Page 6 - Oaxaca de Juarez
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA 11. Se verificó que la obra pública contó con la documentación justificativa consistente El siguiente Resultado: AF-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
en estimaciones de obra y su respectiva documentación soporte; y en caso de se transcribe a continuación:
modificaciones, se encuentren debidamente justificadas y formalizadas mediante los
convenios modificatorios. (…)
12. Se verificó que la Entidad Fiscalizable presenta la documentación comprobatoria que “RESULTADO: AF-01 CON OBSERVACIÓN
ampara el pago de las estimaciones de obra, en caso de obras contratadas, o el
pago de materiales, mano de obra, alquiler de equipo y maquinaria de construcción Del análisis realizado al “Estado analítico de los ingresos” y al “Estado analítico de ingresos por
utilizados en la obra, en caso de Administración Directa. concepto”, integrados en la Cuenta Pública 2023, se detectaron las siguientes inconsistencias:
13. Se realizaron verificaciones e inspecciones físicas de obra, y constatando que las 1. Presentan diferencias en los importes de las partidas “Aprovechamiento de tipo corriente” y
obras cumplieron con los plazos de ejecución, que están concluidas, operan “Otros aprovechamientos”.
adecuadamente y que se ejecutaron conforme a la documentación comprobatoria y
justificativa. 2. En el “Estado analítico de los ingresos” el concepto de “Aprovechamientos provenientes de
obra pública” se presenta a segundo nivel y, en el “Estado analítico de ingresos por
14. Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la concepto”, a tercer nivel.
normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra.
3. El “Estado analítico de los ingresos” no contempla los “Aprovechamientos no comprendidos
INFORME FINAL DE AUDITORÍA en la Ley de Ingresos vigente, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de
liquidación o pago”.
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los
artículos 115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, Lo anterior, como se detalla a continuación:
segundo y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracciones
XXII párrafo primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 IMPORTE RECAUDADO
fracción II párrafo antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, CONCEPTO Estado analítico de los Estado analítico de DIFERENCIA
IX, X, XI, XIII, XV, XVII y XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción I incisos a), b), c) y
d), 25, 26, 27, 34, 35, 36, 37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley ingresos ingresos por concepto -18
de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada -10,904.30
mediante Decreto número 1541, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Aprovechamientos 14,996,799.61 14,996,817.61
Oaxaca de fecha treinta de septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en 0.00
el Periódico Oficial número cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de Aprovechamientos de tipo corriente 9,049,637.22 9,060,541.52 466,418.94
noviembre de dos mil veintitrés y 2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII y 7 fracciones VII y XXIII
del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, Accesorios 265,264.62 265,264.62 10,904.30
publicado el 29 de abril del año 2023 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con los siguientes resultados: Otros aprovechamientos 5,670,993.47 5,204,574.53 -466,436.94
Aprovechamientos provenientes de obra pública* 10,904.30 0.00
Aprovechamientos no comprendidos en la Ley de 0.00 466,436.94
Ingresos vigente, causados en ejercicios fiscales
anteriores pendientes de liquidación o pago**
*Se encuentra en Estado analítico de ingresos por concepto, a tercer nivel.
**No se encuentra en el Estado analítico de los ingresos
Fuente: Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 16, 17,19 fracción II, 44 y 46 fracción II inciso a) de la
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Solicitud de aclaración:
2023-OA/CPM/020/2024-SA-01
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación detallada en este
resultado.”
(…)
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