Page 16 - San Andrés Huayapam
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA                    pesos 99/100 M.N.), que representa el 79.94% del total del cien por ciento asignado al programa    Determinando que el ente fiscalizable incumplió con lo establecido en los artículos 134
                                              presupuestario.                                                                                    párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
                                                                                                                                                 61 párrafo primero, fracción II, inciso c) de la Ley General de Contabilidad Gubernamental;
                                      b) Al Programa Presupuestario “Medio Ambiente”, la Entidad Fiscalizable reportó un importe                 74, 75 de la Ley Estatal de Planeación; 68 fracción X, 127 párrafo primero de la Ley Orgánica
                                              modificado para ejercer por la cantidad de $4,890,000.16 (Cuatro millones ochocientos noventa      Municipal del estado de Oaxaca; Lineamientos para la Construcción y Diseño de
                                              mil pesos 16/100 M.N.), del cual al 31 de diciembre de 2023, devengó y pagó el importe de          Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML).
                                              $2,419,275.31 (Dos millones cuatrocientos diecinueve mil doscientos setenta y cinco pesos 31/100
                                              M.N.), correspondiente a sus acciones ejecutadas, que representa el 49.47% del total del cien por  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                              ciento asignado al programa presupuestario.                                                        insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                                                                                                                                                 concluyendo como no solventado el resultado AD-08.
                                        Por lo anterior, se concluye que, la Entidad Fiscalizable no cumplió con los principios de eficiencia y
                                        eficacia al no ejecutar en su totalidad los Programas Presupuestarios “Gobierno Moderno” y “Medio        RDEICSUTAMMENENDE RESULTADOS
                                        Ambiente”.
                                                                                                                                                 EEnsteastAeuIdniftoorrmíaeSFuinpaelrisoerddeeteFrismcianlaiznacloiósnsigdueileEnstteasdroesdueltaOdaoxas cqau,edseetedremtainllaanqauecoenltMinuunaicciiópnio:
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 134 párrafos primero y segundo de la Constitución
                                        Política de los Estados Unidos Mexicanos; 61 párrafo primero, fracción II, inciso c) de la Ley General   de San Andrés Huayapam, de Centro, Oaxaca, no cumplió con lo establecido en las
                                        de Contabilidad Gubernamental; 74, 75 de la Ley Estatal de Planeación; 68 fracción X, 127 párrafo
                                        primero de la Ley Orgánica Municipal del estado de Oaxaca; Lineamientos para la Construcción y           rdreeiNsssuopu.ltolDatsaediodcoiosneAsDl-e0g1,aNAúlemDs-eyr0on2d,oeArAmDc-cai0óti3nv,aAsDa-0la4s,  quAececisótnáooRbecliogmaednod,apcioónr las rOabzsoenrveasdoexpueSsotlvaesnteandolos
                                        Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML).                       AD-01 2023-OA/CPM/028/2024-REC-01                                                                  AD-05, AD-06, AD-07 Y AD-08 contenidos en este
                                                                                                                                                                                                                                                    Recomendación            SÍ  SÍ
                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                Informe Final de Auditoría.
                                                                                                                                                 AD-01 2023-OA/CPM/028/2024-SA-01                                                                   Solicitud de Aclaración  SÍ  NO
                                        Solicitud de Aclaración:
                                                                                                                                                 AD-02 2023-OA/CPM/028/2024-SA-02                                                                   Solicitud de Aclaración  SÍ  NO
                                        2023- OA/CPM/028/2024-SA-08
                                                                                                                                                 AD-03 2023-OA/CPM/028/2024-SA-03                                                                   Solicitud de Aclaración  SÍ  NO
                                        Se requiere que presente ante, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                        documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan           AD-04 2023-OA/CPM/028/2024-SA-04                                                                   Solicitud de Aclaración  SÍ  NO
                                        en este resultado.”                                                                                      No omito mencionar que, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca
                                                                                                                                                 AD-05 2023-OA/CPM/028/2024-SA-05                                                                   Solicitud de Aclaración  SÍ  NO
                                     (…)                                                                                                         ejercerá las acciones que correspondan conforme a la Ley de Fiscalización Superior y
                                                                                                                                                 AD-06 2023-OA/CPM/028/2024-SA-06                                                                   Solicitud de Aclaración  SÍ  NO
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                                Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca y demás disposiciones aplicables.
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                 AD-07 2023-OA/CPM/028/2024-SA-07                                                                   Solicitud de Aclaración  SÍ  NO

                            En relación con el cumplimiento de las metas de gastos, presentó copia certificada del                               AD-08 2023-OA/CPM/028/2024-SA-08                                                                   Solicitud de Aclaración  SÍ  NO
                            oficio número MSAH-PM/091/2024/262 con fecha 16 de agosto de 2024, en el cual manifiesta
                            lo siguiente: “…se giraron instrucciones a la C. Gisela Noemí Canseco López, Tesorera                                DICTAMEN                    A T E N TA M E N T E
                            Municipal, para que en lo subsecuente cumpla con las metas de gasto en cada uno de los                                         “EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ”
                            programas presupuestarios “Gobierno Moderno” y “Medio Ambiente” del Presupuesto de
                            Egresos, cumpliendo con ello los principios de eficacia y eficiencia…”; sin embargo, este                            Esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que el Municipio
                            argumento resulta ineficaz e inoperante, toda vez que no es suficiente girar instrucciones,                          de San Andrés Huayapam, de Centro, Oaxaca, no cumplió con lo establecido en las
                            sino que debió haber justificado el motivo del porque no ejecuto la totalidad de los recursos                        disposiciones legales y normativas a las que está obligado, por las razones expuestas en los
                            asignados para alcanzar sus metas.                                                                                   resultados AD-01, AD-02, AD-03, AD-04, AD-05, AD-06, AD-07 Y AD-08 contenidos en este
                                                                                                                                                 Informe Final de Auditoría. L.C.P. SARAHÍ NORIEGA RICÁRDEZ
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                                                                                                                                                          TITULAR DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
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