Page 7 - San Lorenzo
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4.- La Entidad Fiscalizable no presentó el Código de Conducta, evidencia de haberlo puesto a              Incumpliendo con lo establecido en los artículos 27 de la Ley General de Contabilidad                       INFORME FINAL DE AUDITORÍA
            disposición del público, publicarlo en su página de internet, en la gaceta municipal o en el periódico    Gubernamental; 12 párrafo primero y 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
            oficial que corresponda, así como hacerlo del conocimiento de las personas servidoras públicas del        Cuentas del Estado de Oaxaca, 71 párrafo primero fracción IX y 113 de la Ley Orgánica
            Ayuntamiento.                                                                                             Municipal del Estado de Oaxaca.

            5.- La Entidad Fiscalizable Presentó el Bando de Policía y Gobierno; sin embrago, no presenta             Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
            evidencia de su aprobación ni de su publicación en el periódico oficial del Gobierno del Estado o         no solventado el Resultado: AD-02.
            gaceta municipal para que surtiera efecto, debiendo remitirlo al Congreso del Estado para su
            conocimiento.                                                                                             El siguiente Resultado: AD-03 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                                                                                                                      se transcribe a continuación:
            6.- La Entidad Fiscalizable no presentó el Reglamento Interno Municipal, evidencia de haberlo puesto
            a disposición del público, publicarlo en su página de internet, en la gaceta municipal o en el periódico  (…)               CON OBSERVACIÓN
            oficial que corresponda, así como hacerlo del conocimiento de las personas servidoras públicas del
            Ayuntamiento.                                                                                             RESULTADO: AD-03

            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 115 fracción II, párrafos primero y segundo y 16 de      PRESUPUESTO DE EGRESOS Y SUS PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
            la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 párrafo segundo de la Ley General del
            Sistema Nacional Anticorrupción; 23 y 71 párrafo primero, fracción II, incisos a) y b) de la Ley General  De la revisión a la documentación presentada por el Municipio, se observó que no presentó la Cuenta
            de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113 fracción I, párrafo décimo cuarto de la           Pública Municipal del ejercicio fiscal 2023, debidamente autorizada, así como evidencia de su
            Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 5 párrafo segundo de la Ley del              presentación ante la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca; por lo que, no acreditó
            Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 5 y 15 de la Ley de Responsabilidades Administrativas         haber registrado y reportado los programas presupuestarios conforme a la normatividad aplicable,
            del Estado y Municipios de Oaxaca; 7 párrafo primero fracción IV, 10 párrafo primero fracciones II,       que demuestren que el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2023 se haya realizado con una
            VIII, X y XIII, 19 párrafos primero y segundo, y 30 párrafo primero fracciones V y VII de la Ley de       adecuada planeación y programación, formulando un Presupuesto de Egresos basado en Resultados;
            Transparencia y Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca; 12 de la            así mismo, de la revisión al Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2023 y en razón de que no
            Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; y 29 párrafo segundo,          presentó las modificaciones al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2023, no se pudo
            43 párrafo primero fracciones I, I Bis párrafo primero y XI, 47 párrafo primero fracción X, 68 párrafo    corroborar modificaciones presupuestales, si fueron autorizadas por el Ayuntamiento y publicados
            primero fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.                                     en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal, como se detallan a
                                                                                                                      continuación:
            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
            acción:                                                                                                   No.  Programa autorizado en el presupuesto de   Programa registrado en la        Acta de
                                                                                                                                                      egresos                 Cuenta Pública      Modificaciones
            Solicitud de Aclaración:                                                                                                                                                              presupuestales

            2023-OA/CPM/059/2024-SA-02                                                                                1 Educación                                     No presentó Cuenta Pública    No presentó
                                                                                                                      2 Vivienda y servicios básicos                                              modificaciones
            Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la       3 Gobierno moderno                                                          al Presupuesto
            información y/o documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones            4 Seguridad ciudadana
            que se detallan en cada uno de los puntos de este resultado.                                              5 Comunicaciones y transportes                                                 de Egresos
                                                                                                                      6 Desarrollo urbano y ordenamiento Territorial
         (…)
                                                                                                                      Incumpliendo lo establecido en los artículos 115 fracción IV penúltimo párrafo de la Constitución
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad                                   Política de los Estados Unidos Mexicanos; 52, 53, 54, 55, 60, 61 párrafo primero fracción II incisos b)
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente                                y c) párrafo primero y 62 párrafo primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 113
transcrito, no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de                              fracción II párrafo antepenúltimo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca;
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; por lo que se tienen                              16 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 18 párrafo
por aceptadas las observaciones realizadas.                                                                           primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y 43

                                                                                                                                                                                                                               5
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