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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 justificativa del gasto, referente a la solicitud, autorización, evidencia del uso y destino del servicio y
el proceso de contratación que demuestre que la adquisición del servicio se realizó con las mejores
condiciones en cuanto a precio, calidad y economía; cómo se detalla en el siguiente movimiento:
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO
FECHA
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO IMPORTE
004692 21/12/2022 108,000.00 002036 21/12/2022 108,000.00 APORTACIONES (RAMO 33 FONDO IV) - RECURSOS FEDERALES
$108,000.00
TOTAL $108,000.00
BANCO COMPROBANTE
FECHA INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE O IMPORTE FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
BANCARIA Y NÚM. TRANSFERENCIA BANCARIA
DE CUENTA
21/12/2022 BANCO MERCANTIL TRANSFERENCIA 108,000.00 31/12/2022 7D150B80-B6A5- CONSTRUCCION Y 108,000.00 MANTENIMIENTO
DEL NORTE S.A. CTA: CLAVE DE RASTREO 427A-90C1- MANTENIMIENTO ELÉCTRICO
8846APR2202212212051602034 (ALUMBRADO
1174767652 2CAD73ECB7A7 JAZE PUBLICO)
$108,000.00 $108,000.00
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos 42,
43, 67, 70 fracción I; Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, artículo 120; Reglamento
de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 186 párrafo tercero,
que a la letra dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículos 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
compruebe y justifique los registros que se efectúen.”,
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”,
Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
términos de las disposiciones que emita el consejo.
Artículo 67 párrafo segundo: Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente en forma
electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios bancarios.”
Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”.
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles
del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de
Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan
el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la
Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios
relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”.
RESULTADO: AF-25 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3211 ARRENDAMIENTO DE TERRENOS, se constató que
afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $ 1,000.00 (Mil pesos 00/100 M.N.), realizando
pago en efectivo; observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran
soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa a la solicitud del servicio, la
autorización correspondiente para la contratación del servicio, la evidencia del destino del recurso,
así mismo presentó comprobante que no reúne requisitos fiscales, como se detalla a continuación:
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