Page 5 - Cuilapam de Guerrero
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2. Se verificó que los bienes muebles e intangibles adquiridos se encontraran autorizados Entidad Fiscalizable contó con la capacidad técnica, administrativa, operativa y INFORME FINAL DE AUDITORÍA
en el Presupuesto de Egresos y registrados en la contabilidad del municipio, que se elementos necesarios para el desarrollo de los trabajos.
encontraran en el inventario de bienes de la Entidad Fiscalizable, que contaran con los
resguardos correspondientes y con la documentación original comprobatoria y 11. Se verificó que la Entidad Fiscalizable previo a la ejecución de la obra, acreditó haber
justificativa. implementado los mecanismos de control, vigilancia y supervisión.
3. Se verificó que las obras por contrato se encontraran autorizadas en el Presupuesto de 12. Se verificó que la obra pública contó con la documentación justificativa consistente en
Egresos y registradas en la contabilidad del municipio, que se haya efectuado la estimaciones de obra y su respectiva documentación soporte; y en caso de
retención y entero correspondiente al cinco al millar y al impuesto sobre erogaciones modificaciones, se encuentren debidamente justificadas y formalizadas mediante los
por remuneraciones al trabajo personal, que contaran con la documentación original convenios modificatorios.
comprobatoria y justificativa, se constató la amortización total del anticipo otorgado
y que cumplieran con la normatividad aplicable. 13. Se verificó que la Entidad Fiscalizable presentó la documentación comprobatoria que
ampara el pago de las estimaciones de obra, en caso de obras contratadas, o el pago
4. Se verificó que los ingresos ministrados y obtenidos se encontraran debidamente de materiales, mano de obra, alquiler de equipo y maquinaria de construcción
autorizados y registrados conforme a la normatividad aplicable. utilizados en la obra, en caso de Administración Directa.
5. Se verificó que las erogaciones se ejercieron en los conceptos, programas y partidas 14. Se realizaron verificaciones e inspecciones físicas de obra, y se constató que las obras
autorizadas en el Presupuesto de Egresos debidamente autorizado. cumplieron con los plazos de ejecución, que están concluidas, operan
adecuadamente y que se ejecutaron conforme a la documentación comprobatoria y
6. Se constató que la Entidad Fiscalizable realizó los registros presupuestales y contables justificativa.
específicos, identificados y controlados, de las erogaciones; asimismo, que contaran
con la documentación comprobatoria y justificativa original que soportara los 15. Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la
registros en apego a la normatividad aplicable. normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra.
7. Se verificó que previo a la ejecución de la obra pública, los recursos económicos INFORME FINAL DE AUDITORÍA
destinados para el desarrollo del proyecto y ejecución de la obra se encontraran
debidamente aprobados y autorizados por las instancias normativas La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo
8. Se verificó que la Entidad Fiscalizable elaboró el Programa Anual de Obra, y que contó y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracciones XXII
con los estudios, proyectos, especificaciones de construcción y programas de párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II
ejecución, y que se ajustó a las normas correspondientes, requisitos preliminares para párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado
la realización de las obras públicas. Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV,
XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I incisos a), b), c) y d), 25, 26, 27, 34,
9. Se verificó el cumplimiento normativo del procedimiento de adjudicación realizado por 35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización
la Entidad Fiscalizable para la contratación de obra pública. Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número
1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de
10. Se verificó que la asignación de obra por contrato se encuentre debidamente septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número
sustentada y formalizada, y que, para la asignación por Administración Directa, la
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