DG/DPP/096/2024 de fecha 24 de octubre de 2024, signado por el
Director de Planeación y Proyectos, dirigido al Director del Instituto del Patrimonio Cultural del
2023-OA/CPE/13/2024-SA-07 Estado de Oaxaca, mediante el que informa que realizará las acciones pertinentes para dar
seguimiento a las metas establecidas en la Matriz de Indicadores para Resultados, así
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que mismo, realizar una supervisión previa que permita corroborar la información reportada,
justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este resultado.” coordinando a cada una de las áreas que alimentan la base de información y realizando las
adecuaciones correspondientes.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para Memorándum INPAC/DG/UA/066-BIS/2024 de fecha 24 de octubre de 2024, signado por el
atender el resultado antes transcrito, como se detalla a continuación: Jefe de la Unidad Administrativa del INPAC, dirigido al Director del Instituto del Patrimonio
Cultural del Estado de Oaxaca, mediante el que informa que realizará las acciones
Tarjeta informativa signada por el Director General del Instituto del patrimonio Cultural del pertinentes para dar seguimiento a las metas establecidas en la Matriz de Indicadores para
Estado de Oaxaca, en la que describe la documentación que atiende el resultado. Resultados, así mismo, realizar una supervisión previa que permita corroborar la información
reportada, coordinando a cada una de las áreas que alimentan la base de información y
Adjunta lo siguiente: realizando las adecuaciones correspondientes.
• Captura de pantalla de la página de Sistema Estatal de Finanzas Públicas de Oaxaca del
De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la
2023. Entidad Fiscalizable, esta resulta suficiente, toda vez que, presentó documentación que
• Memorándum INPAC/DG/DPL/098/2024 de fecha 27 de septiembre de 2024, signado por el aclara la diferencia referente al cumplimiento de las metas, como se detalla en el ANEXO
DAE-AD-01-SOLV; por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
Director de Planeación y Proyectos del INPAC, dirigido al Jefe de la Unidad Administrativa del Oaxaca, concluye como solventada la observación.
INPAC, mediante el cual se informa de la recalendarización de financiamiento en el módulo
de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del estado. El siguiente resultado AD-16 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
• Oficio número INPAC/DG/UA/0146/2024 de fecha 27 de marzo de 2024, signado por el Jefe transcribe a continuación:
de la Unidad Administrativa del Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca,
dirigido a la Directora de Presupuesto de la Secretaría de Finanzas, mediante el cual se “RESULTADO: AD-16 CON OBSERVACIÓN
solicitó la recalendarización de metas programáticas de la actividad “Oaxaca -camino
circuitos de prioridad peatonal en entornos patrimoniales y turísticos”, con anexo del folio de De la revisión y análisis a los Reportes de Avance de Gestión correspondientes a las actividades del programa 201
adecuación presupuestaria del SEFIP. "Salvaguarda del patrimonio cultural material e inmaterial”, se observó que, para la actividad “Oaxaca-camina circuito
• Memorándum INPAC/DG/020/2024 de fecha 23 de octubre de 2024, signado por el Director la alhóndiga, “circuitos de prioridad peatonal en entornos patrimoniales y turísticos””, se verificó que, la meta alcanzada
del Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca, dirigido al Director de Planeación registra un cumplimiento del 100% con respecto a la meta programada, sin embargo, derivado de la revisión
y Proyectos del INPAC, mediante el que instruye implementar acciones de mejora que documental e inspección física de la obra, se observó un avance del 71.81%, mostrando que no reportó correctamente
permitan dar un puntual seguimiento a la programación y cumplimiento de las metas de el avance de sus metas durante el ejercicio, como se detalla en el ANEXO DAE-AD-02.
las acciones realizadas por el Instituto y aseguren la congruencia de la información Incumpliendo con lo establecido en los artículos 137 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y
reportada. Soberano de Oaxaca; 7 fracciones I, V y VI de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 40, 41 fracción II, 70
Memorándum INPAC/DG/021/2024 de fecha 23 de octubre de 2024, signado por el Director y 94 fracción IV de la Ley Estatal de Planeación; 4 párrafo segundo y séptimo, 22 fracción I y 83 párrafo segundo de la
del Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca, dirigido al Jefe de la Unidad Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 6, 7 inciso a) fracciones III y V, inciso b) fracción II, 130 A
Administrativa del INPAC, mediante el que instruye implementar acciones de mejora que párrafo primero, tercero, cuarto y quinto, 155 fracción IV, 157, 158 último párrafo, 160, 162 incisos a), c) y d) del Reglamento
permitan dar un puntual seguimiento a la programación y cumplimiento de las metas de de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 5 párrafo primero del Presupuesto de Egresos del
Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
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