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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                              INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022



septiembre de 2023, presentó documentación; sin embargo, de este resultado en particular no

proporciono documentación, se determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:



Pliego de Observaciones.

2022-OA/CPM/006/2023-PO-09

Se le requiere al Municipio de San Francisco Sola, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, presente

ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que

compruebe, aclare, justifique o reintegre la cantidad de $24,000.00 (Veinticuatro mil pesos

00/100 M.N.), lo relativo a:



La sub-subcuenta 51281-2811 MATERIALES DE SEGURIDAD PÚBLICA, se observó que no

acreditó el pago realizado mediante transferencia bancaria en virtud que no presentó el estado de

cuenta bancario; así mismo, no canceló documentación comprobatoria del egreso con la leyenda

de “operado”, identificando el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio con el que

fueron financiadas, como se detalla en el siguiente movimiento:



        PÓLIZA DE DIARIO               PÓLIZA DE EGRESO                                    BANCO



NÚMERO  FECHA       IMPORTE NÚMERO     FECHA       IMPORTE        FUENTE DE    FECHA             INSTITUCIÓN        No. DE CHEQUE O      IMPORTE

                                                              FINANCIAMIENTO               BANCARIA Y NÚM. DE       TRANSFERENCIA



                                                                                                     CUENTA              BANCARIA



000251  09/02/2022   24,000.00 000079  09/02/2022  28,744.80   APORTACIONES    09/02/2022  BANCO MERCANTIL DEL         TRANSFERENCIA A

TOTAL               $24,000.00                                (RAMO 33 FONDO                NORTE, S.A., NÚMERO     CUENTA DE TERCEROS

                                                                                           DE CUENTA 1174219281     CLAVE DE RASTREO 12

                                                               IV) - RECURSOS

                                                                  FEDERALES



                                         $28,744.80                                                               



                                                         COMPROBANTE                                                                  IMPORTE

                                                                                                                                     BSERVADO

FECHA   NÚM.              PROVEEDOR IMPORTE                                    CONCEPTO



09/02/2022 24,000.00         GRUPO     28,744.80   2 PIEZA BATERIAS RECARGABLES SUMINISTRO E INSTALACION DE BATERIA                      24,000.00

                          COMERCIAL                CALE PARA PROPOSITOS FOTOVOLTAICOS EN TORRE DE COMUNICACIONES,

                           CAMAGER                 2 PIEZA RADIOS DE DOS VIAS RADIO PORTATIL MARCA KENWOOD MODELO

                                                   TK2000KV2,136-174 MHZ 5W 16 CANALES INCLUYE ANTENA, BATERIA LI-ION,

                            SA DE CV               CARGADOR RAPIDO Y CLIP Y 2 PIEZA CARGADORES DE BATERIAS CARGADOR

                                                   RAPIDO PARA BATERIAS KENWOOD



  $24,000.00                $28,744.80                                                                                               $24,000.00



Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículo 70

fracción II; Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca,

articulo 9 párrafo segundo; Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad

Hacendaria, artículo 186 párrafo tercero; que a la letra dice:



        Ley General de Contabilidad Gubernamental



        Artículo 70 fracción II: “Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda “Operado” o como se establezca en las

        disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo”



        Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca



        Artículo 9 párrafo segundo: “Los servidores públicos de las entidades fiscalizables, así como cualquier persona física o moral, pública o

        privada, fideicomiso, mandato o fondo, o cualquier otra figura jurídica, que reciban o ejerzan recursos públicos estatales o municipales, que

        sean considerados como entidad fiscalizable en términos de la Constitución Local, de esta Ley y de cualquier otra disposición aplicable

        que les otorgue ese carácter, deberán proporcionar la información y documentación que solicite la Auditoría Superior para efectos de sus

        auditorías e investigaciones, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras

        autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero”



        Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria



        Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban

        con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,

        solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios

        relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”.



RESULTADO: AF-17                       CON OBSERVACIÓN



De la revisión a la sub-subcuenta 51311-3111 CONSUMO DE ENERGIA ELECTRICA, se constató

que el ente fiscalizado afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $187,725.09 (Ciento



                                                                                                                                         35
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