Page 8 - Chiquihuitlán de Benito Juárez
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Solicitud de Aclaración:                                                                                 ingresos recibidos por la Secretaría de Finanzas en cada una de las cuentas bancarias y que no se
                                                                                                                                                 realizaron traspasos entre estas.
                                        2023-OA/CPM/006/2024-SA-03
INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                                                                                                       INSTITUCIÓN        RAMO Y FONDO                                                         NÚMERO DE CUENTA
                                        Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la           BANCARIA                                                                                       1211146161
                                        documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este                                                                                                       1211146170
                                        resultado.”                                                                                              BANCO MERCANTIL      RAMO 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios
                                                                                                                                                   DEL NORTE S.A.,                                                                               1211146189
                                     (…)                                                                                                           INSTITUCIÓN DE     RAMO 33 Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social
                                                                                                                                                  BANCA MÚLTIPLE,   Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                                        GRUPO
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                      FINANCIERO                                              (FAISMUN)
                                                                                                                                                        BANORTE
                            Presentó el oficio número MCBJ/027/103/2024 de fecha 19 de agosto de 2024 y copia                                                         RAMO 33 Fondo de Aportaciones para el fortalecimiento de los
                            certificada del acuse de recibo de la oficialía de partes del entonces Órgano Superior de                                                    Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito
                            Fiscalización del Estado de Oaxaca de fecha 10 de enero de 2023, acreditando haber remitido                                                                               Federal (FORTAMUN)
                            a esta instancia el tanto correspondiente del acta circunstanciada de no entrega-recepción,
                            de acuerdo a lo establecido en la normatividad aplicable.                                                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 69 párrafos primero, tercero y cuarto de la Ley General
                                                                                                                                                             de Contabilidad Gubernamental; 8 párrafo segundo de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                                        de Oaxaca y 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                                      de Oaxaca.
                            como solventado el resultado AC-03.
                                                                                                                                                             Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                            El siguiente resultado AC-04 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                                       Solicitud de Aclaración:

                                     (…)                                                                                                                     2023-OA/CPM/006/2024-SA-04

                                        “RESULTADO: AC-04 CON OBSERVACIÓN                                                                                    Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                                             documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este
                                        De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que no              resultado.”
                                        presentó los contratos de cuentas bancarias, relativos al Ramo 28, Participaciones a Entidades
                                        Federativas y Municipios, y Ramo 33, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y             (…)
                                        de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) y Fondo de Aportaciones para el
                                        Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN),  La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                        por lo que, no acredita que haya aperturado cuentas bancarias productivas específicas para cada          antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                        fondo o programa de manera mancomunada. Por otra parte, presentó Conciliaciones y Estados de
                                        Cuenta bancarios del ejercicio fiscal 2023, constatando que fueron depositados en estas cuentas los      Mediante los oficios número MCBJ/027/104/2024 de fecha 19 de agosto y MCBJ/027/126/2024
                                                                                                                                                 de fecha 15 de agosto, ambos del 2024, manifestó que solicitaron copias de contratos
                                                                                                                                                 bancarios que celebraron con el Banco Mercantil del Norte S.A, así mismo, presentó un
                                                                                                                                                 documento denominado “Segunda Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo”, por medio de la
                                                                                                                                                 cual se autoriza el mecanismo para recepcionar los recursos económicos provenientes de
                                                                                                                                                 las participaciones municipales y aportaciones federales para el año 2023, y se señalan
                                                                                                                                                 cuentas bancarias productivas específicas para recepcionar los mismos durante el referido
                                                                                                                                                 Ejercicio Fiscal 2023, sin embargo su argumento resulta inoperante e ineficaz, toda vez que
                                                                                                                                                 el municipio debe contar con ellos desde el inicio del ejercicio 2023, además, dichas
                                                                                                                                                 documentales le fueron requeridas desde la solicitud de información inicial, por lo que tuvo

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