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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA



Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al                      INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

H.  Ayuntamiento del Municipio de Magdalena Peñasco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, comprobar,

justificar o aclarar ante esta Auditoría Superior de Fiscalización, el importe de $156,282.44 (Ciento

cincuenta y seis mil doscientos ochenta y dos pesos 44/100  M.N.), conforme a las observaciones

que se detallan en este Resultado y presentara la información y documentación que demuestren las

acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.



Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/395/2023, notificado el día 20 de septiembre

de 2023, se dieron a conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones

Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las

justificaciones y aclaraciones correspondientes.



El Municipio de Magdalena Peñasco, Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones

y justificaciones, mediante oficio sin número de fecha 11 de octubre de 2023, presentó

documentación como consta en el acta circunstanciada de recepción de fecha 11 de octubre de

2023, para este resultado en particular, 08 fojas útiles de los folios 000001 al 000008 en copias

certificadas, consistentes en:



Reporte fotográfico de conceptos de obra, referente a la obra “Construcción del sistema de agua

entubada”, en la localidad de La Cumbre.



Documento que acredita que la Entidad Fiscalizable remitió información referente a este resultado,

sin embargo, se determinó que este resulta insuficiente para solventar la observación emitida, toda

vez que:



De la documentación presentada no acredita la realización de los trabajos ejecutados y en las

cantidades pagadas, así como de haberse realizado en el sitio de la obra, asimismo, no presenta

la evidencia justificativa que acredite los volúmenes pagados no ejecutados de una obra, como se

desglosa en los anexos DAM-VIF-11-SEG-11 y DAM-VIF-12-SEG-12.



Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que

subsiste la observación. Por lo que se emite:



Pliego de Observaciones

2022-OA/CPM/002/2023-PO-20

Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Magdalena Peñasco, Distrito de Tlaxiaco,

Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la

documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre el importe de $ 156,282.44 (Ciento

cincuenta y seis mil doscientos ochenta y dos pesos 44/100 M.N.), lo relativo a la Verificación

e Inspección Física realizada a las obras incluidas en la muestra, los volúmenes de obra pagados no

ejecutados, observaciones presentes en dos obras como se describe a continuación:



NUM.             NOMBRE DE LA OBRA   NÚMERO DE CONTRATO   NOMBRE DEL CONTRATISTA        IMPORTE  NÚMERO DE

OC-5                                                                                DETERMINADO     ANEXO

OC-6  CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE      COP/MMP/050/FISM-

      AGUA ENTUBADA.                         DF/008/2022  C. JAVIER ROJAS SANDOVAL  $144,769.83  DAM-VIF-11-SEG-11



      CONSTRUCCION DE PAVIMENTACION    COP/MMP/050/FISM-  C. JAVIER ROJAS SANDOVAL  $11,512.61   DAM-VIF-12-

      CON CONCRETO HIDRAULICO DEL            DF/004/2022                                            SEG-12

      ACCESO PRINCIPAL.



                                                          TOTAL                     $156,282.44



Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del

Estado de Oaxaca, Artículos 56 fracción II, 66 fracción VII y 74; y la Ley de Ordenamiento

Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca, Artículo 198, que a la letra dice:



         Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.



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