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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  justificativa del gasto, referente a la solicitud, autorización, evidencia del uso y destino del servicio y
                                                  el proceso de contratación que demuestre que la adquisición del servicio se realizó con las mejores
                                                  condiciones en cuanto a precio, calidad y economía; cómo se detalla en el siguiente movimiento:

                                                                 PÓLIZA DE DIARIO                                 PÓLIZA DE EGRESO
                                                                                                                        FECHA
                                                                                                                                                                FUENTE DE FINANCIAMIENTO

                                                  NÚMERO         FECHA                IMPORTE        NÚMERO                         IMPORTE

                                                  004692         21/12/2022              108,000.00  002036            21/12/2022             108,000.00 APORTACIONES (RAMO 33 FONDO IV) - RECURSOS FEDERALES
                                                                                                                                          $108,000.00  
                                                  TOTAL                               $108,000.00  

                                                                                         BANCO                                                                  COMPROBANTE

                                                  FECHA              INSTITUCIÓN                 No. DE CHEQUE O  IMPORTE          FECHA     NÚM.               PROVEEDOR       IMPORTE        CONCEPTO
                                                                 BANCARIA Y NÚM.         TRANSFERENCIA BANCARIA

                                                                      DE CUENTA

                                                  21/12/2022     BANCO MERCANTIL                 TRANSFERENCIA    108,000.00 31/12/2022      7D150B80-B6A5-     CONSTRUCCION Y  108,000.00  MANTENIMIENTO
                                                                 DEL NORTE S.A. CTA:           CLAVE DE RASTREO                                  427A-90C1-     MANTENIMIENTO               ELÉCTRICO
                                                                                      8846APR2202212212051602034                                                                            (ALUMBRADO
                                                                        1174767652                                                           2CAD73ECB7A7                JAZE               PUBLICO)

                                                                                                                  $108,000.00                                                   $108,000.00  

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos 42,
                                                  43, 67, 70 fracción I; Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, artículo 120; Reglamento
                                                  de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 186 párrafo tercero,
                                                  que a la letra dice:

                                                           Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                           Artículos 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
                                                           compruebe y justifique los registros que se efectúen.”,
                                                           Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                                                           comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
                                                           establezca el consejo.”,
                                                           Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
                                                           comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
                                                           términos de las disposiciones que emita el consejo.
                                                           Artículo 67 párrafo segundo: Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente en forma
                                                           electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios bancarios.”
                                                           Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
                                                           controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                                                           órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”.

                                                           Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

                                                           Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
                                                           disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles
                                                           del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de
                                                           Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan
                                                           el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la
                                                           Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”

                                                           Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

                                                           Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
                                                           con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
                                                           solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios
                                                           relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”.

                                                  RESULTADO: AF-25                                   CON OBSERVACIÓN

                                                  De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3211 ARRENDAMIENTO DE TERRENOS, se constató que
                                                  afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $ 1,000.00 (Mil pesos 00/100 M.N.), realizando
                                                  pago en efectivo; observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran

                                                  soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa a la solicitud del servicio, la

                                                  autorización correspondiente para la contratación del servicio, la evidencia del destino del recurso,

                                                  así mismo presentó comprobante que no reúne requisitos fiscales, como se detalla a continuación:

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