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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                        INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022



        Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria



        Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban

        con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,

        solicitudes, requisiciones...”.



Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.

Ayuntamiento del Municipio de San Bartolomé Loxicha, Distrito de Pochutla, Oaxaca, comprobar,

justificar o aclarar la cantidad de $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), conforme

a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el

artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado

de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a

solventar la observación determinada.



Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/277/2023, se notificó el día 29 de agosto de 2023,

los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa entidad fiscalizable en un

plazo de días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.



El Municipio de San Bartolomé Loxicha, Distrito de Pochutla, Oaxaca, en el proceso de

aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número MSBL-131-2023 de fecha 11 de septiembre

del 2023, suscrito por el C. Francisco Gaspar Cortés, Presidente Municipal, dirigido a la Titular de la

Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta circunstanciada

de fecha 20 de septiembre de 2023, presentó la siguiente información:



Respecto a la sub-subcuenta 51331-3311 SERVICIOS PROFESIONALES DE TRÁMITES

LEGALES, NOTARIALES, por los pagos en cantidad de $150,000.00 (Ciento cincuenta mil

pesos 00/100 M.N.), presentó documentación justificativa del gasto relativa a acta de acuerdos de

fecha 8 de febrero de 2022, en la cual en el punto SEIS ACUERDOS Primero se autoriza recursos

del Ramo 28 para la contratación y pago de asesoría jurídica en materia de actualización del Sistema

Normativo Indígena del Municipio, con énfasis en regulación electoral y en el ámbito de la justicia;

oficio sin número de fecha 10 de febrero de 2022, de autorización de la contratación del servicio,

suscrito por el Presidente Municipal y dirigido al Tesorero Municipal; 3 oficios de invitación de fechas

15 de febrero de 2022 dirigidos a los proveedores Grupo BSFJ S.A. de C.V., Corporativo 68 MIL S.C.

y Logística Empresarial AUTUM S.A. de C.V. y suscritos por el Tesorero Municipal; 1 cotización de

fecha 18 de febrero de 2022 de Grupo BSFJ S.A. de C.V.; oficio sin número de fecha 25 de febrero

de 2022, en el cual se informa el fallo a favor del proveedor Logística Empresarial AUTUM S.A. de

C.V.; contrato de prestación de servicios profesionales de fecha 02 de marzo de 2022; oficio sin

número de fecha 26 de diciembre de 2022, de solicitud de pago; oficio sin número de fecha 26

de diciembre de 2022, de autorización de pago y documento denominado Plan de Trabajo para la

Actualización de Sistema Normativo de la Comunidad de San Bartolomé Loxicha; por lo cual atendió

los pagos en cantidad de $150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), así como

la solicitud de la necesidad del servicio, la autorización correspondiente para la contratación del

servicio y el proceso de contratación en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones

disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias

pertinentes.



Adicionalmente presentó documentación que no le fue requerida consistente en: póliza de egreso,

pólizas diario, cuenta por liquidar certificada, transferencia a cuentas de terceros Banorte/Ixe y

Comprobante Fiscal Digital por Internet.



Por lo anterior, y una vez analizada la documentación presentada, se determina que la Entidad

Fiscalizable, atendió la observación.



RESULTADO: AF-20 CON OBSERVACIÓN

De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3312 SERVICIOS DE CONTABILIDAD, AUDITORIA,

ASESORÍA CONTABLE Y FISCAL, se constató que el ente fiscalizado afectó el Presupuesto de

Egresos en cantidad de $70,000.00 (Setenta mil pesos 00/100 M.N.), realizando pagos



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