Page 7 - San Lorenzo
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4.- La Entidad Fiscalizable no presentó el Código de Conducta, evidencia de haberlo puesto a Incumpliendo con lo establecido en los artículos 27 de la Ley General de Contabilidad INFORME FINAL DE AUDITORÍA
disposición del público, publicarlo en su página de internet, en la gaceta municipal o en el periódico Gubernamental; 12 párrafo primero y 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
oficial que corresponda, así como hacerlo del conocimiento de las personas servidoras públicas del Cuentas del Estado de Oaxaca, 71 párrafo primero fracción IX y 113 de la Ley Orgánica
Ayuntamiento. Municipal del Estado de Oaxaca.
5.- La Entidad Fiscalizable Presentó el Bando de Policía y Gobierno; sin embrago, no presenta Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
evidencia de su aprobación ni de su publicación en el periódico oficial del Gobierno del Estado o no solventado el Resultado: AD-02.
gaceta municipal para que surtiera efecto, debiendo remitirlo al Congreso del Estado para su
conocimiento. El siguiente Resultado: AD-03 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:
6.- La Entidad Fiscalizable no presentó el Reglamento Interno Municipal, evidencia de haberlo puesto
a disposición del público, publicarlo en su página de internet, en la gaceta municipal o en el periódico (…) CON OBSERVACIÓN
oficial que corresponda, así como hacerlo del conocimiento de las personas servidoras públicas del
Ayuntamiento. RESULTADO: AD-03
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 115 fracción II, párrafos primero y segundo y 16 de PRESUPUESTO DE EGRESOS Y SUS PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 párrafo segundo de la Ley General del
Sistema Nacional Anticorrupción; 23 y 71 párrafo primero, fracción II, incisos a) y b) de la Ley General De la revisión a la documentación presentada por el Municipio, se observó que no presentó la Cuenta
de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113 fracción I, párrafo décimo cuarto de la Pública Municipal del ejercicio fiscal 2023, debidamente autorizada, así como evidencia de su
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 5 párrafo segundo de la Ley del presentación ante la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca; por lo que, no acreditó
Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 5 y 15 de la Ley de Responsabilidades Administrativas haber registrado y reportado los programas presupuestarios conforme a la normatividad aplicable,
del Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo primero fracción IV, 10 párrafo primero fracciones II, que demuestren que el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2023 se haya realizado con una
VIII, X y XIII, 19 párrafos primero y segundo, y 30 párrafo primero fracciones V y VII de la Ley de adecuada planeación y programación, formulando un Presupuesto de Egresos basado en Resultados;
Transparencia y Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca; 12 de la así mismo, de la revisión al Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2023 y en razón de que no
Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; y 29 párrafo segundo, presentó las modificaciones al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2023, no se pudo
43 párrafo primero fracciones I, I Bis párrafo primero y XI, 47 párrafo primero fracción X, 68 párrafo corroborar modificaciones presupuestales, si fueron autorizadas por el Ayuntamiento y publicados
primero fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal, como se detallan a
continuación:
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción: No. Programa autorizado en el presupuesto de Programa registrado en la Acta de
egresos Cuenta Pública Modificaciones
Solicitud de Aclaración: presupuestales
2023-OA/CPM/059/2024-SA-02 1 Educación No presentó Cuenta Pública No presentó
2 Vivienda y servicios básicos modificaciones
Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la 3 Gobierno moderno al Presupuesto
información y/o documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones 4 Seguridad ciudadana
que se detallan en cada uno de los puntos de este resultado. 5 Comunicaciones y transportes de Egresos
6 Desarrollo urbano y ordenamiento Territorial
(…)
Incumpliendo lo establecido en los artículos 115 fracción IV penúltimo párrafo de la Constitución
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52, 53, 54, 55, 60, 61 párrafo primero fracción II incisos b)
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente y c) párrafo primero y 62 párrafo primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 113
transcrito, no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de fracción II párrafo antepenúltimo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca;
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; por lo que se tienen 16 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 18 párrafo
por aceptadas las observaciones realizadas. primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y 43
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