Page 5 - San Lorenzo
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA                                                                                        DIAGNÓSTICO DE CONTROL INTERNO                                                                        INFORME FINAL DE AUDITORÍA

                                                                                                              Rangos de Calificación                   Nivel del  No.  COMPONENTES DEL MARCO    PUNTAJE PUNTAJE
                                                                                                                                      Puntaje Sistema de                INTEGRADO DE CONTROL   ASIGNADO OBTENIDO
                                                                                                                                                                                    INTERNO
                                                                                                              Desde Hasta  Nivel      Obtenido  Control
                                                                                                                                                Interno
La Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, con fundamento en los artículos
115 fracción IV párrafo penúltimo, 116 fracción II párrafo sexto; 134 párrafos primero, segundo               0 39 BAJO                                           1 AMBIENTE DE CONTROL        20    4
y quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 59 fracción XXII párrafo                                                                                                 20   2.9
primero y XXIII, 65 BIS párrafos primero, sexto, noveno fracciones I y II, 113 fracción II párrafo                                                                2 ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS  20    5
antepenúltimo y 137 párrafo décimo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Oaxaca; 2 fracciones XXIII y XXVI, 3, 4, 5 fracciones III, IV, VIII, IX, X, XI, XIII, XV, XVII y                                                      3 ACTIVIDADES DE CONTROL     20    8
XXXIII, 6 párrafos primero y segundo, 7, 9, 19 fracción II incisos a), b) y c), 25, 26, 27, 34, 35, 36,
37, 86, 93 fracciones III, XXII, XXXVIII párrafo penúltimo y 94 de la Ley de Fiscalización Superior           40  69       MEDIO      31.9      BAJO              4    INFORMACIÓN Y           20    12
y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, aprobada mediante Decreto número 1541,                                                                                    COMUNICACIÓN            100  31.9
publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca de fecha treinta de
septiembre de dos mil veintitrés, con Fe de Erratas publicada en el Periódico Oficial número                  70 100 ALTO                                         5 SUPERVISIÓN
cuarenta y siete, séptima sección, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veintitrés y
2, 5, 6 fracciones XIX, XXIII y XXXII, y 7 fracciones VII y XXIII del Reglamento Interior de la Auditoría                                                              TOTALES
Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, publicado el 29 de abril del año 2023 en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, emite el Informe Final de Auditoría con                  AMBIENTE DE CONTROL
los siguientes resultados:                                                                                    Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la Entidad Fiscalizable respecto al
                                                                                                              componente Ambiente de Control, se determina un puntaje alcanzado de 4.0 puntos de un total de
                                                                                                              20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el Municipio
                                                                                                              no acreditó contar con: un Órgano Interno de Control Municipal; Código de Ética; Código de Conducta;
                                                                                                              medios para evaluar el apego y cumplimiento de las normas de conducta del personal de las áreas
                                                                                                              administrativas; una Comisión de Rendición de Cuentas, Transparencia y Acceso a la Información; un
                                                                                                              Comité de Contraloría Social Municipal; un Comité o disposiciones propias de Adquisiciones y
                                                                                                              Contratación de Servicios; Manual de Organización; Manual de Procedimientos; aprobación y
                                                                                                              publicación del Bando de Policía y Gobierno; Reglamentos Internos; Reglamentos Municipales; Manual
                                                                                                              o documento para la Administración de Recursos Humanos del Municipio; Capacitación a su personal
                                                                                                              en materia de legalidad, ética y calidad en el servicio público.

El siguiente Resultado: AD-01 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se                 ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS
transcribe a continuación:                                                                                    Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto al
                                                                                                              componente Administración de Riesgos, se determina un puntaje alcanzado de 2.9 puntos de un
(…)               CON OBSERVACIÓN                                                                             total de 20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el
RESULTADO: AD-01                                                                                              Municipio no acreditó contar con: un Plan Municipal de Desarrollo validado; un Programa Anual de la
                                                                                                              Administración Pública Municipal; Programación, presupuestación y asignación de sus recursos de
EVALUACIÓN AL CONTROL INTERNO                                                                                 acuerdo con los documentos anteriores; un área formalmente establecida que realice las funciones
                                                                                                              de promover y ejecutar la elaboración, actualización, control y evaluación del Plan Municipal de
La Entidad Fiscalizable presentó, a requerimiento, el Cuestionario de Control Interno (CCI), de fecha 19      Desarrollo y sus programas; un área encargada de identificar, analizar y evaluar los riesgos que
de marzo de 2024, requisitado por la C. Elodia Hernández Hernández, en su carácter de Presidenta              pudieran afectar el cumplimiento de los objetivos de su Plan Municipal de Desarrollo evaluación de
Municipal del Municipio de San Lorenzo, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca; y una vez realizado el análisis       los posibles actos de corrupción, fraude, abuso y otras irregularidades que atenten contra la
de las respuestas y la evidencia proporcionada, se determinó que el Municipio obtuvo un puntaje de            salvaguarda de los bienes y recursos públicos.
31.9 sobre un total de 100 puntos asignados, que conforman los valores de los 5 componentes del
control interno, acorde al Marco Integrado de Control Interno establecido por el Sistema Nacional de          ACTIVIDADES DE CONTROL
Fiscalización; lo que ubica al sistema de control interno del H. Ayuntamiento del Municipio de San            Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto al
Lorenzo, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, en un nivel bajo, el cual requiere realizar mejoras                  componente Actividades de Control, se determina un puntaje alcanzado de 5.0 puntos de un total
sustanciales para fortalecer el sistema de control interno institucional, como se detalla a                   de 20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el
continuación:                                                                                                 Municipio no acreditó: garantizar que las actividades de control interno permitan alcanzar los
                                                                                                              objetivos municipales y responder a los riesgos; evaluar ni retroalimentar continuamente las
                                                                                                              necesidades de conocimiento; contar con un sistema informático que permita procesar la
                                                                                                              información relativa a cada uno de los procesos operativos y de sus actividades sustantivas,
                                                                                                              financieras o administrativas; contar con personal especializado para garantizar el desarrollo
                                                                                                              continuo, seguridad y mantenimiento de los sistemas informáticos y de comunicaciones; así como
                                                                                                              tener establecido un sistema de control y vigilancia municipal, de los bienes muebles e inmuebles del
                                                                                                              Municipio.

                                                                                                                                                                                                                     3
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10