Page 12 - Chiquihuitlán de Benito Juárez
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  establecidas en la normatividad aplicable, así mismo, no acreditó que las cantidades                                           Aunado a lo anterior, no acreditó que los contratistas se encuentren inscritos en el Padrón Oficial de
                            ejercidas y registradas contenidas en la Cuenta Pública Municipal 2023 hayan sido                                              contratistas 2023, toda vez que no se encuentra debidamente publicado en el Periódico Oficial del
                            previamente autorizadas, en virtud de no haber comprobado que las Modificaciones al                                            Gobierno del Estado.
                            Presupuesto de Egresos 2023 se hayan realizado y autorizado de acuerdo a la normatividad
                            aplicable; en consecuencia, se tiene por no solventado este resultado.                                                         Por último, se constató que la suma de los montos contratados de las obras ejecutadas por excepción
                                                                                                                                                           a la licitación pública, excedió del 30% del presupuesto autorizado en materia de obra pública, como se
                                                                                                                                                           describe a continuación:

                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 60, 61 párrafo primero fracción II, 62                                                                           MODALIDAD                                            NÚMERO DE       IMPORTE          PORCENTAJE
                            párrafo primero, 63 y 65 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 8 y 18 párrafo                                                                                                                                   OBRAS   CONTRATADO
                            primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;                                      LICITACIÓN PÚBLICA                                                                                                            0.00%
                            43 párrafo primero fracción XXIII, 68 párrafo primero fracción IX, 127 párrafos primero y                                      LICITACIÓN PÚBLICA                                                                    CONTRATADAS                  0.00       0.00%
                            tercero, 128 párrafo último y 129 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                                                                                                                                                             0.00
                                                                                                                                                                                                                                    SUB TOTAL             ---                           100.00%
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                                      EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA                                                              ---    7,283,553.47            0.00%
                            insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                              INVITACIÓN RESTRINGIDA A CUANDO MENOS TRES                                                                         0.00     100.00%
                            concluyendo como no solventado el resultado AC-08.                                                                             CONTRATISTAS                                                                                    2                           100.00%
                                                                                                                                                           ADJUDICACIÓN DIRECTA                                                                            0     7,283,553.47
                            El siguiente resultado AC-09 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se                                                                                                                                   2     7,283,553.47
                            transcribe a continuación:                                                                                                                                                                              SUB TOTAL              2
                                                                                                                                                                                                                                        TOTALES

                                (…)                                                                                                                                    Incumpliendo con lo establecido en los artículos 26 y 47 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
                                                                                                                                                                       Relacionados con las Mismas; 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
                                “RESULTADO: AC-09 CON OBSERVACIÓN                                                                                                      Cuentas del Estado de Oaxaca; 26 A, 26 B, 46 segundo y tercer párrafo, 47, 50 párrafo primero y 51 de
                                                                                                                                                                       la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados del Estado de Oaxaca; y 89 fracción VI del
                                De la revisión y fiscalización efectuada a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable,                                    Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca 2023.
                                relativa a 4 Contratos de obra pública, se identificó que la contratación de obras públicas ejecutadas
                                con recursos del Ramo 33, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las                                      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN), no se realizó de acuerdo a la normatividad
                                aplicable, toda vez que en dos obras públicas ejecutadas bajo la modalidad de invitación restringida,                                  Solicitud de Aclaración:
                                se excede el monto máximo establecido en el Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca del ejercicio
                                fiscal 2023, como se muestra enseguida:                                                                                                2023-OA/CPM/006/2024-SA-09

                                              NOMBRE DEL       NÚMERO DE    NOMBRE DE LA OBRA           MONTO SIN IVA      MONTO         MONTO DEL                     Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                No.                            CONTRATO         CONCURSADA                                MÁXIMO           IMPORTE                     documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
                                                                                                                       ESTABLECIDO        EXCEDIDO                     resultado.”
                                             CONTRATISTA   MCBJ/006/COP/
                                                          FAISMUN/004/2023                                                 1,485,000.00   1,428,549.55              (…)
                                   ALTERNATIVAS EN                          REHABILITACIÓN DEL CAMINO
                                                           MCBJ/006/COP/    SACA COSECHAS (EL                              1,485,000.00        511,108.42  La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                1  CONSTRUCCIONES         FAISMUN/003/2023  CARRIZAL) - AGUA TENDIDA -  2,913,549.55                                       antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                   SUSTENTABLES IXTLI                       AGUA TRAPO, TRAMO DEL       1,996,108.42
                                                                            0+000 AL 4+200
                                   S.A. DE C.V.
                                                                            REHABILITACIÓN DEL CAMINO
                                       ROCA LLOSA                           PRINCIPAL DE LA CABECERA                                                       Presentó oficio de fecha 16 de agosto de 2024 y oficio de fecha 6 de junio de 2023, a través
                                       CONSTRUCCIONES                       MUNICIPAL A LA LOCALIDAD                                                       de los cuales manifiesta que las obras denominadas “REHABILITACIÓN DEL CAMINO SACA
                                2 Y EDIFICACIONES                           DE AGUA TENDIDA DEL KM                                                         COSECHAS (EL CARRIZAL) - AGUA TENDIDA - AGUA TRAPO, TRAMO DEL 0+000 AL 4+200” y
                                       ARQUITECTONICAS                      0+000 AL 9+200                                                                 REHABILITACIÓN DEL CAMINO PRINCIPAL DE LA CABECERA MUNICIPAL A LA LOCALIDAD DE AGUA
                                       S.A. DE C.V.

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